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וְכֵן בְּדִינֵי מָמוֹנוֹת.
Y unahalakha similar se aplica con respecto a casos de derecho monetario. Si alguien designa agentes para realizar una transacción en su nombre, por ejemplo, pagar una deuda a su acreedor, ellos pueden testificar que él pagó.
וּצְרִיכָא דְּאִי אַשְׁמְעִינַן בְּקִידּוּשִׁין – מִשּׁוּם דִּלְמֵיסְרַהּ קָאָתֵי, אֲבָל גֵּירוּשִׁין – נֵיחוּשׁ שֶׁמָּא עֵינָיו נָתַן בָּהּ.
La Guemará comenta: Y es necesario que Rav Naḥman enseñe esta halakha en cada uno de estos ámbitos legales, pues si nos hubiera enseñado esta halakha solo en el caso de desposorio, se podría decir que los agentes pueden servir como testigos porque vienen a hacerla prohibida para todos los demás, y por lo tanto no hay razón para sospechar que mienten, ya que su testimonio la hace prohibida también para ellos. Pero, con respecto al divorcio, deberíamos temer que quizás el agente haya puesto sus ojos en ella y esté testificando falsamente para poder casarse con ella.
וְאִי אַשְׁמְעִינַן גֵּירוּשִׁין – מִשּׁוּם דְּאִיתְּתָא לְבֵי תְרֵי לָא חַזְיָא, אֲבָל מָמוֹנָא – אֵימָא: הָנֵי מִיפְלָג פָּלְגִי. צְרִיכִי.
Y si Rav Naḥman nos hubiera enseñado esta halakha solo en el caso de divorcio, podría haberse dicho que los agentes no son sospechosos de mentir porque una mujer no es apta para casarse con dos personas, y como testifican en pareja no hay preocupación de que ambos puedan tener intenciones respecto de ella. Pero con respecto al dinero, se podría decir que estos dos pueden dividirlo entre ellos, y quizá nunca pagaron la deuda sino que se quedaron con el dinero para sí mismos. Por lo tanto, todos los ejemplos son necesarios.
מַאי קָסָבַר? אִי קָסָבַר הַמַּלְוֶה חֲבֵירוֹ בְּעֵדִים צָרִיךְ לְפוֹרְעוֹ בְּעֵדִים – הָנֵי נוֹגְעִים בְּעֵדוּת נִינְהוּ, דְּאִי אָמְרִי: ״לָא פְּרַעְנֵיהּ״ אָמַר לְהוּ: ״פְּרָעוּנִי״!
La Guemará pregunta: ¿Qué sostiene Rav Naḥman? Si sostiene que en el caso de alguien que presta dinero a otro en presencia de testigos, el deudor debe pagarle en presencia de testigos, entonces estos agentes están afectados por su testimonio. Pues, si dicen: No le pagamos sino que devolvimos el dinero a quien nos nombró, entonces quien los nombró les dirá: Páguenme el dinero que les di para saldar la deuda. Los agentes son considerados deudores de quien los nombró, ya que tomaron dinero de él. No se los consideraría creíbles al afirmar que devolvieron el dinero a quien los nombró, ya que no tienen testigos de que así lo hicieron. En consecuencia, tienen un incentivo económico para testificar falsamente que cumplieron su misión y pagaron la deuda.
אֶלָּא לְעוֹלָם קָסָבַר: הַמַּלְוֶה אֶת חֲבֵירוֹ בְּעֵדִים אֵין צָרִיךְ לְפוֹרְעוֹ בְּעֵדִים, וּמִגּוֹ דְּיָכְלִי לְמֵימַר: ״אַהְדְּרִינְהוּ לְלֹוֶה״, יְכוֹלִין לְמֵימַר: ״פְּרַעְנֵיהּ לְמַלְוֶה״.
Más bien, Rav Naḥman realmente sostiene que en el caso de alguien que presta dinero a otro en presencia de testigos, el deudor no necesita pagarle en presencia de testigos. Y dado que los agentes pueden decir: Devolvimos el dinero al deudor, incluso sin que haya testigos que respalden su afirmación, ellos pueden también ser considerados creíbles al decir: Reembolsamos al acreedor, ya que no tienen incentivo financiero para mentir.
וְהַשְׁתָּא דְּתַקּוּן רַבָּנַן שְׁבוּעַת הֶיסֵּת – מִשְׁתַּבְעִי הָנֵי עֵדִים דְּיָהֵיבְנָא לֵיהּ, וּמִשְׁתְּבַע מַלְוֶה דְּלָא שָׁקֵיל לֵיהּ, וּפָרַע לֵיהּ לֹוֶה לְמַלְוֶה.
La Guemará comenta: Y ahora, desde la época de Rav Naḥman, cuando los Sabios instituyeron un juramento de incitación, un juramento instituido por los Sabios en un caso en que un demandado niega por completo una reclamación, estos testigos se ven afectados por su testimonio. Si afirmaran que devolvieron el dinero a quien los nombró, se les exigiría prestar un juramento de incitación a tal efecto. En consecuencia, tienen un incentivo para mentir y afirmar que cumplieron su encargo y devolvieron el préstamo. Por lo tanto, su testimonio de que cumplieron su encargo no se considera creíble. En cambio, estos testigos prestan juramento en el tribunal de que dieron el dinero a él, es decir, al prestamista, y el prestamista a su vez presta juramento de que no recibió el dinero que se le debía, y entonces el deudor paga al prestamista su deuda por segunda vez, como dictaminaron los Sabios en casos similares.
הָאִישׁ מְקַדֵּשׁ אֶת בִּתּוֹ. תְּנַן הָתָם: נַעֲרָה הַמְאוֹרָסָה – הִיא וְאָבִיהָ מְקַבְּלִין אֶת גִּיטָּהּ. אָמַר רַבִּי יְהוּדָה: אֵין שְׁתֵּי יָדַיִם זוֹכוֹת כְּאֶחָד, אֶלָּא אָבִיהָ מְקַבֵּל אֶת גִּיטָּהּ. וְכֹל שֶׁאֵין יְכוֹלָה לִשְׁמוֹר אֶת גִּיטָּהּ – אֵין יְכוֹלָה לְהִתְגָּרֵשׁ.
§ La mishná enseña que un hombre puede desposar a su hija con un hombre cuando ella es una joven. Aprendimos en una mishná allí (Guitín 64b): Con respecto a una joven desposada, ella y su padre son cada uno aptos para recibir su acta de divorcio. Rabí Yehuda dijo: Dos manos no tienen derecho a adquirir un objeto en nombre de una persona como una sola. Si la joven es capaz de adquirir un objeto por sí misma, su padre no puede recibir su acta de divorcio. A la inversa, si ella no es capaz de adquirir un objeto por sí misma, solo su padre puede recibir el acta de divorcio. Más bien, su padre solo recibe su acta de divorcio en su nombre. La mishná establece otro principio: Y cualquier mujer que no sea capaz de resguardar su acta de divorcio, ya sea debido a su corta edad o a incompetencia mental, no puede divorciarse, ya que un acta de divorcio solo es efectiva para quien comprende la ruptura de los vínculos que el divorcio genera.
אָמַר רֵישׁ לָקִישׁ: כְּמַחְלוֹקֶת לְגֵירוּשִׁין, כָּךְ מַחְלוֹקֶת לְקִידּוּשִׁין. וְרַבִּי יוֹחָנָן אָמַר: מַחְלוֹקֶת לְגֵירוּשִׁין, אֲבָל לְקִידּוּשִׁין – דִּבְרֵי הַכֹּל אָבִיהָ וְלֹא הִיא.
Reish Lakish dice: Así como hay una disputa con respecto al divorcio, en cuanto a si tanto una joven como su padre pueden aceptar su acta de divorcio o si solo el padre puede hacerlo, así también hay una disputa con respecto al desposorio. Y Rabí Yoḥanan dice: La disputa es con respecto al divorcio, pero con respecto al desposorio todos están de acuerdo en que su padre tiene derecho a aceptarlo pero no ella.
וְאָמַר רַבִּי יוֹסֵי בְּרַבִּי חֲנִינָא: מַאי טַעְמֵיהּ דְּרַבִּי יוֹחָנָן אַלִּיבָּא דְּרַבָּנַן? גֵּירוּשִׁין, דְּמַכְנֶסֶת עַצְמָהּ לִרְשׁוּת אָבִיהָ – בֵּין הִיא וּבֵין אָבִיהָ. קִידּוּשִׁין, דְּמַפְקַעַת עַצְמָהּ מֵרְשׁוּת אָבִיהָ – אָבִיהָ וְלֹא הִיא.
Y Rabí Yosei, hijo de Rabí Ḥanina, dijo: ¿Cuál es la razón de Rabí Yoḥanan, de acuerdo con la opinión de los Rabinos, de que hay una distinción entre divorcio y desposorio? En el caso del divorcio, cuando ella se devuelve a sí misma a la autoridad de su padre por medio del acta de divorcio, se considera como si el padre hubiera recibido el acta de divorcio por medio de su hija, y por lo tanto o ella o su padre pueden recibirla. En el caso del desposorio, donde ella se aparta de la autoridad de su padre, no puede hacer esto por sí misma. En consecuencia, solo su padre puede aceptar el desposorio, pero no ella.
וַהֲרֵי מַאֲמָר, דְּמַפְקַעַת עַצְמָהּ מֵרְשׁוּת אָבִיהָ, וּתְנַן:
La Guemará pregunta: Pero, ¿acaso no existe el caso del desposorio levirático, en el que la yevama sale de la autoridad de su padre, y sin embargo aprendimos en una baraita:

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