וּלְמַאן דְּאָמַר הֵילָךְ פָּטוּר, אַמַּאי אִיצְטְרִיךְ קְרָא לְמַעוֹטֵי קַרְקַע מִשְּׁבוּעָה? הָא כׇּל קַרְקַע הֵילָךְ הוּא.
La Guemará pregunta: Pero según Rav Sheshet, con respecto a quien dice que en un caso en que el deudor dice: Aquí lo tienes, está exento de prestar juramento, ¿por qué fue necesario que el versículo excluyera una reclamación de propiedad de tierra de la obligación del demandado de prestar juramento cuando admite parte de la reclamación? La exclusión de la tierra se deriva del versículo: “Por cualquier asunto de transgresión, por buey, por asno, por oveja, por vestido, por cualquier objeto perdido del cual se diga: Esto es, la causa de ambos vendrá ante los jueces” (Éxodo 22:8). Pero todos los casos que involucran a alguien que admite parte de la reclamación respecto de tierra son casos en los que el demandado efectivamente dice: Aquí lo tienes, ya que la tierra siempre permanece en su lugar. Por lo tanto, la derivación del versículo parece ser innecesaria.
אָמַר לָךְ: אִיצְטְרִיךְ קְרָא הֵיכָא דְּחָפַר בָּהּ בּוֹרוֹת שִׁיחִין וּמְעָרוֹת.
La Guemará responde que Rav Sheshet podría haberte dicho: El versículo era necesario en un caso en el que el demandado cavó fosas, zanjas y cuevas en la tierra que está devolviendo al demandante. Dado que la tierra ha sido dañada y ya no se encuentra en su estado anterior, el demandado no está diciendo efectivamente: Aquí tienes lo tuyo.
אִי נָמֵי, הֵיכָא דִּטְעָנוֹ כֵּלִים וְקַרְקָעוֹת, וְהוֹדָה בַּכֵּלִים וְכָפַר בַּקַּרְקָעוֹת.
Alternativamente, está el caso en que uno afirmó que otro le debía utensilios y tierra, y el demandado admitió la reclamación relativa a los utensilios y negó la reclamación relativa a la tierra. El versículo enseña que, aunque el demandado negó parte de la reclamación y no dijo efectivamente: Aquí tienes, no está obligado a prestar juramento con respecto a la tierra.
תָּא שְׁמַע, דְּתָנֵי רָמֵי בַּר חָמָא: אַרְבָּעָה שׁוֹמְרִין צְרִיכִין כְּפִירָה בְּמִקְצָת וְהוֹדָאָה בְּמִקְצָת. שׁוֹמֵר חִנָּם, וְהַשּׁוֹאֵל, נוֹשֵׂא שָׂכָר, וְהַשּׂוֹכֵר.
Ven y escucha una prueba de la opinión de Rabí Ḥiyya, como enseña Rami bar Ḥama una baraita: Los cuatro tipos de depositarios mencionados en la Torá requieren negación parcial de la reclamación y admisión parcial de la reclamación para incurrir en la obligación de prestar juramento cuando alguien afirma haberles dado un objeto en depósito. Esto se aplica a un depositario no remunerado, que no recibe pago a cambio de custodiar el objeto, y a un prestatario, que no paga al propietario a cambio del derecho de usar el objeto, así como a un depositario remunerado, que recibe pago a cambio de custodiar el objeto, y a un arrendatario, que alquila un objeto para usarlo y paga al propietario a cambio de ese derecho.
הֵיכִי דָּמֵי? לָאו דַּאֲמַר לֵיהּ: הֵילָךְ!
La Guemará explica: ¿Cuáles son las circunstancias en las que los depositarios tanto niegan parte de la reclamación como admiten parte de ella? ¿No se refiere a un caso en el que el depositario le dijo a quien depositó el objeto: Con respecto a los objetos que admito haber recibido de ti: Aquí los tienes, y en cuanto al resto, nunca los recibí y por lo tanto no estoy obligado a devolverlos? Esto apoya la opinión de Rabí Ḥiyya de que quien dice: Aquí los tienes, está obligado a prestar juramento.
לָא, דַּאֲמַר לֵיהּ: שָׁלֹשׁ פָּרוֹת מָסַרְתִּי לָךְ וּמֵתוּ כּוּלְּהוּ בִּפְשִׁיעָה. וְאָמַר לֵיהּ אִיהוּ: חֲדָא – לָא הָיוּ דְבָרִים מֵעוֹלָם, וַחֲדָא – מֵתָה בְּאוֹנֶס, וַחֲדָא – מֵתָה בִּפְשִׁיעָה דִּבְעֵינָא שַׁלּוֹמֵי לָךְ. דְּלָאו ״הֵילָךְ״ הוּא.
La Guemará rechaza esto: No, Rami bar Ḥama se refiere a un caso diferente, por ejemplo, un caso en el que el depositante le dijo al custodio no remunerado: Te di tres vacas y todas murieron debido a tu negligencia. Por lo tanto, eres responsable de pagar por ellas. Y el custodio le dijo: Con respecto a una vaca, ese hecho nunca ocurrió. En otras palabras, recibí solo dos vacas, no tres. Y una de las vacas murió debido a un accidente inevitable, y estoy exento de pagar por ella. Y la otra murió debido a mi negligencia, por la cual debo pagarte. En ese caso, aunque admite parte de la reclamación, no es un caso de: Aquí tienes, ya que no está devolviendo la vaca misma.
תָּא שְׁמַע, דְּתָנֵי אֲבוּהּ דְּרַבִּי אַפְטוֹרִיקִי לִדְרַבִּי חִיָּיא קַמַּיְיתָא: מָנֶה לִי בְּיָדְךָ, וְהַלָּה אוֹמֵר: אֵין לְךָ בְּיָדִי כְּלוּם, וְהָעֵדִים מְעִידִים אוֹתוֹ שֶׁיֵּשׁ בְּיָדוֹ חֲמִשִּׁים זוּז, יָכוֹל יִשָּׁבַע עַל הַשְּׁאָר –
§ Ven y escucha una objeción a la primerahalajá de Rabí Ḥiyya, como enseñó el padre de Rabí Aptoriki en una baraita: Si uno le dice a otro: Yo tengo cien dinares en tu posesión, y el otro dice: Nada de lo tuyo está en mi posesión, y los testigos atestiguan que él tiene cincuenta dinares en su posesión que le debe al demandante, se podría haber pensado que debería prestar juramento sobre el resto.
תַּלְמוּד לוֹמַר: ״עַל כׇּל אֲבֵידָה אֲשֶׁר יֹאמַר כִּי הוּא זֶה״. עַל הוֹדָאַת פִּיו אַתָּה מְחַיְּיבוֹ, וְאִי אַתָּה מְחַיְּיבוֹ עַל הַעֲדָאַת עֵדִים!
Para contrarrestar esto, el versículo establece con respecto a los depositarios: “En cualquier asunto de transgresión, por buey, por asno, por oveja, por vestido, por cualquier objeto perdido del cual se diga: Este es, la causa de ambos vendrá ante los jueces” (Éxodo 22:8). Esto indica que obligas al demandado a prestar juramento basándote en la admisión de parte de una reclamación por su propia boca, pero no lo obligas a prestar juramento basándote en el testimonio de testigos.
מַתְנִיתָא קָא רָמֵית עֲלֵיהּ דְּרַבִּי חִיָּיא?! רַבִּי חִיָּיא תַּנָּא הוּא וּפָלֵיג.
La Guemará rechaza esta objeción: ¿Estás planteando una objeción a la opinión de Rabí Ḥiyya a partir de una baraita? El propio Rabí Ḥiyya es un tanna y, como tal, tiene autoridad para discrepar de la determinación en una baraita.
וְהָא קְרָא קָאָמַר! הָהוּא לְמוֹדֶה מִקְצָת הַטַּעֲנָה.
La Guemará pregunta: ¿Pero acaso ese tanna no cita un versículo? La Guemará responde: Según Rabí Ḥiyya, ese versículo enseña que quien admite parte de la reclamación está obligado a prestar juramento.
וַאֲבוּהּ דְּרַבִּי אַפְטוֹרִיקִי אָמַר לָךְ, כְּתִיב ״הוּא״ וּכְתִיב ״זֶה״, חַד לְמוֹדֶה מִקְצָת הַטַּעֲנָה, וְחַד לְהַעֲדָאַת עֵדִים דְּפָטוּר.
Y el padre del rabino Aptoriki podría haberte dicho que ambas halakhot se derivan de la expresión “Esto es”. Puesto que “esto” está escrito y “es” también está escrito, se interpreta que una palabra fue dicha para enseñar que quien admite parte de la reclamación está obligado a prestar juramento, y una palabra fue dicha para enseñar que en un caso que implica el testimonio de testigos, uno está exento de prestar juramento.
וְאִידָּךְ: חַד לְמוֹדֶה מִקְצָת הַטַּעֲנָה, וְחַד לְמוֹדֶה מִמִּין הַטַּעֲנָה.
La Guemará pregunta: ¿Y cómo el otro sabio, Rabí Ḥiyya, interpreta la doble calificación en el versículo? La Guemará responde: En su opinión, una palabra se dice para enseñar que quien admite parte de la reclamación está obligado a prestar juramento, y una palabra se dice para enseñar que uno está obligado a prestar juramento solo si admite que debe un objeto del mismo tipo que es objeto de la reclamación. Si el demandante reclama un tipo de objeto y el demandado admite deber un tipo diferente de objeto, no está obligado a prestar juramento.
וְאִידַּךְ מוֹדֶה מִמִּין הַטַּעֲנָה לֵית לֵיהּ, וְסָבַר לֵיהּ כְּרַבָּן גַּמְלִיאֵל, דִּתְנַן: טְעָנוֹ חִטִּין, וְהוֹדָה לוֹ בִּשְׂעוֹרִין, פָּטוּר. וְרַבָּן גַּמְלִיאֵל מְחַיֵּיב.
Y el otro Sabio, el padre de Rabí Aptoriki, no acepta el principio de que uno está obligado a prestar juramento solo si admite que debe un artículo del mismo tipo que el objeto de la reclamación, sino que sostiene como Rabán Gamliel en este asunto. Como aprendimos en una mishná (Shevuot 38b): Si uno reclamó que otro le debe trigo, y el demandado admitió deberle cebada, que es menos costosa que el trigo, queda exento de prestar juramento a pesar de su admisión de parte de la reclamación, ya que su admisión no corresponde a la reclamación. Y Rabán Gamliel lo considera obligado a prestar juramento.
הָהוּא רָעֲיָא דְּהָווּ מָסְרִי לֵיהּ כׇּל יוֹמָא חֵיוָתָא בְּסָהֲדֵי. יוֹמָא חַד מְסַרוּ לֵיהּ בְּלָא סָהֲדֵי. לְסוֹף אָמַר לְהוּ: לֹא הָיוּ דְבָרִים מֵעוֹלָם. אֲתוֹ סָהֲדֵי אַסְהִידוּ בֵּיהּ דַּאֲכַל תַּרְתֵּי מִינַּיְיהוּ. אֲמַר רַבִּי זֵירָא: אִם אִיתָא לִדְרַבִּי חִיָּיא קַמַּיְיתָא, מִשְׁתְּבַע אַשְּׁאָרָא.
§ La Guemará relata: Había cierto pastor a quien la gente solía entregar sus animales para custodia cada día en presencia de testigos. Un día, le entregaron sus animales sin testigos. Al final del día él dijo a los dueños de los animales: Este hecho nunca ocurrió; yo nunca recibí los animales. Vinieron testigos y declararon contra él que se comió dos de ellos. Rabí Zeira dijo: Si la primerahalajá de Rabí Ḥiyya es así, el pastor debe jurar con respecto al resto, o de lo contrario debe pagar el valor de los animales a sus dueños.
אֲמַר לֵיהּ אַבָּיֵי: אִם אִיתָא מִשְׁתְּבַע?! וְהָא גַּזְלָן הוּא! אֲמַר לֵיהּ: שֶׁכְּנֶגְדּוֹ קָאָמֵינָא.
Abaye le dijo: Si la primera halajá de Rabí Ḥiyya es así, el pastor jura? ¿Acaso no es un ladrón? Los testigos establecieron mediante su testimonio que tomó y comió algunos de los animales y, en consecuencia, su juramento carece de credibilidad. Rabí Zeira le dijo: No quise decir que el pastor jure; estaba diciendo que la parte que se le opone jura y cobra el pago.
הַשְׁתָּא נָמֵי דְּלֵיתָא לִדְרַבִּי חִיָּיא, נְחַיְּיבֵיהּ מִדְּרַב נַחְמָן.
La Guemará comenta: También ahora, si es así que la halajáno está de acuerdo con la opinión de Rabí Ḥiyya, y el testimonio que respalda parte de la reclamación no obliga al demandado a prestar juramento con respecto al resto, el tribunal debería aun así obligar al pastor a prestar juramento debido a la ordenanza de Rav Naḥman, y, dado que su juramento no se considera creíble, el demandante debe prestar juramento y cobrar el pago.
דִּתְנַן: מָנֶה לִי בְּיָדְךָ, אֵין לְךָ בְּיָדִי – פָּטוּר. וְאָמַר רַב נַחְמָן: מַשְׁבִּיעִין אוֹתוֹ שְׁבוּעַת הֶיסֵּת.
Como aprendimos en una mishná (Shevuot 38b): Si uno le dice a otro: Yo tengo cien dinares en tu posesión, y esa persona responde: No tengo nada tuyo en mi posesión, queda exento de prestar juramento. Y Rav Naḥman dice: No obstante, los jueces le imponen un juramento de incitación. Rav Naḥman instituyó una ordenanza según la cual, incluso si el demandado niega por completo la reclamación, está obligado a jurar que la reclamación es falsa. En consecuencia, el pastor está obligado a prestar ese juramento.
דְּרַב נַחְמָן תַּקַּנְתָּא הִיא,
La Guemará responde: Esta halajá de Rav Naḥman es una ordenanza rabínica y no un juramento exigido por la ley de la Torá,