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אֵין פּוֹדִין אֶת הַשְּׁבוּיִין יוֹתֵר עַל כְּדֵי דְמֵיהֶם, מִפְּנֵי תִּקּוּן הָעוֹלָם. הָא בִּכְדֵי דְמֵיהֶן פּוֹדִין, אַף עַל גַּב דְּפִרְקוֹנָהּ יוֹתֵר עַל כְּתוּבָּתָהּ.
No se rescata a los cautivos por más de su valor. Esta norma es para el mejoramiento del mundo, porque si los cautivos son rescatados por precios exorbitantes, esto alentará a sus captores a secuestrar a más personas. La Guemará señala: Esto implica que, si los captores exigen un rescate de acuerdo con su valor real, sí se rescata a los cautivos, aunque esto incluye un caso en el que la redención de una mujer es mayor que su contrato matrimonial.
וּרְמִינְהִי: נִשְׁבֵּית, וְהָיוּ מְבַקְּשִׁין מִמֶּנּוּ עַד עֲשָׂרָה בִּכְתוּבָּתָהּ, פַּעַם רִאשׁוֹנָה — פּוֹדָהּ. מִכָּאן וְאֵילָךְ: רָצָה פּוֹדָהּ, רָצָה אֵינוֹ פּוֹדָהּ. רַבִּי שִׁמְעוֹן בֶּן גַּמְלִיאֵל אוֹמֵר: אִם הָיָה פִּרְקוֹנָהּ כְּנֶגֶד כְּתוּבָּתָהּ — פּוֹדָהּ, אִם לָאו אֵינוֹ פּוֹדָהּ!
Y la Guemará plantea una contradicción a partir de una baraita diferente, que establece: Si ella fue capturada y los captores exigían de su marido un rescate de hasta diez veces el valor de su contrato matrimonial, en la primera ocasión él debe redimirla. A partir de este punto en adelante, si él quiere, la redime, pero si no quiere redimirla, no tiene que redimirla. Rabán Shimon ben Gamliel dice: Si el precio de su rescate era igual a su contrato matrimonial, la redime. Si no, es decir, si el precio de su rescate era mayor que la suma de dinero garantizada a ella en su contrato matrimonial en caso de divorcio o muerte de su marido, no tiene que redimirla. Puede conformarse con pagar su contrato matrimonial.
רַבָּן שִׁמְעוֹן בֶּן גַּמְלִיאֵל תְּרֵי קוּלֵּי אִית לֵיהּ.
La Guemará responde: Rabán Shimón ben Gamliel sostiene que hay dos flexibilidades con respecto a las halakhot de redención. Primero, mantiene que no se paga más que el rescate general dado por un cautivo de ese tipo, y segundo, un marido no tiene que pagar más que la suma del contrato matrimonial de su esposa.
לָקְתָה חַיָּיב לְרַפְּאוֹתָהּ. תָּנוּ רַבָּנַן: אַלְמָנָה נִיזּוֹנֶת מִנִּכְסֵי יְתוֹמִין וּצְרִיכָה רְפוּאָה — הֲרֵי הִיא כִּמְזוֹנוֹת. רַבָּן שִׁמְעוֹן בֶּן גַּמְלִיאֵל אוֹמֵר: רְפוּאָה שֶׁיֵּשׁ לָהּ קִצְבָה (נִתְרַפֵּאת) [תִּתְרַפֵּא] — מִכְּתוּבָּתָהּ, שֶׁאֵין לָהּ קִצְבָה — הֲרֵי הִיא כִּמְזוֹנוֹת.
§ La mishná enseñó (51a) que si una mujer fue aquejada por una enfermedad, su marido está obligado a curarla, es decir, a pagar sus gastos médicos. Los Sabios enseñaron en una baraita: En el caso de una viuda que es mantenida con los bienes de los huérfanos y que requiere tratamiento médico, sus necesidades médicas son como su sustento, y los huérfanos deben asumir los costos. Rabán Shimón ben Gamliel discrepa y dice: Con respecto a un tratamiento que tiene un costo fijo, ella es curada con cargo a su contrato matrimonial, es decir, la cantidad se deduce de su contrato matrimonial. Si es un tratamiento que no tiene un costo fijo, se considera como sustento.
אָמַר רַבִּי יוֹחָנָן: עָשׂוּ הַקָּזַת דָּם בְּאֶרֶץ יִשְׂרָאֵל כִּרְפוּאָה שֶׁאֵין לָהּ קִצְבָה. קָרִיבֵיהּ דְּרַבִּי יוֹחָנָן הֲוָה לְהוּ אִיתַּת אַבָּא דַּהֲוָת צְרִיכָה רְפוּאָה כֹּל יוֹמָא. אֲתוֹ לְקַמֵּיהּ דְּרַבִּי יוֹחָנָן, אֲמַר לְהוּ: אֵיזִילוּ קוּצוּ לֵיהּ מִידֵּי לְרוֹפֵא.
Rabí Yoḥanan dijo: Los Sabios establecieron que en Eretz Israel, la sangría se considera como un tratamiento que no tiene un costo fijo, y por lo tanto los herederos deben pagar por ese tratamiento. La Guemará relata: Los parientes de Rabí Yoḥanan tenían que cuidar de la esposa de su padre, que requería tratamiento todos los días, y por lo tanto sus gastos médicos eran altos. Ellos se presentaron ante Rabí Yoḥanan para preguntarle qué hacer. Él les dijo: Vayan y fijen una suma global con el médico por sus servicios. Entonces el tratamiento se consideraría como de costo fijo, que se deduce del contrato matrimonial.
אָמַר רַבִּי יוֹחָנָן: עָשִׂינוּ עַצְמֵינוּ כְּעוֹרְכֵי הַדַּיָּינִין. מֵעִיקָּרָא מַאי סְבַר, וּלְבַסּוֹף מַאי סְבַר? מֵעִיקָּרָא סְבַר: ״וּמִבְּשָׂרְךָ לֹא תִתְעַלָּם״, וּלְבַסּוֹף סְבַר: אָדָם חָשׁוּב שָׁאנֵי.
Más tarde, Rabí Yoḥanan dijo con pesar: Nos hemos hecho como asesores legales, que ayudan a las personas con sus reclamaciones legales. La Guemará pregunta: Al principio, ¿qué sostenía, y al final, qué sostenía? La Guemará explica: Al principio sostenía que uno debe actuar de acuerdo con el versículo “y no te escondas de tu propia carne” (Isaías 58:7), que indica que uno debe ayudar a sus parientes. Y al final sostenía que una persona importante es diferente. Si un hombre de estatura ofrece ayuda a su familia de una manera que causa una pérdida a otra persona, parece como si estuviera favoreciendo injustamente a sus parientes.
מַתְנִי׳ לֹא כָּתַב לָהּ ״בְּנִין דִּכְרִין דְּיִהְווֹ לִיכִי מִינַּאי אִינּוּן יִרְתוּן כֶּסֶף כְּתוּבְּתִיךְ יָתֵר עַל חוּלָקְהוֹן דְּעִם אֲחוּהוֹן״ — חַיָּיב, שֶׁהוּא תְּנַאי בֵּית דִּין. ״בְּנָן נוּקְבָן דְּיִהְוֹין לִיכִי מִינַּאי יֶהֶוְיָן יָתְבָן בְּבֵיתִי וּמִיתַּזְנָן מִנִּכְסַי עַד דְּתִלַּקְחָן לְגוּבְרִין״ — חַיָּיב, שֶׁהוּא תְּנַאי בֵּית דִּין.
MISHNÁ: Si el marido no escribió para ella en su contrato matrimonial: Cualesquiera hijos varones que tengas de mí heredarán el dinero de tu contrato matrimonial además de su porción de la herencia que reciben junto con sus hermanos, él está, sin embargo, obligado como si lo hubiera escrito, pues es una estipulación del tribunal y por lo tanto tiene efecto incluso si no se declara explícitamente. Asimismo, si omitió del contrato matrimonial la frase: Cualesquiera hijas que tengas de mí se sentarán en mi casa y serán sostenidas con mis bienes hasta que sean tomadas por hombres, es decir, hasta que se casen, él está, sin embargo, obligado como si lo hubiera escrito, pues esto también es una estipulación del tribunal.
״אַתְּ תְּהֵא יָתְבָא בְּבֵיתִי וּמִיתַּזְנָא מִנִּכְסַי כֹּל יְמֵי מֵיגַר אַלְמְנוּתִיךְ בְּבֵיתִי״ — חַיָּיב, שֶׁהוּא תְּנַאי בֵּית דִּין. כָּךְ הָיוּ אַנְשֵׁי יְרוּשָׁלַיִם כּוֹתְבִין. אַנְשֵׁי גָלִיל הָיוּ כּוֹתְבִין כְּאַנְשֵׁי יְרוּשָׁלַיִם. אַנְשֵׁי יְהוּדָה הָיוּ כּוֹתְבִין: ״עַד שֶׁיִּרְצוּ הַיּוֹרְשִׁין לִיתֵּן לִךְ כְּתוּבְּתִיךְ״. לְפִיכָךְ אִם רָצוּ יוֹרְשִׁין — נוֹתְנִין לָהּ כְּתוּבָּתָהּ וּפוֹטְרִין אוֹתָהּ.
Del mismo modo, si él omitió del contrato matrimonial la cláusula: Te sentarás en mi casa y serás sostenida con mis bienes todos los días que vivas como viuda en mi casa, él está, sin embargo, obligado como si lo hubiera escrito, pues es una estipulación del tribunal. La mishná comenta: Los habitantes de Jerusalén solían escribir de esta manera, que una viuda puede permanecer en la casa de su marido durante toda su viudez, y los habitantes de Galilea solían escribir de esta manera también, como los habitantes de Jerusalén. En contraste, los habitantes de Judea solían escribir: Hasta que los herederos quieran darte tu contrato matrimonial. En consecuencia, si los herederos lo desean, pueden darle su contrato matrimonial y despedirla, y ella debe encontrar sus propias condiciones de vida y mantenerse por sí misma.
גְּמָ׳ אָמַר רַבִּי יוֹחָנָן מִשּׁוּם רַבִּי שִׁמְעוֹן בֶּן יוֹחַאי: מִפְּנֵי מָה הִתְקִינוּ כְּתוּבַּת בְּנִין דִּכְרִין — כְּדֵי שֶׁיִּקְפּוֹץ אָדָם וְיִכְתּוֹב לְבִתּוֹ כִּבְנוֹ.
GUEMARÁ:Rabí Yoḥanan dijo en nombre de Rabí Shimon ben Yoḥai: ¿Por qué razón los Sabios instituyeron el documento matrimonial relativo a los hijos varones? Fue instituido para que un hombre esté dispuesto a tomar la iniciativa y redactar un acuerdo para dar a su hija una dote tan grande como la porción de sus bienes que su hijo recibirá como herencia. El documento matrimonial relativo a los hijos varones asegura que, incluso si la hija de una persona muere y su marido hereda sus bienes, la dote finalmente será heredada por sus hijos cuando su marido muera. Como el padre de la novia sabe que sus nietos heredarán la dote, dará una dote mayor.
וּמִי אִיכָּא מִידֵּי דְּרַחֲמָנָא אָמַר בְּרָא לֵירוֹת בְּרַתָּא לָא תֵּירוֹת, וַאֲתוֹ רַבָּנַן וּמְתַקְּנִי דְּתֵירוֹת בְּרַתָּא?
La Guemará pregunta: ¿Y hay acaso algo que justifique una situación en la que el Misericordioso dice que el hijo hereda y la hija no hereda, y sin embargo los Sabios vinieron y decretaron que la hija debería heredar? El efecto práctico de su decreto es que las hijas reciben una porción significativa de la herencia de su padre, al igual que los hijos.
הָא נָמֵי דְּאוֹרָיְיתָא הוּא, דִּכְתִיב: ״קְחוּ נָשִׁים וְהוֹלִידוּ בָּנִים וּבָנוֹת וּקְחוּ לִבְנֵיכֶם נָשִׁים וְאֶת בְּנוֹתֵיכֶם תְּנוּ לַאֲנָשִׁים״. בִּשְׁלָמָא בָּנִים — בִּידֵיהּ קָיְימִי. אֶלָּא בְּנָתֵיהּ, מִי קָיְימָן בִּידֵיהּ?
La Guemará responde: Esto también se aplica por la ley de la Torah, como está escrito: “Tomad esposas para vosotros y engendrad hijos e hijas, y tomad esposas para vuestros hijos, y dad vuestras hijas a maridos” (Jeremías 29:6). Este versículo requiere aclaración. Concedido, los hijos están en su mano, es decir, un padre puede seleccionar esposas para ellos, pero las hijas, ¿están ellas en su poder como para que pueda seleccionar maridos para ellas? No es la manera de una mujer ni de su familia cortejar a un hombre.
הָא קָא מַשְׁמַע לַן, דְּנַלְבְּשַׁהּ וְנִיכַסְּיַהּ וְנִיתֵּיב לַהּ מִידֵּי, כִּי הֵיכִי דְּקָפְצִי עֲלַהּ וְאָתוּ נָסְבִי לַהּ. וְעַד כַּמָּה? אַבָּיֵי וְרָבָא דְּאָמְרִי תַּרְוַיְיהוּ: עַד לְעִישּׂוּר נִכְסֵי.
Más bien, el versículo nos enseña esto, que el padre debe vestirla, cubrirla y darle algo, es decir, bienes, para que los hombres tomen la iniciativa con ella y vengan a casarse con ella. Cuando el versículo instruye a los padres a casar a sus hijas, significa que deben hacer esfuerzos para asegurar este resultado, incluido otorgar una dote. La Guemará pregunta: ¿Y hasta cuánto debe un padre dar a sus hijas? Abaye y Rava dicen ambos: Hasta una décima parte de la propiedad de una persona debe entregarse a su hija como dote.
וְאֵימָא: דְּאָב לֵירוֹת, דְּבַעַל לָא לֵירוֹת! אִם כֵּן, אָב נָמֵי מִימְּנַע וְלָא כָּתֵב.
La Guemará pregunta: Pero si esta es la razón de la institución del documento matrimonial con respecto a los hijos varones, dígase que solo la parte que el padre de la novia dio como dote es la que sus hijos deben heredar, pero el dinero que el marido garantiza pagar a su esposa, ellos no deben heredar. La Guemará responde: Si es así, el padre de la novia también se abstendrá de escribir una gran dote. Si los hijos de su hija no heredan la parte del marido en el contrato matrimonial, su padre se mostrará reacio a dar generosamente de su propia parte.
וְאֵימָא: הֵיכָא דִּכְתַב אָב — לִכְתּוֹב בַּעַל, הֵיכָא דְּלָא כְּתַב אָב — לָא לִכְתּוֹב בַּעַל! לָא פְּלוּג רַבָּנַן.
La Guemará continúa preguntando: Pero si la preocupación es que el padre no dé, di que en un caso en que el padre escribió una gran dote para su hija, que el marido también escriba la estipulación en el documento matrimonial con respecto a los hijos varones, y cuando el padre no escribió una gran dote, que el marido no escriba esta estipulación. La Guemará responde: Los Sabios no distinguieron entre estos casos. Aunque el propósito principal de su decreto era alentar a los padres a proveer a sus hijas con dotes generosas, los Sabios aplicaron su decreto por igual a todas las mujeres, incluso cuando el padre no lo hizo.
בַּת בֵּין הַבָּנִים נָמֵי תֵּירוֹת? כְּנַחֲלָה שַׁוְּיוּהָ רַבָּנַן.
La Guemará plantea otra pregunta: Si el objetivo es asegurar que el dinero del contrato matrimonial permanezca con los descendientes de la mujer, en un caso en que uno tiene una hija de una mujer entre sus hijos de otra mujer, la hija también debería heredar la dote de su madre. ¿Por qué solo los hijos varones heredan la dote de su madre? La Guemará responde: Los Sabios establecieron esta ordenanza como similar a la halajá de herencia: Así como una herencia regular pertenece a los hijos y no a las hijas, lo mismo se aplica al documento matrimonial relativo a los hijos varones.
בַּת בֵּין הַבָּנוֹת תֵּירוֹת! לָא פְּלוּג רַבָּנַן. וְתִיגְבֵּי מִמִּטַּלְטְלִי? כִּכְתוּבָּה שַׁוְּיוּהָ רַבָּנַן.
La Guemará continúa preguntando: ¿Por qué no habría de decirse al menos que una hija entre hijas debe heredar? Si él tenía una hija de esta esposa, y sus otros hijos también son hijas, en cuyo caso todas las hijas dividen la herencia, las hijas de cada esposa deberían recibir la porción que el abuelo materno dio a su madre. La Guemará responde nuevamente: Los Sabios no distinguieron entre estos casos al establecer su decreto. La Guemará pregunta además: Y que el documento matrimonial relativo a los hijos varones sea cobrado incluso de bienes muebles, si eso es todo lo que posee el padre. La Guemará responde: Los Sabios establecieron esta disposición como similar a un contrato matrimonial regular, que solo puede cobrarse de tierras.
תִּטְרוֹף מִמְּשַׁעְבְּדִי! ״יִרְתוּן״ תְּנַן. וְאֵימָא אַף עַל גַּב דְּלֵיכָּא מוֹתַר דִּינָר! בְּמָקוֹם דְּקָא מִיעַקְרָא נַחֲלָה דְּאוֹרָיְיתָא, לָא תַּקִּינוּ רַבָּנַן.
La Guemará plantea otra pregunta: Que se cobre incluso de bienes gravados, es decir, bienes que el padre vendió después de escribir el contrato matrimonial. La Guemará responde que aprendimos en la mishná: Heredarán, y los herederos de una persona no heredan bienes que él ha vendido. La Guemará pregunta: Pero, si esta es la razón de esta ordenanza, di que debería aplicarse aunque no haya más que un dinar además del valor del contrato matrimonial que el padre dejó en su patrimonio. Los Sabios establecieron que, si no queda propiedad para la herencia, todos los hijos comparten la herencia por igual, de acuerdo con la ley de la Torah. La Guemará responde: En un caso en que su decreto fuera a desarraigar por completo la halajá de la herencia según la ley de la Torah, los Sabios no instituyeron el documento matrimonial con respecto a los hijos varones.
רַב פָּפָּא אִיעֲסַק לֵיהּ לִבְרֵיהּ בֵּי אַבָּא סוּרָאָה. אָזֵיל לְמִיכְתַּב לַהּ כְּתוּבְּתַהּ. שְׁמַע יְהוּדָה בַּר מָרִימָר, נְפַק אֲתָא אִיתְחֲזִי לֵיהּ. כִּי מְטוֹ לְפִיתְחָא, הֲוָה קָא מִפְּטַר מִינֵּיהּ. אֲמַר לֵיהּ: נֵיעוּל מָר בַּהֲדַאי!
La Guemará relata: Rav Pappa, después de haber arreglado para su hijo casarse con la familia de Abba de Sura, fue a supervisar la redacción del contrato matrimonial de la novia. Yehuda bar Mareimar oyó que Rav Pappa venía, y salió para presentarse ante él, en honor a su llegada. Cuando llegaron a la entrada de la casa de Abba de Sura, Yehuda bar Mareimar se despidió de él, ya que no deseaba entrar. Rav Pappa le dijo: Que el Maestro entre adentro conmigo.

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