גְּמָ׳ בְּיַד עַבְדּוֹ – חַיָּיב, יַד עֶבֶד כְּיַד רַבּוֹ!
GEMARA: La mishná establece que si el prestatario acepta que el prestamista envíe la vaca por mano de su esclavo, y esta murió en el camino, entonces el prestatario es responsable. La Guemará pregunta: Pero, ¿acaso la mano de un esclavo no es legalmente como la mano de su amo; mientras la vaca esté en posesión del esclavo del prestamista, no se considera que haya salido de la posesión del prestamista. Entonces, ¿por qué es responsable el prestatario?
אָמַר שְׁמוּאֵל: בְּעֶבֶד עִבְרִי, דְּלָא קְנֵי לֵיהּ גּוּפֵיהּ. רַב אָמַר: אֲפִילּוּ תֵּימָא בְּעֶבֶד כְּנַעֲנִי, נַעֲשֶׂה כְּאוֹמֵר לֵיהּ: הַכִּישָׁהּ בְּמַקֵּל וְהִיא תָּבֹא.
La Guemará presenta dos resoluciones: Shmuel dijo: la mishná se refiere a un esclavo hebreo, cuyo amo no adquiere su persona. Por lo tanto, la propiedad en posesión del esclavo no se considera como si estuviera en posesión de su amo. Rav dijo: Tú puedes incluso decir que la mishná se refiere a un esclavo cananeo, ya que este caso puede considerarse como uno en el que el prestatario le dijo al prestamista: Golpea la vaca con un palo y entonces vendrá por sí sola hacia mí. Así como en ese caso el prestatario es responsable una vez que la vaca sale del dominio del prestamista, también en este caso es responsable una vez que la vaca sale del dominio del prestamista, independientemente del hecho de que fue traída por el esclavo del prestamista.
מֵיתִיבִי: הַשּׁוֹאֵל הַפָּרָה וְשִׁלְּחָהּ לוֹ בְּיַד בְּנוֹ, בְּיַד שְׁלוּחוֹ – חַיָּיב. בְּיַד עַבְדּוֹ – פָּטוּר.
La Guemará plantea una objeción a partir de una baraita: Si alguien toma prestada una vaca; y, con el acuerdo del prestatario, el prestamista se la envía por mano de su hijo o por mano de su agente; y esta muere en el camino, entonces el prestatario es responsable. Si el prestamista la envió por mano de su esclavo, entonces el prestatario está exento. La cláusula final parece contradecir el fallo de la mishná.
בִּשְׁלָמָא לִשְׁמוּאֵל: מַתְנִיתִין בְּעֶבֶד עִבְרִי, בָּרַיְיתָא בְּעֶבֶד כְּנַעֲנִי. אֶלָּא לְרַב קַשְׁיָא!
La Guemará explica: Concedido, según la resolución de Shmuel, se puede explicar que la mishná se refiere a un esclavo hebreo, mientras que la baraita se refiere a un esclavo cananeo. Pero según la resolución de Rav, quien sostenía que la mishná se refiere a un esclavo cananeo, la contradicción es difícil.
אָמַר לְךָ רַב: לָא תֵּימָא נַעֲשָׂה כְּאָמַר לוֹ, אֶלָּא אֵימָא: בְּאָמַר לוֹ הַכִּישָׁהּ בְּמַקֵּל וְהִיא תָּבֹא.
La Guemará presenta una versión modificada de la resolución de Rav: Rav podría decirte: No digas al explicar la mishná que el caso puede considerarse como uno en el que el prestatario le dijo al prestamista: Golpea a la vaca con un palo y entonces vendrá por sí sola. Más bien, di que se refiere a un caso en el que el prestatario realmente le dijo al prestamista: Golpea a la vaca con un palo y entonces vendrá a mí por sí sola. En consecuencia, se puede explicar que la baraita se refiere a un caso en el que él no dijo esto y, por lo tanto, mientras la vaca todavía esté en posesión del esclavo, el prestatario no es responsable.
דְּאִיתְּמַר: הַשְׁאִילֵנִי פָּרָתְךָ, וְאָמַר לוֹ: בְּיַד מִי? וְאָמַר לוֹ: הַכִּישָׁהּ בְּמַקֵּל וְתָבֹא. אָמַר רַב נַחְמָן אָמַר רַבָּה בַּר אֲבוּהּ אָמַר רַב: כֵּיוָן שֶׁיָּצָאת מֵרְשׁוּת מַשְׁאִיל וּמֵתָה – חַיָּיב.
Como se afirmó: Uno le dijo a otro: Préstame tu vaca. Y el prestamista le dijo al prestatario: ¿Por mano de quién la enviaré? Y el prestatario le dijo: Golpea a la vaca con un palo y entonces vendrá por sí sola hacia mí. Rav Naḥman dice que Rabba bar Avuh dice que Rav dice: En este caso, la halakha es que una vez que la vaca salió del dominio del prestamista y luego murió, el prestatario es responsable.
נֵימָא מְסַיַּיע לֵיהּ: הַשְׁאִילֵנִי פָּרָתְךָ, וְאָמַר לוֹ: בְּיַד מִי? וְאָמַר לוֹ: הַכִּישָׁהּ בְּמַקֵּל וְהִיא תָּבֹא. כֵּיוָן שֶׁיָּצָאת מֵרְשׁוּת מַשְׁאִיל וּמֵתָה – חַיָּיב.
La Guemará sugiere: Digamos que la siguiente baraita respalda esta opinión de Rav: Uno le dijo a otro: Préstame tu vaca. Y el prestamista le dijo al prestatario: ¿Por mano de quién la enviaré? Y el prestatario le dijo: Golpea a la vaca con un palo y entonces vendrá por sí sola hacia mí. La halakha es que una vez que la vaca salió del dominio del prestamista y luego murió, el prestatario es responsable.
אָמַר רַב אָשֵׁי: הָכָא בְּמַאי עָסְקִינַן – כְּגוֹן שֶׁהָיְתָה חֲצֵרוֹ שֶׁל שׁוֹאֵל לִפְנִים מֵחֲצֵרוֹ שֶׁל מַשְׁאִיל, דְּכִי מְשַׁלְּחָהּ לַהּ – וַדַּאי לְהָתָם אָזְלָא.
Rav Ashi dijo que la baraita no es una prueba concluyente de la opinión de Rav. Es posible decir: ¿Con qué estamos tratando aquí; con un caso en el que el patio del prestatario está situado más hacia adentro del dominio público que el patio del prestamista, de modo que, cuando el prestamista le envía la vaca, ciertamente irá allí. En consecuencia, el prestatario está dispuesto a aceptar la responsabilidad desde el momento en que el prestamista la envía.
אִי הָכִי, מַאי לְמֵימְרָא?! לָא צְרִיכָא דְּאִיכָּא גַּזְיָיתָא. מַהוּ דְּתֵימָא: לָא סָמְכָא דַּעְתֵּיהּ דִּלְמָא קָיְימָא הָתָם וְלָא אָתְיָא אָזְלָא לְהֶדְיָא, קָא מַשְׁמַע לַן דְּסָמְכָא דַּעְתֵּיהּ.
La Guemará pregunta: Si es así, si ese es el caso tratado en la baraita, ¿cuál es el propósito de enunciar esta halajá? Es obvio. La Guemará explica: No, es necesario para el caso de un patio que tiene esquinas. No sea que digas: El prestatario no confía en la posibilidad de que el animal venga hacia él, ya que quizás el animal vaya y se quede allí en una de las esquinas y no venga directamente al patio del prestatario; por lo tanto, la baraita nos enseña que incluso en tal caso él confía en la suposición de que la vaca, sin embargo, vendrá hacia él, y por eso acepta la responsabilidad.
אָמַר רַב הוּנָא: הַשּׁוֹאֵל קַרְדּוֹם מֵחֲבֵירוֹ, בִּקַּע בּוֹ – קְנָאוֹ, לֹא בִּקַּע בּוֹ – לֹא קְנָאוֹ.
§ Rav Huna dice: En el caso de quien toma prestada un hacha de otro, una vez que ha cortado leña con ella, la ha adquirido, pero mientras no haya cortado leña con ella, no la ha adquirido.
לְמַאי? אִילֵימָא לׇאוֹנָסִין – מַאי שְׁנָא פָּרָה דְּמִשְּׁעַת שְׁאֵילָה? אֶלָּא לַחֲזָרָה, בִּקַּע בּוֹ – לָא מָצֵי הָדַר בֵּיהּ מַשְׁאִיל, לֹא בִּקַּע בּוֹ – מָצֵי מַשְׁאִיל הָדַר בֵּיהּ.
La Guemará aclara: Con respecto a qué asunto adquiere uno el hacha? Si decimos que la ha adquirido para el propósito de ser responsable por percances inevitables, es decir, que su responsabilidad como prestatario comienza una vez que usa el hacha, entonces se podría preguntar: ¿Qué diferencia hay cuando uno toma prestada una vaca, que uno es responsable como prestatario desde el momento del préstamo, incluso antes de hacer uso de ella? Más bien, Rav Huna se refiere al derecho de retractación, de la siguiente manera: Una vez que el prestatario ha cortado leña con ella, el prestamista no puede retractarse de su compromiso de prestar el objeto; pero mientras el prestatario no haya cortado leña con ella, el prestamista puede retractarse de su compromiso de prestar el objeto e impedir que el prestatario tome prestado el objeto.
וּפְלִיגָא דְּרַבִּי אַמֵּי, דְּאָמַר רַבִּי אַמֵּי: הַמַּשְׁאִיל קַרְדּוֹם שֶׁל הֶקְדֵּשׁ – מָעַל לְפִי טוֹבַת הֲנָאָה שֶׁבּוֹ, וַחֲבֵירוֹ מוּתָּר לְבַקֵּעַ בּוֹ לְכַתְּחִילָּה.
Y con esta opinión, Rav Huna discrepa de la opinión de Rabí Ami, pues Rabí Ami dice: Quien presta a otro un hacha que es de propiedad consagrada al tesoro del Templo ha incurrido así en uso indebido de propiedad consagrada. Está obligado a pagar al tesoro del Templo según la ventaja económica que recibió por prestar el hacha. Y, a pesar de esto, esa otra persona, es decir, el prestatario, tiene permitido cortar madera con ella ab initio.
וְאִי לֹא קְנָאוֹ – אַמַּאי מָעַל? וְאַמַּאי חֲבֵירוֹ מוּתָּר לְבַקֵּעַ בּוֹ לְכַתְּחִילָּה? נַיהְדְּרֵיהּ וְלֹא לִיקְנְיֵיהּ וְלָא לִימְעוֹל.
La Guemará explica cómo es evidente que Rabí Ami discrepa de Rav Huna: Y si se sostiene que el prestatario no adquiere el hacha desde el momento del préstamo, ¿por qué el prestamista ha hecho un uso indebido de propiedad consagrada? Para ser responsable por uso indebido de propiedad consagrada, uno debe adquirir el objeto, sacándolo así del tesoro del Templo. Y, además, ¿por qué esa otra persona tiene permitido cortar leña con ella ab initio? Si el prestatario no adquiere el hacha desde el momento del préstamo, que el prestatario devuelva el hacha y no la adquiera, y, en consecuencia, el prestamista no habrá hecho un uso indebido de propiedad consagrada, ya que resultará que no ocurrió nada significativo. Más bien, es evidente que Rabí Ami sostiene que el acto de prestar queda plenamente completado tan pronto como el prestatario toma el hacha, incluso antes de haberla usado.
וּפְלִיגָא דְּרַבִּי אֶלְעָזָר, דְּאָמַר רַבִּי אֶלְעָזָר: כְּדֶרֶךְ שֶׁתִּקְּנוּ מְשִׁיכָה בַּלָּקוֹחוֹת, כָּךְ תִּקְנוּ מְשִׁיכָה בַּשּׁוֹמְרִים.
Y, además, según esta opinión, Rav Huna discrepa de la opinión de Rabí Elazar, pues Rabí Elazar dice: De la misma manera en que los Sabios instituyeron para los compradores que pueden adquirir un artículo mediante tirar de él, y desde ese momento la transacción queda completada, así también instituyeron para los depositarios que sus derechos y responsabilidades comienzan al tirar del artículo que aceptaron resguardar, y desde ese momento la transferencia del artículo al depositario queda completada.
תַּנְיָא נָמֵי הָכִי: כְּשֵׁם שֶׁתִּקְּנוּ מְשִׁיכָה בַּלָּקוֹחוֹת – כָּךְ תִּקְנוּ מְשִׁיכָה בַּשּׁוֹמְרִים, וּכְשֵׁם
Esta opinión de Rabí Elazar también se enseña en una baraita: Así como los Sabios instituyeron para los compradores que pueden adquirir un objeto al tirar de él, así también instituyeron para los depositarios que sus derechos y responsabilidades comienzan cuando tiran de el objeto que aceptaron guardar. Y así como