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וְאֶלָּא, מַאי גְּדוֹלָה חֲזָקָה? מֵעִיקָּרָא אֲכוּל בִּתְרוּמָה דְּרַבָּנַן, הַשְׁתָּא אֲכוּל בִּתְרוּמָה דְּאוֹרָיְיתָא.
La Guemará pregunta: ¿Y qué, entonces, significa: Grande es la autoridad legal del estatus presuntivo? Este es un caso estándar de estatus presuntivo, ya que la práctica de los sacerdotes permaneció como estaba. No hay nada novedoso en la aplicación del principio del estatus presuntivo en este caso. La Guemará responde: Inicialmente, en el exilio babilónico, participaban de la terumá tomada de productos obligados por ley rabínica. Ahora, al regresar a la Tierra de Israel, participan de la terumá tomada de productos obligados por la ley de la Torah: grano, vino y aceite, sobre la base de su estatus presuntivo.
וְאִי בָּעֵית אֵימָא: הַשְׁתָּא נָמֵי בִּתְרוּמָה דְּרַבָּנַן אֲכוּל, בִּתְרוּמָה דְּאוֹרָיְיתָא לָא אֲכוּל. וְכִי מַסְּקִינַן מִתְּרוּמָה לְיוּחֲסִין — בִּתְרוּמָה דְּאוֹרָיְיתָא, בִּתְרוּמָה דְּרַבָּנַן — לָא מַסְּקִינַן. וְאֶלָּא, מַאי גְּדוֹלָה חֲזָקָה? דְּאַף עַל גַּב דְּאִיכָּא לְמִיגְזַר מִשּׁוּם תְּרוּמָה דְּאוֹרָיְיתָא — לָא גָּזְרִינַן.
Y si lo deseas, di en cambio: Aun ahora, tras su regreso a Eretz Yisrael, participan de teruma separada de productos obligados por ley rabínica. Sin embargo, de teruma separada de productos obligados por la ley de la Torah no pueden participar. Y cuando elevamos de teruma al linaje, esto es solo con respecto a quien participa de teruma por ley de la Torah. Sin embargo, en el caso de quien participa de teruma por ley rabínica, no lo elevamos al linaje sacerdotal. La Guemará pregunta: ¿Y cuál, entonces, es el significado de: Grande es la autoridad legal del estatus presuntivo? La Guemará responde: Significa que, aunque hay motivo para emitir un decreto en Eretz Yisrael que prohíba el consumo de teruma por ley rabínica, debido a la teruma que está prohibida por la Torah, no emitimos ese decreto porque: Grande es la autoridad legal del estatus presuntivo.
וּבַתְּרוּמָה דְּאוֹרָיְיתָא לָא אֲכוּל? וְהָא כְּתִיב: ״אֲשֶׁר לֹא יֹאכְלוּ מִקֹּדֶשׁ הַקֳּדָשִׁים״. מִקֹּדֶשׁ הַקֳּדָשִׁים הוּא דְּלָא אֲכוּל, הָא בִּתְרוּמָה דְּאוֹרָיְיתָא אֲכוּל!
La Guemará pregunta: ¿Y ellos en efecto no participaron de la teruma según la ley de la Torah? ¿Pero no está escrito: “Que no participaran de las cosas santísimas [kodesh hakodashim]” (Esdras 2:63), de lo cual puede inferirse: Es de las cosas santísimas, es decir, de las ofrendas, de lo que no participaron; de la teruma según la ley de la Torah, sí participaron.
הָכִי קָאָמַר: לָא בְּמִידֵּי דְּאִיקְּרִי ״קֹדֶשׁ״, דִּכְתִיב: ״וְכׇל זָר לֹא יֹאכַל קֹדֶשׁ״, וְלָא בְּמִידֵּי דְּאִיקְּרִי ״קָדָשִׁים״, דִּכְתִיב: ״וּבַת כֹּהֵן כִּי תִהְיֶה לְאִישׁ זָר הִיא בִּתְרוּמַת הַקֳּדָשִׁים לֹא תֹאכֵל״, וְאָמַר מָר: בְּמוּרָם מִן הַקֳּדָשִׁים — לֹא תֹאכֵל.
La Guemará responde que esto es lo que el versículo está diciendo: Tampoco participaron de elementos llamados kodesh, como está escrito: “Y ningún hombre común comerá de kodesh (Levítico 22:10), refiriéndose a la teruma, ni participaron de elementos llamados kodashim, como está escrito: “Y si la hija de un sacerdote se casa con un hombre común, no comerá de terumat hakodashim (Levítico 22:12). El Maestro dijo que esto significa: De aquello que es apartado de las ofrendas [kodashim] para los sacerdotes, es decir, los panes de la ofrenda de agradecimiento y el pecho y la pierna, no pueden participar. Según ninguna de las explicaciones puede citarse prueba alguna de la baraita en cuanto a si se asciende o no de la teruma o de la Bendición Sacerdotal al linaje.
תָּא שְׁמַע: חֲזָקָה לִכְהוּנָּה — נְשִׂיאוּת כַּפַּיִם בְּבָבֶל, וַאֲכִילַת חַלָּה בְּסוּרְיָא, וְחִילּוּק מַתָּנוֹת בִּכְרַכִּין. קָתָנֵי מִיהַת נְשִׂיאוּת כַּפַּיִם, מַאי לָאו לְיוּחֲסִין? לָא, לִתְרוּמָה.
La Guemará sugiere: Ven y escucha una prueba de una baraita: El estatus presuntivo para el sacerdocio se establece por alzar las manos en Babilonia; por participar de la jalá en Siria; y por distribuir los dones sacerdotales, es decir, la pata delantera, la quijada y el cuajar, en las ciudades. En cualquier caso, el tanna enseña que alzar las manos establece el estatus presuntivo del sacerdocio. La Guemará pregunta: ¿Qué, acaso no establece estatus presuntivo para el linaje? La Guemará responde: No, establece estatus presuntivo para la terumá.
וְהָא דּוּמְיָא דַּאֲכִילַת חַלָּה קָתָנֵי, מָה אֲכִילַת חַלָּה לְיוּחֲסִין — אַף נְשִׂיאוּת כַּפַּיִם לְיוּחֲסִין! לָא, אֲכִילַת חַלָּה גּוּפַהּ לִתְרוּמָה. קָסָבַר חַלָּה בִּזְמַן הַזֶּה דְּרַבָּנַן, וּתְרוּמָה דְּאוֹרָיְיתָא. וּמַסְּקִינַן מֵחַלָּה דְּרַבָּנַן לִתְרוּמָה דְּאוֹרָיְיתָא. וְכִדְאָפֵיךְ לְהוּ רַב הוּנָא בְּרֵיהּ דְּרַב יְהוֹשֻׁעַ לְרַבָּנַן.
La Guemará pregunta: Pero, ¿acaso no está la elevación de las manos enseñada en paralelo con la participación de jalá? Así como, con respecto a la participación de jalá, el tanna enseña que establece un estatus presuntivo para el linaje, así también, con respecto a la elevación de las manos, el tanna enseña que establece un estatus presuntivo para el linaje. La Guemará responde: No, la participación de jalá en sí misma establece un estatus presuntivo solo para terumá y no para el linaje. Este tanna sostiene que hoy en día la obligación de separar jalá de la masa es por ley rabínica y la obligación de separar terumá es por ley de la Torah. El tanna enseña que elevamos de jalá, que es una obligación por ley rabínica, a terumá, que es por ley de la Torah. Y esta explicación está de acuerdo con la opinión de Rav Huna, hijo de Rav Yehoshua, citada más abajo, quien invirtió la opinión de los Rabinos y sostuvo que jalá hoy en día es una obligación por ley rabínica.
תָּא שְׁמַע: חֲזָקָה לִכְהוּנָּה — נְשִׂיאוּת כַּפַּיִם וְחִילּוּק גֳּרָנוֹת בְּאֶרֶץ יִשְׂרָאֵל. וּבְסוּרְיָא, וּבְכׇל מָקוֹם שֶׁשְּׁלוּחֵי רֹאשׁ חוֹדֶשׁ מַגִּיעִין — נְשִׂיאוּת כַּפַּיִם רְאָיָה, אֲבָל לֹא חִילּוּק גֳּרָנוֹת.
La Guemará sugiere: Ven y escucha una prueba de una baraita: El estatus presuntivo para el sacerdocio se establece en Eretz Yisrael mediante el alzamiento de manos y la distribución de terumá en las eras. Y en Siria y en todo lugar fuera de Eretz Yisrael adonde llegan emisarios que informan a los residentes de la Diáspora sobre la santificación de la Luna Nueva, el alzamiento de manos constituye prueba del estatus presuntivo para el sacerdocio, ya que el tribunal investigaría el linaje de todo aquel que recitara la Bendición Sacerdotal. Pero la distribución de terumá en las eras no constituye prueba de ese estatus. Dado que no hay obligación de terumá por la ley de la Torah, los tribunales no eran tan rigurosos al examinar el linaje de aquellos a quienes se distribuía terumá.
וּבָבֶל כְּסוּרְיָא. רַבָּן שִׁמְעוֹן בֶּן גַּמְלִיאֵל אוֹמֵר: אַף אֲלֶכְּסַנְדְּרִיָּא שֶׁל מִצְרַיִם בָּרִאשׁוֹנָה, מִפְּנֵי שֶׁבֵּית דִּין קְבוּעִין שָׁם.
Y el estatus en Babilonia es como el de Siria, pues también allí hay tribunales permanentes que examinan el linaje de quienes recitan la Bendición Sacerdotal. Rabán Shimón ben Gamliel dice: Incluso Alejandría de Egipto, al principio, tenía el mismo estatus que Siria, debido a que allí había un tribunal permanente que garantizaba que la elevación de las manos fuera realizada solo por un sacerdote.
קָתָנֵי מִיהַת נְשִׂיאוּת כַּפַּיִם, מַאי לָאו לְיוּחֲסִין? לָא, לְחַלָּה. הָא דּוּמְיָא דְּחִילּוּק גֳּרָנוֹת קָתָנֵי: מָה חִילּוּק גֳּרָנוֹת לְיוּחֲסִין, אַף נְשִׂיאוּת כַּפַּיִם לְיוּחֲסִין! לָא, חִילּוּק גֳּרָנוֹת גּוּפֵהּ לְחַלָּה. קָסָבַר תְּרוּמָה בַּזְּמַן הַזֶּה דְּרַבָּנַן, וְחַלָּה דְּאוֹרָיְיתָא. וּמַסְּקִינַן מִתְּרוּמָה דְּרַבָּנַן לְחַלָּה דְּאוֹרָיְיתָא.
En cualquier caso, el tanna enseña que el levantamiento de las manos establece el estatus presuntivo de sacerdocio. La Guemará pregunta: ¿Qué, acaso no establece estatus presuntivo para linaje? La Guemará responde: No, el levantamiento de las manos establece estatus presuntivo para la ḥalla. La Guemará pregunta: ¿Pero no es la halakha del levantamiento de las manos enseñada en paralelo a la halakha de la distribución de teruma en las eras? Así como la distribución de teruma en las eras en Eretz Israel establece estatus presuntivo para linaje, así también el levantamiento de las manos establece estatus presuntivo para linaje. La Guemará responde: No, la distribución de teruma en las eras establece estatus presuntivo solo para la ḥalla pero no para linaje. Este tanna sostiene que hoy la obligación de separar teruma es por ley rabínica, y la ḥalla es por ley de la Torah. El tanna enseña que elevamos de teruma, que es una obligación por ley rabínica, a la ḥalla, que es por ley de la Torah.
וְכִדְאַשְׁכְּחִינְהוּ רַב הוּנָא בְּרֵיהּ דְּרַב יְהוֹשֻׁעַ לְרַבָּנַן. דְּאָמַר רַב הוּנָא בְּרֵיהּ דְּרַב יְהוֹשֻׁעַ: אַשְׁכַּחְתִּינְהוּ לְרַבָּנַן בְּבֵי רַב, דְּיָתְבִי וְקָאָמְרִי: אֲפִילּוּ לְמַאן דְּאָמַר תְּרוּמָה בַּזְּמַן הַזֶּה דְּרַבָּנַן, חַלָּה דְּאוֹרָיְיתָא. שֶׁהֲרֵי שֶׁבַע שֶׁכִּיבְּשׁוּ וְשֶׁבַע שֶׁחִילְּקוּ — נִתְחַיְּיבוּ בְּחַלָּה, וְלֹא נִתְחַיְּיבוּ בִּתְרוּמָה.
Y la disputa con respecto al estatus legal de la teruma y la ḥalla hoy es como en el incidente en el que Rav Huna, hijo de Rav Yehoshua, encontró que esta es la opinión de los Rabinos, como dijo Rav Huna, hijo de Rav Yehoshua: Encontré a los Sabios en la casa de estudio de Rav, que estaban sentados y diciendo: Incluso según quien dijo que la teruma hoy es una obligación rabínica, la obligación de separar ḥalla es por la Torah, pues durante los siete años en que los israelitas conquistaron la tierra de Canaán dirigidos por Josué y durante los siete años en que la dividieron, estaban obligados a ḥalla pero no estaban obligados a teruma. También hoy, aunque no hay obligación de separar teruma en Eretz Yisrael por la Torah, la obligación de separar ḥalla es por la Torah.
וְאָמֵינָא לְהוּ אֲנָא: אַדְּרַבָּה, אֲפִילּוּ לְמַאן דְּאָמַר תְּרוּמָה בִּזְמַן הַזֶּה דְּאוֹרָיְיתָא — חַלָּה דְּרַבָּנַן. דְּתַנְיָא: ״בְּבוֹאֲכֶם אֶל הָאָרֶץ״. אִי ״בְּבוֹאֲכֶם״, יָכוֹל מִשֶּׁנִּכְנְסוּ לָהּ שְׁנַיִם וּשְׁלֹשָׁה מְרַגְּלִים — תַּלְמוּד לוֹמַר: ״בְּבוֹאֲכֶם״. בְּבִיאַת כּוּלְּכֶם אָמַרְתִּי, וְלֹא בְּבִיאַת מִקְצַתְכֶם. וְכִי אַסְּקִינְהוּ עֶזְרָא,
Y les dije: Al contrario, incluso según quien dijo que la teruma hoy es una obligación por la ley de la Torah, la obligación de separar ḥalla es de origen rabínico, como se enseña en una baraita con respecto al versículo acerca de la ḥalla: “Cuando entren en la tierra… de las primicias de vuestra masa separaréis teruma” (Números 15:18–19). Si la obligación es cuando entren, uno podría haber pensado que entró en vigor desde el momento en que dos o tres espías entraron en la tierra; por lo tanto, el versículo dice: “Cuando entren,” de lo cual se deriva que Dios está diciendo: Yo dije que la obligación entra en vigor con la llegada de todos ustedes y no con la llegada de solo algunos de ustedes. Separar ḥalla es una obligación por la ley de la Torah solo cuando todo el pueblo judío entra en Eretz Yisrael, y cuando Ezra los hizo subir a Eretz Yisrael al comienzo del período del Segundo Templo,

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