הָעוֹלִים בְּעַרְכָּאוֹת שֶׁל גּוֹיִם, אַף עַל פִּי שֶׁחוֹתְמֵיהֶן גּוֹיִם – כְּשֵׁירִין, חוּץ מִגִּיטֵּי נָשִׁים וְשִׁחְרוּרֵי עֲבָדִים. וּכְדִבְרֵי רַבִּי מֵאִיר – בְּאַרְבָּעָה: הָאוֹמֵר ״תֵּן גֵּט זֶה לְאִשְׁתִּי, וּשְׁטַר שִׁחְרוּר זֶה לְעַבְדִּי״, רָצָה לַחֲזוֹר בִּשְׁנֵיהֶם – יַחְזוֹר, דִּבְרֵי רַבִּי מֵאִיר.
que son producidos en tribunales gentiles [arkaot], aunque sus signatarios sean gentiles, son válidos, excepto las actas de divorcio y las actas de manumisión. Estos documentos no son válidos cuando son preparados por gentiles. Y según la declaración de Rabí Meir, las actas de divorcio y de manumisión son iguales en cuatro aspectos, las tres halakhot antes mencionadas y también con respecto a un hombre que dice: Entreguen esta acta de divorcio a mi esposa, o: Entreguen esta acta de manumisión a mi esclavo. Son iguales en que si él desea retractarse de su instrucción con respecto a ambos de estos documentos, antes de que hayan llegado a la mujer o al esclavo, puede retractarse. Esta es la declaración de Rabí Meir.
בִּשְׁלָמָא לְרַבָּנַן, מִנְיָנָא לְמַעוֹטֵי הָא דְּרַבִּי מֵאִיר. אֶלָּא לְרַבִּי מֵאִיר, מִנְיָנָא לְמַעוֹטֵי מַאי?
La Guemará pregunta: Concedido, según la opinión de los Rabinos, ellos indican el número tres para excluir esta opinión de Rabbi Meir, enfatizando que hay solo tres maneras, no cuatro. Sin embargo, según la opinión de Rabbi Meir, ¿para qué sirve el número cuatro para excluir? ¿No habría sido suficiente decir que Rabbi Meir añade otro caso?
לְמַעוֹטֵי הָא דְּתַנְיָא: עֵדִים שֶׁאֵין יוֹדְעִים לַחְתּוֹם, מְקָרְעִין לָהֶם נְיָיר חָלָק, וּמְמַלְּאִים אֶת הַקְּרָעִים דְּיוֹ.
La Guemará responde: Los Sabios mencionan este número para excluir lo que se enseña en una baraita: Con respecto a testigos que no saben cómo firmar, es decir, no saben escribir sus nombres, se rasga papel en blanco para ellos, es decir, se hace una plantilla de sus nombres con papel en blanco y se coloca sobre el acta de divorcio. Y los testigos rellenan los espacios con tinta para que sus nombres aparezcan en el documento.
אָמַר רַבָּן שִׁמְעוֹן בֶּן גַּמְלִיאֵל: בַּמֶּה דְּבָרִים אֲמוּרִים – בְּגִיטֵּי נָשִׁים, אֲבָל שִׁחְרוּרֵי עֲבָדִים וּשְׁאָר כׇּל הַשְּׁטָרוֹת, אִם יוֹדְעִין לִקְרוֹת וְלַחְתּוֹם – חוֹתְמִין, וְאִם לָאו – אֵין חוֹתְמִין.
Rabán Shimón ben Gamliel dijo: ¿En qué caso se dice esta declaración? Se dice con respecto a los documentos de divorcio. Sin embargo, con respecto a los documentos de manumisión y todos los demás documentos, si los testigos saben cómo leer y firmar, firman, y si no, no firman. Rabí Meir está de acuerdo con la opinión de Rabán Shimón ben Gamliel de que los documentos de divorcio y los documentos de manumisión son diferentes con respecto a esta cuestión, y mencionó el número para excluir la posibilidad de que la halakha declarada por el primer tanna de esta baraita se aplique a ambos tipos de documentos.
קְרִיָּיה מַאן דְּכַר שְׁמַיהּ? חַסּוֹרֵי מְחַסְּרָא וְהָכִי קָתָנֵי: עֵדִים שֶׁאֵין יוֹדְעִין לִקְרוֹת – קוֹרִין לִפְנֵיהֶם וְחוֹתְמִין, וְשֶׁאֵין יוֹדְעִין לַחְתּוֹם – מְקָרְעִין לָהֶם.
Con respecto a la declaración de Rabán Shimón ben Gamliel, la Guemará pregunta: Lectura, ¿quién mencionó algo sobre eso? ¿Por qué Rabán Shimón ben Gamliel menciona la necesidad de que los testigos sepan leer, cuando la discusión trata sobre un testigo que no sabe cómo firmar? La Guemará responde: La baraitaestá incompleta, y esto es lo que enseña: Si los testigos no saben cómo leer, entonces alguien lee en su presencia y ellos firman. Y si no saben cómo firmar, entonces alguien rasga el papel para ellos y ellos firman. Una vez que la baraita es enmendada, queda claro que Rabán Shimón ben Gamliel estaba respondiendo a la declaración del tanna anterior.
וְתוּ לֵיכָּא?! וְהָאִיכָּא: הָאוֹמֵר ״תְּנוּ גֵּט זֶה לְאִשְׁתִּי, וּשְׁטַר שִׁחְרוּר זֶה לְעַבְדִּי״, וּמֵת – לֹא יִתְּנוּ לְאַחַר מִיתָה, ״תְּנוּ מָנֶה לִפְלוֹנִי״, וּמֵת – יִתְּנוּ לְאַחַר מִיתָה.
La Guemará pregunta: ¿Y no hay nada más que pueda añadirse a la lista de las maneras en que los documentos de divorcio y los documentos de manumisión son iguales? ¿Pero no hay un caso enseñado en la mishná (13a): Si una persona en su lecho de muerte dice: Den este documento de divorcio a mi esposa, o este documento de manumisión a mi esclavo, y él muere, no deben dar el documento después de su muerte. Sin embargo, si dijo: Den cien dinares a fulano, y él muere, ellos deben dar eso después de su muerte. Aparentemente, esta es otra halakha en la que los documentos de divorcio y los documentos de manumisión comparten el mismo estatus.
כִּי קָתָנֵי, מִילְּתָא דְּלֵיתַיהּ בִּשְׁטָרוֹת, מִילְּתָא דְּאִיתַיהּ בִּשְׁטָרוֹת לָא קָתָנֵי.
La Guemará responde: Cuando la baraita enseña las maneras en que los documentos de divorcio y los documentos de manumisión son iguales, se refiere solo a un asunto que no se aplica a los documentos típicos, y no enseña ningún asunto que sea igualmente aplicable a los documentos típicos.
דִּשְׁלַח רָבִין מִשְּׁמֵיהּ דְּרַבִּי אֲבָהוּ: הֱווּ יוֹדְעִין, שֶׁשָּׁלַח רַבִּי אֶלְעָזָר לַגּוֹלָה מִשּׁוּם רַבֵּינוּ: שְׁכִיב מְרַע שֶׁאָמַר ״כִּתְבוּ וּתְנוּ מָנֶה לִפְלוֹנִי״, וּמֵת – אֵין כּוֹתְבִין וְנוֹתְנִין,
La Guemará explica: Tal como Ravin envió desde Eretz Israel en nombre de Rabí Abbahu: Debes saber que Rabí Elazar envió esta enseñanza a la Diáspora, es decir, Babilonia, en nombre de nuestro maestro, Rabí Yoḥanan: Con respecto al caso de una persona en su lecho de muerte que dice: Escriban una escritura de transferencia y den con ella cien dinares a fulano, y luego muere antes de que tuvieran la oportunidad de redactar el documento, no se escribe ni se entrega el documento. ¿Por qué no?
שֶׁמָּא לֹא גָּמַר לְהַקְנוֹתוֹ אֶלָּא בִּשְׁטָר, וְאֵין שְׁטָר לְאַחַר מִיתָה.
La Guemará explica: Quizás decidió transferir esos cien dinares a él solo mediante un documento de transferencia, y un documento de transferencia de propiedad no se redacta después de la muerte del propietario. Esto muestra que otros documentos tampoco se redactan después de la muerte de una persona, lo que significa que esta halakha no es específica de las actas de divorcio y las actas de manumisión. Por lo tanto, no se enumera entre las maneras en que estos dos documentos son similares.
וְהָאִיכָּא לִשְׁמָהּ?
La Guemará plantea otra dificultad: ¿Pero acaso no existe la halakha de que tanto los documentos de divorcio como las cartas de manumisión deben escribirse por causa de ella, es decir, por causa de la mujer específica o del esclavo específico a quienes se entregan? ¿Por qué esta halakha no está incluida en la lista?
בִּשְׁלָמָא לְרַבָּה, הַיְינוּ מוֹלִיךְ וּמֵבִיא. אֶלָּא לְרָבָא, קַשְׁיָא!
La Guemará comenta: Concedido, según la opinión de Rabba, esto está incluido en la afirmación: Los dos documentos son similares con respecto a las halakhot de entregar y traer, ya que él sostiene que este requisito de escribir el documento en nombre del destinatario es la razón principal por la que los agentes deben declarar que fue escrito y firmado en su presencia. Sin embargo, según la opinión de Rava, quien sostiene que la razón de esta declaración es ratificar el acta de divorcio, esto es difícil.
וְתוּ: בֵּין לְרַבָּה בֵּין לְרָבָא, הָאִיכָּא מְחוּבָּר! כִּי קָתָנֵי פְּסוּלָא דְרַבָּנַן, דְּאוֹרָיְיתָא לָא קָתָנֵי.
Y además, tanto según la opinión de Rabba como según la opinión de Rava, existe el caso de documentos que fueron escritos y firmados mientras estaban unidos al suelo, por ejemplo, en una hoja unida a un árbol, lo que invalida tanto los documentos de divorcio como los documentos de manumisión. La Guemará explica: Cuando la baraitaenseña su lista, se refiere únicamente a cuestiones que hacen que los documentos sean considerados inválidos por ley rabínica. No enseña casos que implican invalidez por la ley de la Torah. Dado que estos dos casos, es decir, documentos no escritos en nombre del destinatario o cuando están unidos al suelo, no son válidos por la ley de la Torah, la baraita no mencionó estos casos.
וְהָא עַרְכָּאוֹת שֶׁל גּוֹיִם, דִּפְסוּלָא דְאוֹרָיְיתָא הוּא, וְקָתָנֵי! בְּעֵדֵי מְסִירָה, וּכְרַבִּי אֶלְעָזָר דְּאָמַר: עֵדֵי מְסִירָה כָּרְתִי.
La Guemará cuestiona esta respuesta: Pero existe el ejemplo de documentos escritos en tribunales gentiles, lo cual es una invalidación de documentos que se aplica por ley de la Torah, y sin embargo la baraitaenseña esta halakha. La Guemará responde: Esto se refiere a un acta de divorcio que fue entregada con testigos válidos que observan la transmisión de un documento legal, y esto es de acuerdo con la opinión de Rabí Elazar, quien dice en una mishná (10b): Los testigos de la transmisión de un acta de divorcio efectúan el divorcio. En su opinión, la eficacia del documento depende de los testigos que observan su transmisión, no de aquellos que firman el acta de divorcio. En consecuencia, un acta de divorcio firmada en un tribunal gentil queda invalidada por la ley rabínica.
וְהָא מִדְּקָתָנֵי סֵיפָא, רַבִּי שִׁמְעוֹן אוֹמֵר: אַף אֵלּוּ כְּשֵׁירִין, וְאָמַר רַבִּי זֵירָא: יָרַד רַבִּי שִׁמְעוֹן לְשִׁיטָתוֹ שֶׁל רַבִּי אֶלְעָזָר, דְּאָמַר עֵדֵי מְסִירָה כָּרְתִי; מִכְּלָל דְּתַנָּא קַמָּא סָבַר – לָא!
La Guemará plantea una dificultad: Pero del hecho de que enseña en la cláusula final de esa mishná que Rabí Shimon dice: Incluso estos, documentos de divorcio y documentos de manumisión, son válidos, y Rabí Zeira dijo: Rabí Shimon aceptó la opinión de Rabí Elazar, quien dijo que los testigos de la entrega del documento de divorcio efectúan el divorcio, se puede aprender por inferencia que el primer tanna no sostiene la opinión de Rabí Elazar. Más bien, sostiene que los testigos que firman efectúan el divorcio. Y aun así, este tanna enumeró los casos en que los documentos de divorcio de tribunales gentiles son invalidados, a pesar del hecho de que son inválidos según la ley de la Torah.