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דְּמַדְּרִינַן לֵיהּ בְּרַבִּים. הָנִיחָא לְמַאן דְּאָמַר נֶדֶר שֶׁהוּדַּר בְּרַבִּים – אֵין לוֹ הֲפָרָה; אֶלָּא לְמַאן דְּאָמַר יֵשׁ לוֹ הֲפָרָה, מַאי אִיכָּא לְמֵימַר?
La Guemará responde que administramos el voto al sacerdote en público. La Guemará pregunta: Esto está bien según quien dice que un voto hecho en público no tiene posibilidad de anulación por una autoridad halájica, pero según quien dice que sí tiene posibilidad de anulación, qué se puede decir?
דְּמַדְּרִינַן לֵיהּ עַל דַּעַת רַבִּים – דְּאָמַר אַמֵּימָר, הִלְכְתָא: אֲפִילּוּ לְמַאן דְּאָמַר נֶדֶר שֶׁהוּדַּר בְּרַבִּים יֵשׁ לוֹ הֲפָרָה, עַל דַּעַת רַבִּים – אֵין לוֹ הֲפָרָה.
La Guemará responde que administramos el voto al sacerdote basándonos en el consentimiento del público, convirtiéndolo en un tipo de voto que no puede disolverse sin su consentimiento. Como dijo Ameimar, la halajá es la siguiente: Incluso según quien dice que un voto hecho en público tiene la posibilidad de anulación, si fue hecho basándose en el consentimiento del público, no tiene posibilidad de anulación.
וְהָנֵי מִילֵּי לִדְבַר הָרְשׁוּת, אֲבָל לִדְבַר מִצְוָה – יֵשׁ לוֹ הֲפָרָה. כִּי הָהוּא מַקְרֵי דַּרְדְּקֵי דְּאַדְּרֵיהּ רַב אַחָא עַל דַּעַת רַבִּים, דַּהֲוָה פָּשַׁע בְּיָנוֹקֵי; וְאַהְדְּרֵיהּ רָבִינָא, דְּלָא אִישְׁתְּכַח דְּדָיֵיק כְּווֹתֵיהּ.
La Guemará comenta: Y este asunto se aplica solo cuando la anulación de un voto es para permitir que alguien haga un asunto opcional, pero para permitir que alguien realice un asunto de mitzvá, existe la posibilidad de anulación. Esto es como el incidente que involucró a cierto maestro de niños, sobre quien Rav Aḥa impuso un voto basado en el consentimiento del público para que dejara de enseñar, pues era negligente con respecto a los niños al golpearlos demasiado. Y Ravina anuló su voto y lo restituyó, ya que no encontraron otro maestro tan meticuloso como él.
וְהָעֵדִים חוֹתְמִין עַל הַגֵּט מִפְּנֵי תִּיקּוּן הָעוֹלָם: מִפְּנֵי תִּיקּוּן הָעוֹלָם?! דְּאוֹרָיְיתָא הוּא, דִּכְתִיב: ״וְכָתוֹב בַּסֵּפֶר וְחָתוֹם״!
§ La mishná enseñó: Y los testigos firman el acta de divorcio para el mejoramiento del mundo. La Guemará pregunta: ¿Acaso la razón por la que los testigos firman el acta de divorcio es para el mejoramiento del mundo? Es por ley de la Torah que deben firmar, como está escrito: “Y suscribid las escrituras, y firmadlas, y llamad testigos” (Jeremías 32:44).
אָמַר רַבָּה: לָא צְרִיכָא – לְרַבִּי אֶלְעָזָר, דְּאָמַר: עֵדֵי מְסִירָה כָּרְתִי; תַּקִּינוּ רַבָּנַן עֵדֵי חֲתִימָה, מִפְּנֵי תִּיקּוּן הָעוֹלָם – דְּזִמְנִין דְּמָיְיתִי סָהֲדִי, אִי נָמֵי זִימְנִין דְּאָזְלִי לִמְדִינַת הַיָּם.
Rabba dijo: No, esto es necesario según la opinión de Rabí Elazar, quien dice: Los testigos de la entrega del acta de divorcio efectúan el divorcio, y no los testigos que firman el acta de divorcio, y según la ley de la Torah no necesita estar firmada. Sin embargo, los Sabios instituyeron testigos firmantes para el mejoramiento del mundo, ya que a veces sucede que los testigos que presenciaron la entrega del acta de divorcio mueren, o a veces sucede que se van al extranjero, y la validez del acta de divorcio puede ser impugnada. Como no están presentes, no hay testigos que puedan ratificar el acta de divorcio. Una vez que los Sabios instituyeron que las firmas de los testigos aparezcan en el acta de divorcio, entonces el acta de divorcio puede ser ratificada mediante la autenticación de sus firmas.
רַב יוֹסֵף אָמַר: אֲפִילּוּ תֵּימָא לְרַבִּי מֵאִיר, הִתְקִינוּ שֶׁיְּהֵא עֵדִים מְפָרְשִׁין שְׁמוֹתֵיהֶן בְּגִיטִּין – מִפְּנֵי תִּיקּוּן הָעוֹלָם.
Rav Yosef dijo: Tú puedes incluso decir que esto es de acuerdo con la opinión de Rabí Meir, que los testigos firmantes en el acta de divorcio efectúan el divorcio, y la mishná debe entenderse de la siguiente manera: Ellos instituyeron que los testigos deben especificar sus nombres completos en las actas de divorcio y no meramente firmar el documento, para el mejoramiento del mundo.
כִּדְתַנְיָא: בָּרִאשׁוֹנָה הָיָה כּוֹתֵב ״אֲנִי פְּלוֹנִי חָתַמְתִּי עֵד״; אִם כְּתַב יָדוֹ יוֹצֵא מִמָּקוֹם אַחֵר – כָּשֵׁר, וְאִם לָאו – פָּסוּל.
Como se enseña en una baraita (Tosefta 9:13): Al principio, el testigo escribía solo: Yo, fulano, firmé como testigo, pero no declaraban sus nombres completos. Por lo tanto, la única manera de identificar al testigo era ver si se podía encontrar una firma idéntica en otro documento que hubiera sido ratificado en el tribunal. Por lo tanto, si se presenta otra copia de la firma de un testigo desde otro lugar, es decir, otro documento judicial, es válida, pero si no, entonces la carta de divorcio es inválida aunque es posible que él fuera un testigo válido, y como resultado de ello las mujeres quedaban sin poder volver a casarse.
אָמַר רַבָּן גַּמְלִיאֵל: תַּקָּנָה גְּדוֹלָה הִתְקִינוּ, שֶׁיִּהְיוּ מְפָרְשִׁין שְׁמוֹתֵיהֶן בְּגִיטִּין – מִפְּנֵי תִּיקּוּן הָעוֹלָם.
Rabán Gamliel dijo: Instituyeron una gran ordenanza según la cual los testigos deben especificar sus nombres completos en los documentos de divorcio, declarando que son fulano, hijo de fulano, y otras características de identificación, para el mejoramiento del mundo. Esto hizo posible aclarar fácilmente quiénes eran los testigos y ratificar el documento de divorcio al encontrar conocidos de los testigos que reconocieran sus firmas.
וּבְסִימָנָא לָא?! וְהָא רַב צָיֵיר כְּוָרָא; וְרַבִּי חֲנִינָא צָיֵיר חֲרוּתָא; רַב חִסְדָּא סָמֶךְ; וְרַב הוֹשַׁעְיָא עַיִן; רַבָּה בַּר רַב הוּנָא צָיֵיר מָכוּתָא! שָׁאנֵי רַבָּנַן, דִּבְקִיאִין סִימָנַיְיהוּ.
La Guemará pregunta: Pero ¿acaso no es suficiente firmar con una marca pictórica? Pero Rav dibujó un pez en lugar de una firma, y Rabí Ḥanina dibujó una rama de palma [ḥaruta]; Rav Ḥisda dibujó la letra samekh, y Rav Hoshaya dibujó la letra ayin; y Rabba bar Rav Huna dibujó una vela [makota]. Ninguno de estos Sabios firmaba con sus nombres reales. La Guemará responde: Los Sabios son diferentes, pues todos están bien familiarizados con sus marcas pictóricas.
מֵעִיקָּרָא בְּמַאי אַפְקְעִינְהוּ? בְּדִיסְקֵי.
La Guemará pregunta: Inicialmente, ¿con qué daban a conocer estas marcas, si no podían usarlas en lugar de firmas antes de que la gente estuviera bien familiarizada con ellas? La Guemará responde: Inicialmente usaban sus marcas en cartas, donde no existe un requisito legal de firmar sus nombres. Una vez que se supo que usarían estas marcas como sus firmas, pudieron usarlas como firmas incluso en documentos legales.
הִלֵּל הִתְקִין פְּרוֹסְבּוּל וְכוּ׳: תְּנַן הָתָם, פְּרוֹסְבּוּל אֵינוֹ מְשַׁמֵּט. זֶה אֶחָד מִן הַדְּבָרִים שֶׁהִתְקִין הִלֵּל הַזָּקֵן; שֶׁרָאָה אֶת הָעָם שֶׁנִּמְנְעוּ מִלְּהַלְווֹת זֶה אֶת זֶה, וְעָבְרוּ עַל מַה שֶּׁכָּתוּב בַּתּוֹרָה ״הִשָּׁמֶר לְךָ פֶּן יִהְיֶה דָבָר עִם לְבָבְךָ בְלִיַּעַל וְגוֹ׳״, עָמַד וְהִתְקִין פְּרוֹסְבּוּל.
§ La mishná enseñó que Hillel el Anciano instituyó un documento que impide que el Año Sabático anule una deuda pendiente [prosbol]. Aprendimos en una mishná allí (Shevi’it 10:3): Si alguien escribe un prosbol, el Año Sabático no anula la deuda. Este es uno de los asuntos que Hillel el Anciano instituyó porque vio que la gente de la nación se estaba absteniendo de prestarse unos a otros cerca del tiempo del Año Sabático, pues les preocupaba que el deudor no devolviera el préstamo, y violaban lo que está escrito en la Torah: “Cuídate de que no haya un pensamiento vil en tu corazón, diciendo: Se acerca el séptimo año, el año de remisión; y que tu ojo sea malo contra tu hermano necesitado, y no le des nada” (Deuteronomio 15:9). Él se levantó e instituyó el prosbol para que también fuera posible cobrar esas deudas, a fin de asegurar que la gente siguiera otorgando préstamos.
וְזֶה הוּא גּוּפוֹ שֶׁל פְּרוֹסְבּוּל: ״מוֹסְרַנִי לָכֶם פְּלוֹנִי [וּפְלוֹנִי] דַּיָּינִין שֶׁבְּמָקוֹם פְּלוֹנִי, שֶׁכׇּל חוֹב שֶׁיֵּשׁ לִי אֵצֶל פְּלוֹנִי, שֶׁאֶגְבֶּנּוּ כׇּל זְמַן שֶׁאֶרְצֶה״. וְהַדַּיָּינִים חוֹתְמִים לְמַטָּה, אוֹ הָעֵדִים.
Y esta es la esencia del texto del prosbol: Yo les transfiero a ustedes, fulano y mengano, los jueces, que están en tal y tal lugar, para que yo cobre cualquier deuda que fulano me deba cuando yo quiera, pues el tribunal ahora tiene el derecho de cobrar las deudas. Y los jueces o los testigos firman abajo, y esto es suficiente. Entonces el acreedor podrá cobrar la deuda en nombre del tribunal, y el tribunal puede entregársela.
וּמִי אִיכָּא מִידֵּי דְּמִדְּאוֹרָיְיתָא מְשַׁמְּטָא שְׁבִיעִית, וְהִתְקִין הִלֵּל דְּלָא מְשַׁמְּטָא?! אָמַר אַבָּיֵי: בַּשְּׁבִיעִית בִּזְמַן הַזֶּה, וְרַבִּי הִיא –
La Guemará pregunta sobre el prosbol mismo: ¿Pero existe algo así, donde según la ley de la Torah el año sabático cancela la deuda pero Hillel instituyó que no la cancela? Abaye dijo: La baraita se refiere al año sabático en el presente, y ello es conforme a la opinión de Rabí Yehuda HaNasi.
דְּתַנְיָא, רַבִּי אוֹמֵר: ״וְזֶה דְּבַר הַשְּׁמִיטָּה שָׁמוֹט״ – בִּשְׁתֵּי שְׁמִיטוֹת הַכָּתוּב מְדַבֵּר: אַחַת שְׁמִיטַּת קַרְקַע וְאַחַת שְׁמִיטַּת כְּסָפִים. בִּזְמַן שֶׁאַתָּה מְשַׁמֵּט קַרְקַע – אַתָּה מְשַׁמֵּט כְּסָפִים, בִּזְמַן שֶׁאִי אַתָּה מְשַׁמֵּט קַרְקַע, אִי אַתָּה מְשַׁמֵּט כְּסָפִים.
Como se enseña en una baraita que Rabí Yehuda HaNasi dice: El versículo declara en el contexto de la cancelación de deudas: “Y esta es la manera de la remisión: él remitirá” (Deuteronomio 15:2). El versículo habla de dos tipos de remisión: uno es la liberación de la tierra y uno es la remisión de deudas monetarias. Dado que ambos son equiparados, se puede aprender lo siguiente: En un tiempo en que liberan la tierra, cuando se practica el Año del Jubileo, cancelan deudas monetarias; en un tiempo en que no liberan la tierra, como en el presente, cuando el Año del Jubileo ya no se practica, ustedes tampoco cancelan deudas monetarias.

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