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מַתְנִי׳ רֵאשִׁית הַגֵּז נוֹהֵג בָּאָרֶץ וּבְחוּצָה לָאָרֶץ, בִּפְנֵי הַבַּיִת וְשֶׁלֹּא בִּפְנֵי הַבַּיִת, בַּחוּלִּין אֲבָל לֹא בַּמּוּקְדָּשִׁים.
MISHNÁ: La mitzvá de la primera lana esquilada que todo judío debe dar al sacerdote, como se declara en el versículo: “Y la primera lana esquilada de tu rebaño [tzonekha] le darás” (Deuteronomio 18:4), se aplica tanto en Eretz Israel como fuera de Eretz Israel, en presencia del Templo y en ausencia del Templo, y con respecto a animales no consagrados. Pero no se aplica a animales sacrificiales.
חוֹמֶר בַּזְּרוֹעַ וּלְחָיַיִם וּבַקֵּבָה מֵרֵאשִׁית הַגֵּז – שֶׁהַזְּרוֹעַ וְהַלְּחָיַיִם וְהַקֵּבָה נוֹהֲגִין בַּבָּקָר וּבַצֹּאן, בִּמְרוּבֶּה וּבְמוּעָט, וְרֵאשִׁית הַגֵּז אֵינוֹ נוֹהֵג אֶלָּא בִּרְחֵלוֹת, וְאֵינוֹ נוֹהֵג אֶלָּא בִּמְרוּבֶּה.
Hay elementos más estrictos en la mitzvá de la pata delantera, la quijada y el cuajar (véase 130a) que en la halakha de la primera esquila de la lana, en que la mitzvá de la pata delantera, la quijada y el cuajar se aplica al ganado y a las ovejas, como está escrito: “Sea buey u oveja, dará al sacerdote la pata delantera, la quijada y el cuajar” (Deuteronomio 18:3); y se aplica a numerosos animales y a pocos animales. Pero, por el contrario, la mitzvá de la primera esquila de la lana se aplica solo a las ovejas y no a las cabras ni al ganado, y se aplica solo a numerosos animales.
וְכַמָּה הוּא מְרוּבֶּה, בֵּית שַׁמַּאי אוֹמְרִים: שְׁתֵּי רְחֵלוֹת, שֶׁנֶּאֱמַר: ״יְחַיֶּה אִישׁ עֶגְלַת בָּקָר וּשְׁתֵּי צֹאן״, וּבֵית הִלֵּל אוֹמְרִים: חָמֵשׁ, שֶׁנֶּאֱמַר: ״חָמֵשׁ צֹאן עֲשׂוּיוֹת״.
¿Y cuántas se consideran numerosas? Beit Shammai dicen: Son al menos dos ovejas, como está declarado: “Que un hombre criará una novilla y dos ovejas [tzon]” (Isaías 7:21), lo que indica que dos ovejas se caracterizan como tzon; y la mitzvá de la primera lana esquilada está escrita usando el término “tu rebaño [tzonekha].” Y Beit Hillel dicen: Son al menos cinco ovejas, como está declarado: “E hizo cinco ovejas [tzon]” (I Samuel 25:18).
רַבִּי דּוֹסָא בֶּן הַרְכִּינָס אוֹמֵר: חָמֵשׁ רְחֵלוֹת גּוֹזְזוֹת מָנֶה מָנֶה וּפְרָס חַיָּיבוֹת בְּרֵאשִׁית הַגֵּז, וַחֲכָמִים אוֹמְרִים: חָמֵשׁ רְחֵלוֹת גּוֹזְזוֹת כׇּל שֶׁהֵן.
Rabí Dosa ben Harkinas dice: Al esquilar cinco ovejas, cuya lana esquilada de cada oveja pesa cien dinares cada una, y la mitad [peras] de cien dinares cada una, es decir, ciento cincuenta dinares cada una, están sujetas a la obligación de la primera lana esquilada, es decir, hacen que el dueño esté obligado a dar la primera lana esquilada a los sacerdotes. Y los Rabinos dicen: Cualesquiera cinco ovejas, cuya lana esquilada de cada una pese cualquier cantidad, hacen que el dueño quede obligado en la mitzvá.
וְכַמָּה נוֹתְנִין לוֹ? מִשְׁקַל חֲמֵשׁ סְלָעִים בִּיהוּדָה, שֶׁהֵן עֶשֶׂר סְלָעִים בַּגָּלִיל, מְלוּבָּן וְלֹא צוֹאִי, כְּדֵי לַעֲשׂוֹת מִמֶּנּוּ בֶּגֶד קָטָן, שֶׁנֶּאֱמַר ״תִּתֵּן לוֹ״, שֶׁיְּהֵא בּוֹ כְּדֵי מַתָּנָה.
¿Y cuánto de la lana esquilada se da al sacerdote? Se le da lana esquilada del peso de cinco sela en Judea, que equivalen a diez sela en Galilea, ya que el peso del sela galileo es la mitad del sela judeano. Además, aunque se puede dar la lana al sacerdote sin lavarla, este debe ser el peso de la lana una vez lavada y no cuando está sucia, como es característico de la lana cuando se esquila. La medida que debe darse al sacerdote es suficiente para confeccionar con ella una pequeña prenda, como está dicho: “Le darás” (Deuteronomio 18:4), lo que indica que la lana esquilada debe contener lo suficiente para un don apropiado.
לֹא הִסְפִּיק לִיתְּנוֹ לוֹ עַד שֶׁצְּבָעוֹ – פָּטוּר, לִבְּנוֹ וְלֹא צְבָעוֹ – חַיָּיב.
Si el dueño del esquileo no logró dárselo al sacerdote hasta que lo tiñó, el dueño está exento de la mitzvá de la primera lana esquilada, ya que esto constituye un cambio en la lana por medio del cual adquiere propiedad sobre ella. Si la lavó pero no la tiñó, está obligado a dar la primera lana esquilada, ya que el lavado no constituye un cambio en la lana.
הַלּוֹקֵחַ גֵּז צֹאנוֹ שֶׁל גּוֹי – פָּטוּר מֵרֵאשִׁית הַגֵּז. הַלּוֹקֵחַ גֵּז צֹאנוֹ שֶׁל חֲבֵירוֹ, אִם שִׁיֵּיר – הַמּוֹכֵר חַיָּיב, לֹא שִׁיֵּיר – הַלּוֹקֵחַ חַיָּיב. הָיוּ לוֹ שְׁנֵי מִינִים, שְׁחוּפוֹת וּלְבָנוֹת, מָכַר לוֹ שְׁחוּפוֹת אֲבָל לֹא לְבָנוֹת, זְכָרִים אֲבָל לֹא נְקֵבוֹת – זֶה נוֹתֵן לְעַצְמוֹ וְזֶה נוֹתֵן לְעַצְמוֹ.
Quien compra el vellón de las ovejas de un gentil está exento de la obligación de dar la primera lana esquilada al sacerdote. En cuanto a quien compra el vellón de las ovejas de otro judío, si el vendedor se quedó con parte de la lana, entonces el vendedor está obligado a dar la primera lana esquilada al sacerdote. Si el vendedor no se quedó con nada de la lana, el comprador está obligado a darla. Si el vendedor tenía dos tipos de ovejas, grises y blancas, y vendió al comprador el vellón de las grises pero no el de las blancas, o si vendió el vellón de los machos pero no el de las hembras, entonces este, el vendedor, da la primera lana esquilada por sí mismo al sacerdote de la lana que se quedó, y aquel, el comprador, da la primera lana esquilada por sí mismo al sacerdote de la lana que compró.
גְּמָ׳ בְּמוּקְדָּשִׁין, מַאי טַעְמָא לָא? אָמַר קְרָא ״צֹאנְךָ״, וְלֹא צֹאן הֶקְדֵּשׁ.
GUEMARÁ: La mishná establece que la mitzvá de la primera lana esquilada no se aplica a animales sacrificiales. La Guemará pregunta: ¿Cuál es la razón por la que no se aplica? La Guemará responde que el versículo dice: “Tu rebaño” (Deuteronomio 18:4), lo que indica que la mitzvá se aplica a animales no sagrados, que pertenecen a un individuo particular, y no a un rebaño que es propiedad consagrada.
טַעְמָא דִּכְתַב רַחֲמָנָא ״צֹאנְךָ״, הָא לָאו הָכִי הֲוָה אָמֵינָא קָדָשִׁים חַיָּיבִים בְּרֵאשִׁית הַגֵּז? הָא לָאו בְּנֵי גִיזָּה נִינְהוּ, דִּכְתִיב ״וְלֹא תָגֹז בְּכוֹר צֹאנֶךָ״!
La Guemará objeta: La razón de la exención de los animales sacrificiales es que el Misericordioso escribe “tu rebaño”, de lo cual puede inferirse que, de no ser por eso, yo diría que incluso con respecto a los animales sacrificiales uno está obligado en la mitzvá de la primera lana esquilada. Pero esta sugerencia es imposible, ya que no son aptos para el esquileo, como está escrito con respecto a los animales primogénitos, que están consagrados: “Y no esquilarás al primogénito de tu rebaño” (Deuteronomio 15:19).
אִי בְּקׇדְשֵׁי מִזְבֵּחַ, הָכִי נָמֵי. הָכָא בְּמַאי עָסְקִינַן – בְּקׇדְשֵׁי בֶּדֶק הַבַּיִת.
La Guemará explica: Si la mishná se estuviera refiriendo a ovejas consagradas para el altar, en efecto no habría necesidad de derivar su exención del versículo. Pero aquí estamos tratando de ovejas consagradas al tesoro para el mantenimiento del Templo, que está permitido esquilar, y el versículo enseña que incluso con respecto a estas uno está exento de la mitzvá de la primera lana esquilada.
וְהָאָמַר רַבִּי אֶלְעָזָר: קׇדְשֵׁי בֶּדֶק הַבַּיִת אֲסוּרִים בְּגִיזָּה וַעֲבוֹדָה! מִדְּרַבָּנַן. סָלְקָא דַּעְתָּךְ אָמֵינָא: הוֹאִיל וּמִדְּאוֹרָיְיתָא בְּנֵי גִיזָּה נִינְהוּ, הֵיכָא דִּגְזַז לֵיהּ – לִיתֵּיב לֵיהּ.
La Guemará pregunta: ¿Pero acaso no dijo Rabí Elazar, con respecto a animales consagrados para el mantenimiento del Templo, que está prohibido esquilarlos o hacerlos trabajar? La Guemará responde: La prohibición con respecto a animales consagrados para el mantenimiento del Templo se aplica por ley rabínica, no por ley de la Torah. Por lo tanto, podría venirte a la mente decir que, puesto que según la Torah ellos son aptos para ser esquilados, en un caso en que alguien transgredió la prohibición rabínica y esquiló las ovejas consagradas, debería dar la primera lana esquilada al sacerdote. En consecuencia, el versículo enseña que está exento de la mitzvá de la primera lana esquilada.
וְהָא קַדֵּישׁ לַהּ! סָלְקָא דַּעְתָּךְ אָמֵינָא: לִפְרוֹק וְלִיתֵּיב לֵיהּ.
La Guemará objeta: Pero dado que él consagró la lana, esta es propiedad consagrada y, por lo tanto, en la práctica no puede darse a un sacerdote. En consecuencia, no hay necesidad de derivar su exención del versículo. La Guemará explica: Podría pasar por tu mente decir que el propietario está obligado a redimir la lana entregando su valor al tesoro del Templo y luego dársela al sacerdote.
וְהָא בָּעֵי הַעֲמָדָה וְהַעֲרָכָה! הָנִיחָא לְמַאן דְּאָמַר קׇדְשֵׁי בֶּדֶק הַבַּיִת לֹא הָיוּ בִּכְלַל הַעֲמָדָה וְהַעֲרָכָה, אֶלָּא לְמַאן דְּאָמַר הָיוּ, מַאי אִיכָּא לְמֵימַר?
La Guemará objeta: Pero cuando un animal es redimido, requiere presentación y valoración, como está escrito: “Y pondrá el animal delante del sacerdote, y el sacerdote lo valorará, sea bueno o malo; según lo valore el sacerdote, así será” (Levítico 27:11–12). Una vez que la lana ha sido esquilada, este proceso ya no puede realizarse, lo que significa que la lana no puede ser redimida. La Guemará comenta: Esto encaja bien según quien dijo que los animales consagrados para el mantenimiento del Templo no estaban incluidos en el requisito de presentación y valoración. Pero según quien dijo que sí estaban incluidos en este requisito, ¿qué puede decirse?
אָמַר רַבִּי מָנִי בַּר פַּטִּישׁ מִשּׁוּם רַבִּי יַנַּאי: הָכָא בְּמַקְדִּישׁ בְּהֶמְתּוֹ לְבֶדֶק הַבַּיִת חוּץ מִגִּיזּוֹתֶיהָ. סָלְקָא דַּעְתָּךְ אָמֵינָא: לִיגְזוֹז וְלִיתֵּיב לֵיהּ, אָמַר קְרָא ״צֹאנְךָ״, וְלֹא צֹאן שֶׁל הֶקְדֵּשׁ.
Rabí Mani bar Pattish dijo en nombre de Rabí Yannai: La declaración aquí en la mishná se refiere a un caso en el que alguien consagró el resto de su animal para el mantenimiento del Templo, excepto su lana, que reservó para sí mismo. Como el dueño no consagró la lana, podría venirte a la mente decir: Que lo esquile a la oveja y esté obligado a dar la lana al sacerdote. Por lo tanto, el versículo dice: “Tu rebaño”, indicando que la mitzvá se aplica a animales no sagrados, que pertenecen a un individuo, y no a ovejas que son propiedad consagrada.
אִי הָכִי, קׇדְשֵׁי מִזְבֵּחַ נָמֵי! כָּחֲשִׁי.
La Guemará plantea una dificultad: Si es así, que la mishná está tratando un caso en el que alguien consagró un animal excepto por su lana, se podría decir que también se refiere a animales consagrados para el altar. La Guemará responde: La mishná no puede estar tratando animales consagrados para el altar, ya que está prohibido esquilarlos incluso si su lana no fue consagrada. La razón es que esto hace que el animal se debilite, lo cual implica una pérdida de propiedad consagrada.
קׇדְשֵׁי בֶּדֶק הַבַּיִת נָמֵי כָּחֲשִׁי! דְּאָמַר: חוּץ מִגִּיזָּה וּכְחִישָׁה.
La Guemará objeta: Pero los animales consagrados para el mantenimiento del Templo también se debilitan por el esquileo, y por lo tanto también debería estar prohibido esquilarlos. La Guemará explica: La mishná se refiere a un caso en el que alguien dijo que consagra su animal para el mantenimiento del Templo excepto por tanto su lana como su debilitamiento, es decir, la pérdida de fuerza causada por el esquileo.
קׇדְשֵׁי מִזְבֵּחַ נָמֵי! דְּאָמַר: חוּץ מִגִּיזָּה וּכְחִישָׁה, אֲפִילּוּ הָכִי פָּשְׁטָה קְדוּשָּׁה בְּכוּלַּהּ.
La Guemará plantea además una objeción: la mishná podría también estar refiriéndose a animales consagrados para el altar en un caso en que alguien dijo que consagra el animal excepto por tanto su lana como el debilitamiento, es decir, la pérdida de fuerza causada por el esquileo. La Guemará explica: Con respecto a los animales consagrados para el altar, esta estipulación no es efectiva, ya que aun así, es decir, a pesar de su declaración, la santidad se extiende al animal entero, y por lo tanto está prohibido esquilarlo.
וּמְנָא תֵּימְרָא, דְּאָמַר רַבִּי יוֹסֵי: וַהֲלֹא בְּמוּקְדָּשִׁין, הָאוֹמֵר ״רַגְלָהּ שֶׁל זוֹ עוֹלָה״ – כּוּלָּהּ עוֹלָה. וַאֲפִילּוּ לְרַבִּי מֵאִיר דְּאָמַר אֵין כּוּלָּהּ עוֹלָה, הָנֵי מִילֵּי דְּאַקְדֵּישׁ דָּבָר שֶׁאֵין הַנְּשָׁמָה תְּלוּיָה בּוֹ, אֲבָל הִקְדִּישׁ דָּבָר שֶׁהַנְּשָׁמָה תְּלוּיָה בּוֹ – קָדְשָׁה.
La Guemará explica: ¿Y de dónde dices que, si alguien consagra un animal para el altar, la santidad se extiende a todo el animal? Esto es como dijo Rabí Yosei: ¿Acaso no es esta la halajá con respecto a los animales de sacrificio, que si alguien dice: La pata de este animal está consagrada como holocausto, entonces el animal entero es holocausto, ya que la santidad de la pata se extiende por todo el cuerpo del animal? Y aun según la opinión de Rabí Meir, de que no es enteramente un holocausto, esa afirmación de Rabí Meir se aplica solo cuando consagró su pata, que no es algo, es decir, un miembro, del cual la vida del animal depende. Es posible que un animal sobreviva a la extirpación de una pata. Pero si alguien consagró algo de lo cual la vida del animal depende, todos están de acuerdo en que todo él queda consagrado.
רָבָא אָמַר: בְּמַקְדִּישׁ גִּיזָּה עַצְמָהּ, סָלְקָא דַּעְתָּךְ אָמֵינָא: לִיגְזוֹז וְלִיפְרוֹק וְלִיתֵּיב לֵיהּ,
§ Rava dijo que no hay necesidad de interpretar la mishná como si tratara de un caso en el que alguien consagró un animal entero aparte de su lana y de la pérdida causada por el esquileo. Más bien, la mishná se refiere a quien consagra la lana misma al tesoro para el mantenimiento del Templo, pero no la oveja. Podría pasársete por la mente decir: Que esquile la oveja y redima la lana dando su valor al tesoro del Templo, y entonces esté obligado a dar la lana al sacerdote.
אָמַר קְרָא: ״גֵּז צֹאנְךָ תִּתֶּן לוֹ״, מִי שֶׁאֵין מְחוּסָּר אֶלָּא גְּזִיזָה וּנְתִינָה, יָצָא זֶה שֶׁמְחוּסָּר גְּזִיזָה פְּדִיָּיה וּנְתִינָה.
Por lo tanto, el versículo establece: “La primera lana esquilada de tu rebaño le darás” (Deuteronomio 18:4), lo que indica que no debe haber ninguna acción adicional entre el esquileo y la entrega de la primera lana esquilada al sacerdote. En otras palabras, la mitzvá de la primera lana esquilada se aplica a una oveja a la que solo le faltan el esquileo y la entrega, lo que excluye a esta oveja a la que le faltan el esquileo, el rescate y la entrega.
אֶלָּא ״צֹאנְךָ״ לְמַאי אֲתָא? לְכִדְתַנְיָא: בֶּהֱמַת הַשּׁוּתָּפִים חַיָּיב בְּרֵאשִׁית הַגֵּז, וְרַבִּי אִלְעַאי פּוֹטֵר. מַאי טַעְמָא דְּרַבִּי אִלְעַאי? אָמַר קְרָא ״צֹאנְךָ״, וְלֹא שֶׁל שׁוּתָּפוּת.
La Guemará pregunta: Pero si este versículo es la fuente de la exención de los animales consagrados, entonces ¿para qué viene la expresión “tu rebaño”? Esa expresión también indica que ciertas ovejas están excluidas de la mitzvá. La Guemará responde que es necesaria para aquello que se enseña en una baraita: Un animal que pertenece a dos socios está obligado, es decir, hace que sus dueños estén obligados, en la mitzvá de la primera esquila de la lana, pero Rabí Ilai los exime. ¿Cuál es la razón de la decisión de Rabí Ilai? La razón es que el versículo dice “tu rebaño”, usando el pronombre singular, lo que indica que la mitzvá se aplica a animales que pertenecen a un individuo, pero no a ovejas que son propiedad en sociedad.
וְרַבָּנַן, לְמַעוֹטֵי שׁוּתָּפוּת גּוֹי. וְרַבִּי אִלְעַאי, שׁוּתָּפוּת גּוֹי מְנָא לֵיהּ?
La Guemará pregunta: Pero según los Rabinos, que sostienen que los copropietarios de ovejas están obligados en la mitzvá de la primera lana esquilada, ¿qué queda excluido por la expresión “tu rebaño”? La Guemará responde que esto viene para excluir a un animal poseído en sociedad con un gentil. La Guemará pregunta: ¿Y de dónde Rabí Ilai deriva que un animal poseído en sociedad con un gentil exime a su propietario judío de la mitzvá?
נָפְקָא לֵיהּ מֵרֵישָׁא דִּקְרָא, ״רֵאשִׁית דְּגָנְךָ״, וְלֹא שׁוּתָּפוּת גּוֹי.
La Guemará responde: Él lo deriva del comienzo de este versículo, que declara con respecto a la terumá: "Las primicias de tu grano, de tu vino y de tu aceite" (Deuteronomio 18:4), usando el pronombre singular. Esto indica que solo en el caso de productos que pertenecen a un judío existe la obligación de separar terumá, pero no con respecto a aquello que es poseído en sociedad con un gentil.
וְרַבָּנַן, ״רֵאשִׁית״ (הַגֵּז) הִפְסִיק הָעִנְיָן.
La Guemará pregunta: Y ¿por qué los Rabinos, que derivan la exención de ovejas poseídas en sociedad con un gentil del término “tu rebaño”, no derivan esto del término “tu grano”? La Guemará responde que la repetición del término “la primera” con respecto a la primera lana esquilada: “Las primicias de tu grano, de tu vino y de tu aceite, y la primera lana esquilada de tu rebaño, le darás” (Deuteronomio 18:4), es una indicación de que el versículo concluyó la discusión del asunto anterior. La mención superflua de “primera” señala que los dos temas tratados en este versículo, que son las primicias, es decir, terumá, y la primera lana esquilada, son dos asuntos separados. Por lo tanto, no se pueden derivar las halakhot de uno del otro.
וְרַבִּי אִלְעַאי: וָי״ו הֲדַר עָרְבֵיהּ.
La Guemará pregunta: ¿Y cómo responde Rabí Ilai al argumento de los Rabinos? La Guemará responde: Rabí Ilai sostiene que, cuando el versículo dice: “Y la primera lana esquilada”, la conjunción “y” retoma y combina los dos asuntos juntos.

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