וְרַבִּי שִׁמְעוֹן הָאָמַר: כׇּל מְלָאכָה שֶׁאֵינָהּ צְרִיכָה לְגוּפָהּ – פָּטוּר עָלֶיהָ.
¿y no dice Rabí Shimon: Con respecto a quien realiza cualquier labor prohibida que no es necesaria por sí misma, es una labor por la cual está exento? En este caso, causar la herida fue inadvertido y no era su objetivo al realizar la acción.
בְּעוֹ מִינֵּיהּ מֵרַב שֵׁשֶׁת: בֵּן מַהוּ שֶׁיֵּעָשֶׂה שָׁלִיחַ לְאָבִיו, לְהַכּוֹתוֹ וּלְקַלְלוֹ?
§ Los Sabios plantearon un dilema ante Rav Sheshet: ¿Cuál es la halajá con respecto a si un hijo puede ser designado como agente del tribunal para azotar a su padre o maldecirlo si el tribunal lo sentenció al ostracismo?
אֲמַר לְהוּ: וְאַחֵר מִי הִתִּירוֹ? אֶלָּא, כְּבוֹד שָׁמַיִם עָדִיף. הָכָא נָמֵי, כְּבוֹד שָׁמַיִם עָדִיף.
Rav Sheshet les dijo: ¿Y acaso la Torah hizo permitido azotar o maldecir a otra persona que no sea su padre? La Torah prohibió tales acciones. Más bien, la razón por la que un agente del tribunal puede azotar o maldecir al que fue hallado culpable es que el honor del Cielo tiene precedencia sobre el honor debido a otra persona. Aquí también, un hijo puede servir como agente del tribunal porque el honor del Cielo tiene precedencia sobre el honor debido a su padre.
מֵיתִיבִי: וּמָה מִי שֶׁמִּצְוָה לְהַכּוֹתוֹ, מִצְוָה שֶׁלֹּא לְהַכּוֹתוֹ; מִי שֶׁאֵינוֹ מִצְוָה לְהַכּוֹתוֹ, אֵינוֹ דִּין שֶׁמִּצְוָה שֶׁלֹּא לְהַכּוֹתוֹ?
La Guemará plantea una objeción a partir de una baraita: Y así como con respecto a aquel a quien se ordena golpear, existe una mitzvá de no golpearlo en otras circunstancias, con respecto a aquel a quien no se ordena golpear, ¿no es correcto que exista una mitzvá de no golpearlo?
מַאי לָאו אִידֵּי וְאִידֵּי בִּמְקוֹם מִצְוָה? הָא – בִּבְנוֹ, הָא – בְּאַחֵר.
La Guemará explica la baraita: ¿Acaso no es que tanto esta primera cláusula de la declaración de la baraita como aquella cláusula posterior de la declaración de la baraita se refieren a una situación en la que golpear a otro es una mitzvá, por ejemplo, cuando el otro es pasible de recibir azotes. La distinción entre ellas es que esta cláusula posterior, que se refiere a quien no está ordenado a golpearlo, trata de un caso en el que el agente es su hijo y por lo tanto tiene prohibido golpear a su padre incluso en esa capacidad, mientras que aquella primera cláusula, que se refiere a quien está ordenado a golpearlo, trata de un caso en el que el agente es otra persona y no su hijo. Esto indica que está prohibido que un hijo azote a su padre como agente del tribunal.
לָא, אִידֵּי וְאִידִי לָא שְׁנָא בְּנוֹ וְלָא שְׁנָא אַחֵר. וְלָא קַשְׁיָא: כָּאן – בִּמְקוֹם מִצְוָה, כָּאן – שֶׁלֹּא בִּמְקוֹם מִצְוָה.
La Guemará responde: No, tanto en esta cláusula como en aquella cláusula no hay diferencia si el agente es su hijo, y no hay diferencia si el agente es otro. Y no es difícil distinguir entre las cláusulas: Aquí, en la primera cláusula, la referencia es a una situación en la que golpear a otro es una mitzvá, ya que es un agente del tribunal; allí, en la cláusula posterior, la referencia es no a una situación en la que golpear a otro es una mitzvá.
וְהָכִי קָתָנֵי: וּמָה בִּמְקוֹם מִצְוָה, שֶׁמִּצְוָה לְהַכּוֹתוֹ – מִצְוָה שֶׁלֹּא לְהַכּוֹתוֹ; שֶׁלֹּא בִּמְקוֹם מִצְוָה, שֶׁאֵינוֹ מִצְוָה לְהַכּוֹתוֹ – אֵינוֹ דִּין שֶׁמִּצְוָה שֶׁלֹּא לְהַכּוֹתוֹ?
Y en consecuencia, esto es lo que la baraitaestá enseñando: Y así como en una situación en la que golpear a otro es una mitzvá, donde el agente del tribunal tiene el mandato de golpearlo, hay una mitzvá de no golpearlo ni siquiera con un azote más allá del número determinado por el tribunal, como está escrito: “Cuarenta azotes le dará, no excederá, no sea que si excede al golpearlo” (Deuteronomio 25:3), del mismo modo, en una situación en la que golpear a otro no es una mitzvá, donde uno no tiene el mandato de golpearlo, ¿no es correcto que haya una mitzvá de no golpearlo? La prohibición general contra golpear a otro en cualquier situación se deriva de este versículo.
תָּא שְׁמַע: הַיּוֹצֵא לֵיהָרֵג וּבָא בְּנוֹ וְהִכָּהוּ וְקִילְּלוֹ – חַיָּיב, בָּא אַחֵר וְהִכָּהוּ וְקִילְּלוֹ – פָּטוּר. וְהָוֵינַן בַּהּ: מַאי שְׁנָא בְּנוֹ וּמַאי שְׁנָא אַחֵר? וְאָמַר רַב חִסְדָּא: בִּמְסָרְבִין בּוֹ לָצֵאת וְאֵינוֹ יוֹצֵא.
La Guemará sugiere: Ven y escucha una prueba de una baraita: En el caso de alguien que sale del tribunal condenado a ser ejecutado, y vino su hijo y lo golpeó o lo maldijo, el hijo es pasible de ejecución por golpear o maldecir a su padre. Si otro vino y lo golpeó o lo maldijo, está exento. Y discutimos esto de la siguiente manera: ¿Qué diferencia hay en el caso en que su hijo lo golpea o lo maldice, por lo que es responsable, y qué diferencia hay en el caso en que otro lo golpea o lo maldice, por lo que está exento? Y Rav Ḥisda dice: La baraita se refiere a un caso en el que están implorando al condenado que salga del tribunal para ser ejecutado, pero él no sale. Por lo tanto, es necesario emplear la fuerza. Aparentemente, incluso en esas circunstancias, en las que el uso de la fuerza está sancionado por el tribunal, al hijo le está prohibido golpear a su padre.
רַב שֵׁשֶׁת מוֹקֵי לַהּ בְּשֶׁאֵין מְסָרְבִין בּוֹ לָצֵאת.
La Guemará rechaza esta prueba: Rav Sheshet interpreta esta baraita como referida a un caso en el que no le están insistiendo que salga del tribunal para su ejecución. Se refiere a un caso en el que el hombre condenado avanza voluntariamente, y no es un agente del tribunal sino otra persona quien lo golpea y lo maldice por iniciativa propia.
אִי הָכִי, אַחֵר נָמֵי? אַחֵר – גַּבְרָא קְטִילָא הוּא.
La Guemará objeta: Si es así, incluso otra persona que golpee a alguien condenado a muerte debería ser responsable, ya que está prohibido golpear o maldecir a otra persona. La Guemará responde: Si otra persona hace eso, está exenta, ya que el estatus legal de quien ha sido condenado a muerte es el de un hombre muerto. Por lo tanto, no se incurre en responsabilidad por golpearlo o humillarlo.
וְהָאָמַר רַב שֵׁשֶׁת: בִּיְּישׁוֹ יָשֵׁן וָמֵת – חַיָּיב? הָכָא בְּמַאי עָסְקִינַן? בְּשֶׁהִכָּהוּ הַכָּאָה שֶׁאֵין בָּהּ שָׁוֶה פְּרוּטָה.
La Guemará pregunta: Pero ¿acaso el propio Rav Sheshet no dice: Si alguien humilla a otra persona que está dormida y esa persona nunca despierta y muere, quien la humilló es responsable de compensar a sus herederos por esa humillación? Aparentemente, incluso si el estatus del condenado es el de una persona muerta, quien lo maldijo debería ser responsable de compensar a sus herederos. La Guemará responde: ¿Con qué estamos tratando aquí en la baraita? Estamos tratando con un caso en el que lo golpeó con un golpe que no tiene fuerza suficiente para causar un daño por valor de una peruta, en cuyo caso no se paga compensación.
וְהָאָמַר רַבִּי אַמֵּי אָמַר רַבִּי יוֹחָנָן: הִכָּהוּ הַכָּאָה שֶׁאֵין בָּהּ שָׁוֶה פְּרוּטָה – לוֹקֶה? מַאי ״פָּטוּר״ דְּקָאָמַר? פָּטוּר מִמָּמוֹן.
La Guemará pregunta: Pero, ¿acaso Rabí Ami no dice que Rabí Yoḥanan dice: En un caso en que alguien golpeó a otro con un golpe que no tiene fuerza suficiente para causar un daño por valor de una perutá, recibe latigazos por violar la prohibición: “No excederá”? ¿Por qué la baraita exime entonces a otro por completo? La Guemará explica: ¿Cuál es el significado del término exento que se declara en esta baraita? Significa que está exento de restitución monetaria, pero es responsable de recibir latigazos.
מִכְלָל דִּבְנוֹ חַיָּיב בְּמָמוֹן? אֶלָּא בְּדִינוֹ. הָכָא נָמֵי, בְּדִינוֹ.
La Guemará pregunta: Si la cláusula de la baraita que analiza un caso en el que otro individuo lo golpea o lo maldice establece que está exento solo del pago de restitución, se puede concluir por inferencia que la cláusula de la baraita que analiza a su hijo establece que él es responsable de pagar restitución monetaria. Ciertamente ese no es el caso. Más bien, la cláusula de la baraita que analiza a su hijo establece que él es pasible de ser castigado de acuerdo con su sentencia correspondiente; aquí también, la cláusula de la baraita que analiza a otro individuo establece que está exento de castigo de acuerdo con su sentencia correspondiente. La pregunta sigue en pie: ¿Por qué otro está exento de recibir latigazos en un caso en el que lo golpeó con un golpe que no tiene fuerza suficiente para causar un daño por valor de una peruta?
אֶלָּא, אַחֵר הַיְינוּ טַעְמָא דְּפָטוּר, דְּאָמַר קְרָא: ״וְנָשִׂיא בְעַמְּךָ לֹא תָאֹר״ – בְּעוֹשֶׂה מַעֲשֵׂה עַמְּךָ.
La Guemará responde: Más bien, esta es la razón por la que otro está exento: Como dice el versículo: “No maldecirás a un gobernante de tu pueblo” (Éxodo 22:27), de lo cual se infiere que esta prohibición se aplica solo con respecto a quien realiza una acción de “tu pueblo”, es decir, una acción propia de un judío. No hay prohibición de maldecir a alguien cuyas acciones son incompatibles con la conducta apropiada para un judío.
הָתִינַח קְלָלָה, הַכָּאָה מְנָלַן? דְּמַקְּשִׁינַן הַכָּאָה לִקְלָלָה.
La Guemará pregunta: Esta explicación encaja bien con respecto a maldecir, ya que esa es la prohibición mencionada en ese versículo. ¿De dónde derivamos que la halajá es la misma también con respecto a golpear? La Guemará responde: Derivamos que la halajá es la misma para ambos, así como equiparamos golpear con maldecir basándonos en la yuxtaposición entre los versículos que tratan los casos de quien golpea a su padre (Éxodo 21:15) y de quien maldice a su padre (Éxodo 21:17).
אִי הָכִי, בְּנוֹ נָמֵי? כִּדְאָמַר רַב פִּינְחָס: בְּשֶׁעָשָׂה תְּשׁוּבָה. הָכִי נָמֵי, בְּשֶׁעָשָׂה תְּשׁוּבָה.
La Guemará objeta: Si es así, y la prohibición no se aplica a alguien cuyas acciones son incompatibles con la conducta apropiada para un judío, su hijo también debería estar exento si golpea o maldice a su padre cuya conducta es inapropiada. La Guemará explica: Como dice Rav Pineḥas en otro contexto, que la referencia es a un caso en el que la persona en cuestión se arrepintió, así también, la baraita se refiere a un caso en el que el hombre condenado se arrepintió. Aunque está siendo llevado a su ejecución, debido a que se arrepintió se lo considera como alguien que realiza acciones “de tu pueblo”, y su hijo es responsable por golpearlo o maldecirlo.
אִי הָכִי, אַחֵר נָמֵי? אָמַר רַב מָרִי: ״בְּעַמְּךָ״ – בִּמְקוּיָּם שֶׁבְּעַמְּךָ.
La Guemará objeta: Si es así, y la baraita se refiere a alguien que se arrepintió, otro también debería ser considerado responsable también. Rav Mari dice: De la expresión “de tu pueblo” se deriva que la prohibición se aplica solo a quien permanece entre tu pueblo, y no a quien tiene su ejecución inminente.
אִי הָכִי, בְּנוֹ נָמֵי?
La Guemará objeta: Si es así, su hijo también debería estar exento , ya que la ejecución de su padre es inminente.