וְאֵשֶׁת אָחִיו שֶׁלֹּא הָיָה בְּעוֹלָמוֹ, וְכַלָּתוֹ. הֲרֵי אֵלּוּ פּוֹטְרוֹת צָרוֹתֵיהֶן וְצָרוֹת צָרוֹתֵיהֶן מִן הַחֲלִיצָה וּמִן הַיִּיבּוּם עַד סוֹף הָעוֹלָם.
Y lo mismo se aplica a la esposa de un hermano con quien él no coexistió, es decir, la esposa de un hombre que murió antes de que naciera su hermano. Como se explicará, la obligación del matrimonio de levirato no se aplica al yavam en este caso. Dado que el matrimonio de levirato no se le aplica, la yevama permanece prohibida para él como esposa de su hermano. Y el último caso es si la yevama de uno había sido previamente su nuera, y después de que su hijo murió, su hermano se casó con ella, antes de que él también falleciera. Estas quince mujeres eximen a sus coesposas rivales y a las coesposas rivales de sus coesposas rivales de la ḥalitza y del matrimonio de levirato para siempre.
וְכוּלָּן אִם מֵתוּ אוֹ מֵיאֲנוּ,
§ Y con respecto a todas estas mujeres enumeradas como relaciones prohibidas, estas halakhot se aplican solo si estuvieron casadas con el hermano fallecido hasta el momento de su muerte. Sin embargo, este no es el caso si murieron durante la vida del hermano fallecido, o si rehusaron a sus maridos cuando eran menores de edad. Este rechazo se refiere al decreto de los Sabios de que una niña menor de doce años cuyo padre ya no vive puede ser dada en matrimonio por su madre o sus hermanos. Sin embargo, este matrimonio no es definitivo, ya que ella puede ponerle fin realizando un acto de rechazo, es decir, declarando, mientras aún es menor de edad, que no desea este matrimonio. En este caso, el matrimonio queda anulado retroactivamente y se la considera como si nunca hubiera estado casada en absoluto.
אוֹ נִתְגָּרְשׁוּ אוֹ שֶׁנִּמְצְאוּ אַיְלוֹנִית — צָרוֹתֵיהֶן מוּתָּרוֹת.
O, si esas mujeres fueron divorciadas por su marido, el hermano fallecido, o se descubrió que eran una mujer sexualmente subdesarrollada [aylonit], es decir, una mujer tan subdesarrollada que no se la considera mujer en el pleno sentido, estas halakhot no se aplican. Su matrimonio se considera un matrimonio por error y es nulo y sin efecto. En todos estos casos, sus coesposas están permitidas, ya que la exención para las coesposas de parientes prohibidas se aplica solo cuando la pariente prohibida era la esposa del hermano en el momento de su muerte, cuando las halakhot del matrimonio levirato entraron en vigor.
וְאִי אַתָּה יָכוֹל לוֹמַר בַּחֲמוֹתוֹ וּבְאֵם חֲמוֹתוֹ וּבְאֵם חָמִיו שֶׁנִּמְצְאוּ אַיְלוֹנִית אוֹ שֶׁמֵּיאֲנוּ.
§ Y la mishná comenta que el lenguaje de este principio es impreciso, pues no se puede decir con respecto a su suegra, a la madre de su suegra y a la madre de su suegro que resultaron ser una aylonit, ya que una aylonit es estéril y, por lo tanto, no puede llegar a ser madre ni suegra. Tampoco es precisa la mishná cuando dice: O rehusó, ya que la negativa se aplica solo a menores, que no pueden dar a luz.
כֵּיצַד פּוֹטְרוֹת צָרוֹתֵיהֶן: הָיְתָה בִּתּוֹ אוֹ אַחַת מִכׇּל הָעֲרָיוֹת הָאֵלּוּ נְשׂוּאוֹת לְאָחִיו, וְלוֹ אִשָּׁה אַחֶרֶת, וָמֵת — כְּשֵׁם שֶׁבִּתּוֹ פְּטוּרָה, כָּךְ צָרָתָהּ פְּטוּרָה. הָלְכָה צָרַת בִּתּוֹ וְנִשֵּׂאת לְאָחִיו הַשֵּׁנִי, וְלוֹ אִשָּׁה אַחֶרֶת, וָמֵת — כְּשֵׁם שֶׁצָּרַת בִּתּוֹ פְּטוּרָה, כָּךְ צָרַת צָרָתָהּ פְּטוּרָה.
§ La mishná explica: ¿Cómo estas mujeres eximen a sus coesposas? Si, por ejemplo, su hija o cualquiera de aquellas mujeres con quienes las relaciones están prohibidas estaba casada con su hermano y ese hermano tenía otra esposa, y el hermano murió, entonces así como su hija está exenta del matrimonio de levirato, también su coesposa está exenta. Si la coesposa de su hija posteriormente fue y se casó con su segundo hermano, para quien ella está permitida, y él tenía otra esposa, y murió también sin hijos, lo que significa que su esposa comparece ante el primer yavam, el padre de la hija, para el matrimonio de levirato, entonces así como la coesposa de su hija está exenta, también la coesposa de su coesposa está exenta.
אֲפִילּוּ הֵן מֵאָה.
La mishná añade: Incluso si son cien hermanos, se aplica la misma lógica. Si una mujer está exenta del matrimonio de levirato porque es la coesposa rival de una pariente prohibida o la coesposa rival de una coesposa rival de este tipo, y ella misma tiene una coesposa rival adicional, esta coesposa rival también está exenta y, a su vez, exime a sus propias coesposas rivales del matrimonio de levirato.
כֵּיצַד אִם מֵתוּ צָרוֹתֵיהֶן מוּתָּרוֹת: הָיְתָה בִּתּוֹ אוֹ אַחַת מִכׇּל הָעֲרָיוֹת הָאֵלּוּ נְשׂוּאוֹת לְאָחִיו, וְלוֹ אִשָּׁה אַחֶרֶת, מֵתָה בִּתּוֹ אוֹ נִתְגָּרְשָׁה, וְאַחַר כָּךְ מֵת אָחִיו — צָרָתָהּ מוּתֶּרֶת.
¿Cómo es eso? ¿Cuáles son los casos en que si ellas murieron, sus coesposas están permitidas? Si, por ejemplo, su hija o cualquiera de aquellas mujeres con quienes las relaciones están prohibidas estaba casada con su hermano, y ese hermano tenía otra esposa, y entonces su hija murió o se divorció y después su hermano murió, su coesposa está permitida para él.
וְכׇל הַיְּכוֹלָה לְמָאֵן וְלֹא מֵיאֲנָה — צָרָתָהּ חוֹלֶצֶת וְלֹא מִתְיַיבֶּמֶת.
§ La mishná establece otro principio: Y si alguna de estas parientes prohibidas era una menor que podía rehusarse a su marido, entonces, incluso si ella no se rehusó, su coesposa realiza jalitzá y no entra en matrimonio de levirato. La coesposa no puede entrar en matrimonio de levirato, ya que es la coesposa de una pariente prohibida. Sin embargo, no está completamente exenta del matrimonio de levirato y debe ser liberada mediante jalitzá, porque el matrimonio de la pariente prohibida no era un matrimonio plenamente válido y, por lo tanto, según la ley de la Torah, la otra mujer no es considerada coesposa de una pariente prohibida.
גְּמָ׳ מִכְּדִי כּוּלְּהוּ מֵאֲחוֹת אִשָּׁה יָלְפִינַן, לִיתְנֵי אֲחוֹת אִשָּׁה בְּרֵישָׁא!
GEMARA: La Guemará plantea una pregunta con respecto al orden de la lista de la mishná: Ahora bien, dado que la halakha de que todas estas mujeres con las que las relaciones están prohibidas están exentas del matrimonio de levirato y eximen a sus coesposas se deriva del caso de la hermana de una esposa, como se demostrará más adelante, que la mishná enseñe primero el caso de la hermana de una esposa y solo después mencione los otros casos, que se derivan de esa halakha.
וְכִי תֵּימָא: תַּנָּא חוּמְרֵי חוּמְרֵי נָקֵט, וְרַבִּי שִׁמְעוֹן הִיא, דְּאָמַר שְׂרֵיפָה חֲמוּרָה.
Y si dijeras que el tanna citado enumeró los casos en orden de gravedad, entonces debes decir que esto está de acuerdo con la opinión de Rabí Shimon, quien dice que la ejecución por quema es más grave que la lapidación. Por esta razón, el tanna comenzó con los casos de la hija de uno, la hija de su hija y la hija de su hijo, y así sucesivamente, ya que quien tiene relaciones con estas mujeres es castigado con quema, después de lo cual el tanna enumeró aquellos casos que conllevan una pena menor.
אִי הָכִי, לִיתְנֵי חֲמוֹתוֹ בְּרֵישָׁא, דְּעִיקַּר שְׂרֵיפָה בַּחֲמוֹתוֹ כְּתִיבָא! וְעוֹד: בָּתַר חֲמוֹתוֹ לִיתְנֵי כַּלָּתוֹ, דְּבָתַר שְׂרֵיפָה סְקִילָה חֲמוּרָה!
Sin embargo, la Guemará sostiene que aun así, el orden de la mishná sigue siendo problemático. Si es así, que enseñe primero el caso de su suegra, pues la transgresión principal que conlleva quema está escrita con respecto a su suegra, como está dicho: “Y si un hombre toma a una mujer y también a su madre, es perversidad; serán quemados con fuego, tanto él como ellas” (Levítico 20:14). Y además, después de su suegra, que enseñe a su nuera, pues después de la ejecución por quema, la lapidación es la más severa de las otras penas capitales impuestas por los tribunales.
אֶלָּא: בִּתּוֹ, כֵּיוָן דְּאָתְיָא מִדְּרָשָׁא, חַבִּיבָא לֵיהּ.
Más bien, la Guemará se retracta de la explicación anterior en favor de la siguiente: Con respecto a su hija, dado que esta prohibición en realidad se deriva de una interpretación homilética y no está declarada explícitamente en la Torah, le es por lo tanto querida al tanna. En consecuencia, enumeró primero este caso novedoso de una hija.