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בִּשְׁטָרֵי הַקְנָאָה, דְּהָא שַׁעְבֵּיד נַפְשֵׁיהּ.
Esta mishná no se refiere a quien encuentra un pagaré ordinario, sino a quien encuentra escrituras de transferencia. Esto se refiere a un pagaré que establece un gravamen sobre la propiedad del deudor desde la fecha en que se escribe el pagaré, independientemente de cuándo toma prestado el dinero. Porque el deudor se obligó desde esa fecha, el acreedor tiene el derecho legal de recuperar su tierra de cualesquiera compradores posteriores.
אִי הָכִי, מַתְנִיתִין דְּקָתָנֵי: ״אִם יֵשׁ בָּהֶן אַחְרָיוּת נְכָסִים לֹא יַחֲזִיר״, וְאוֹקֵימְנָא כְּשֶׁחַיָּיב מוֹדֶה, וּמִשּׁוּם שֶׁמָּא כָּתַב לִלְוֹת בְּנִיסָן וְלֹא לָוָה עַד תִּשְׁרֵי, וְאָתֵי לְמִטְרַף לָקוֹחוֹת שֶׁלֹּא כַּדִּין, אַמַּאי לֹא יַחֲזִיר?
La Guemará pregunta: Si es así, surge la siguiente dificultad: ¿Cómo se explicará el fallo de la mishná aquí, que enseña que si los pagarés incluyen una garantía sobre la propiedad, quien los encuentra no debe devolverlos al acreedor; y establecimos que la referencia es a un caso cuando el deudor admite que todavía debe la deuda y que el pagaré no debe devolverse debido a la sospecha de que quizás el deudor lo escribió con la intención de pedir prestado el dinero en Nisán pero no lo pidió realmente prestado hasta Tishrei, y por lo tanto, si el pagaré es devuelto al acreedor, él vendrá a recuperar la tierra de los compradores ilícitamente. Si la explicación de Rav Asi es correcta, ¿por qué no debería quien lo encontró devolver el documento?
נֶחְזֵי אִי בִּשְׁטַר הַקְנָאָה – הָא שַׁעְבֵּיד לֵיהּ נַפְשֵׁיהּ! אִי בִּשְׁטָר דְּלָא הַקְנָאָה – לֵיכָּא לְמֵיחַשׁ, דְּהָא אָמְרַתְּ כִּי לֵיכָּא מַלְוֶה בַּהֲדֵיהּ לָא כָּתְבִינַן.
La Guemará explica: Veamos cuáles son las posibilidades. Si la referencia es a una escritura de transferencia, ¿acaso no se obligó el deudor a que sus bienes puedan ser cobrados para el pago del préstamo desde la fecha en que se redactó la escritura de transferencia? Por el contrario, si la referencia es a un pagaré que no es una escritura de transferencia, no hay lugar para preocupación, como dijiste, ya que en tal caso, cuando el prestamista no está presente junto con el prestatario, no redactamos tal documento.
אָמַר לְךָ רַב אַסִּי: אַף עַל גַּב דִּשְׁטָרֵי דְּלָאו הַקְנָאָה, כִּי לֵיכָּא מַלְוֶה בַּהֲדֵיהּ לָא כָּתְבִינַן, מַתְנִיתִין כֵּיוָן דִּנְפַל אִתְּרַע לֵיהּ, וְחָיְישִׁינַן דִּלְמָא אִקְּרִי וּכְתוּב.
La Guemará responde: Rav Asi podría haberte dicho: Aunque no escribimos pagarés que no sean escrituras de transferencia cuando el prestamista no está presente junto con el prestatario, con respecto al caso de la mishná puede explicarse que, puesto que el pagaré se cayó, su credibilidad quedó comprometida y, en consecuencia, nos preocupa que quizás haya sido escrito en ausencia del prestamista, apartándose del procedimiento estándar.
אַבָּיֵי אָמַר: עֵדָיו בַּחֲתוּמָיו זָכִין לוֹ, וַאֲפִילּוּ שְׁטָרֵי דְּלָאו הַקְנָאָה.
Abaye declaró una explicación alternativa de la mishná que permite escribir un pagaré para un prestatario en ausencia del prestamista: Los testigos del documento, con sus firmas, adquieren el gravamen del prestamista sobre la tierra del prestatario en nombre del prestamista, a pesar de que el préstamo aún no ha ocurrido. Y esto se aplica incluso con respecto a pagarés que no son escrituras de transferencia.
מִשּׁוּם דְּקַשְׁיָא לֵיהּ: כֵּיוָן דְּאָמְרַתְּ בִּשְׁטָרֵי דְּלָאו הַקְנָאָה כִּי לֵיתֵיהּ לְמַלְוֶה בַּהֲדֵיהּ לָא כָּתְבִינַן, לֵיכָּא לְמֵיחַשׁ דְּאִקְּרִי וּכְתוּב.
Abaye ofreció esta explicación porque la explicación de Rav Asi le resultaba difícil; ya que dijiste con respecto a pagarés que no son escrituras de transferencia que no escribimos cuando el prestamista no está presente junto con el prestatario, no hay motivo de preocupación de que quizás, en el caso de un pagaré encontrado, haya sucedido que fue escrito en ausencia del prestamista.
אֶלָּא הָא דִּתְנַן: מָצָא גִּיטֵּי נָשִׁים וְשִׁחְרוּרֵי עֲבָדִים, דְּיָיתֵיקֵי, מַתָּנָה וְשׁוֹבָרִים – הֲרֵי זֶה לֹא יַחְזִיר, שֶׁמָּא כְּתוּבִים הָיוּ וְנִמְלַךְ עֲלֵיהֶם שֶׁלֹּא לִיתְּנָם. וְכִי נִמְלַךְ עֲלֵיהֶם מַאי הָוֵי? וְהָא אָמְרַתְּ: עֵדָיו בַּחֲתוּמָיו זָכִין לוֹ?
La Guemará pregunta: Pero ¿cómo puede reconciliarse la opinión de Abaye con lo que aprendimos en una mishná (18a): Si alguien encontró actas de divorcio, o documentos de manumisión de esclavos, o testamentos [deyaitiki], o escrituras de donación, o recibos, no puede devolverlos a las personas de quienes se presume que los perdieron. La razón es que quizás fueron solo escritos y no entregados, porque quien los escribió posteriormente reconsideró respecto de ellos y decidió no entregarlos. La Guemará pregunta: Si reconsideró y decidió no entregarlos, ¿qué importa eso? ¿No dijiste que los testigos de un documento, con sus firmas, lo adquieren en nombre de su destinatario? Si es así, ¿por qué no habría de devolvérsele?
הָנֵי מִילֵּי הֵיכָא דְּקָא מָטוּ לִידֵיהּ. אֲבָל הֵיכָא דְּלָא מָטוּ לִידֵיהּ לָא אָמְרִינַן.
La Guemará responde: Esta afirmación, de que un acreedor adquiere el gravamen sobre la tierra del deudor inmediatamente cuando los testigos firman el documento, se aplica solo en un caso en que el documento llegó a la posesión del acreedor; pero en un caso en que el documento no llegó a su posesión, ya que nunca le fue entregado, no decimos eso.
אֶלָּא מַתְנִיתִין דְּקָתָנֵי: מָצָא שִׁטְרֵי חוֹב, אִם יֵשׁ בָּהֶם אַחְרָיוּת נְכָסִים – לֹא יַחְזִיר. וְאוֹקִימְנָא כְּשֶׁחַיָּיב מוֹדֶה, וּמִשּׁוּם שֶׁמָּא כָּתַב לִלְוֹת בְּנִיסָן וְלֹא לָוָה עַד תִּשְׁרֵי.
La Guemará pregunta: Más bien, ¿cómo puede la mishná reconciliarse con la opinión de Abaye? Como enseña: Con respecto a quien encontró pagarés, si incluyen una garantía sobre bienes, no puede devolverlos al acreedor. Y establecimos que la mishná se refiere a un caso en el que la parte obligada, es decir, el deudor, admite las deudas, y, sin embargo, el hallador no puede devolver el pagaré debido a la sospecha de que quizás él escribió el pagaré con la intención de pedir prestado el dinero en Nisán pero no lo pidió prestado realmente hasta Tishrei.
בִּשְׁלָמָא לְרַב אַסִּי דְּאָמַר בִּשְׁטָרֵי אַקְנְיָיתָא – מוֹקֵי לַהּ בִּשְׁטָרֵי דְּלָאו אַקְנְיָיתָא, וְכִדְאָמְרִינַן. אֶלָּא לְאַבָּיֵי, דְּאָמַר: עֵדָיו בַּחֲתוּמָיו זָכִין לוֹ, מַאי אִיכָּא לְמֵימַר?
La Guemará explica: Concedido, según Rav Asi, quien dice que la halakha de que un pagaré puede escribirse para un prestatario en ausencia del prestamista se aplica solo con respecto a escrituras de transferencia, la mishná puede establecerse como refiriéndose a pagarés que no son escrituras de transferencia, y esto es como dijimos arriba. Pero según Abaye, quien dice que los testigos de un documento, con sus firmas, adquieren el gravamen en nombre del prestamista, ¿qué hay para decir? ¿Por qué no habrían de devolverse los pagarés incluso si incluyen una garantía de propiedad para el préstamo?
אָמַר לָךְ אַבָּיֵי, מַתְנִיתִין הַיְינוּ טַעְמָא: דְּחָיְישִׁ[ינַן] לְפֵרָעוֹן וְלִקְנוּנְיָא.
La Guemará responde que Abaye podría decirte que esta es la razón del fallo en la mishná: Es que el tanna sospecha que hubo pago y colusión. Aunque el deudor admite su deuda, se sospecha que está mintiendo, ya que, después de pagar la deuda, podría haberse confabulado con el acreedor para recuperar una tierra que vendió durante el período del préstamo, y el deudor y el acreedor se repartirían el dinero entre ellos.
וְלִשְׁמוּאֵל, דְּאָמַר לָא חָיְישִׁינַן לְפֵרָעוֹן וְלִקְנוּנְיָא, מַאי אִיכָּא לְמֵימַר? הָנִיחָא אִי סָבַר לַהּ כְּרַב אַסִּי דְּאָמַר בִּשְׁטָרֵי הַקְנָאָה – מוֹקֵי מַתְנִיתִין בִּשְׁטָרֵי דְּלָאו הַקְנָאָה. אֶלָּא אִי סָבַר כְּאַבָּיֵי דְּאָמַר עֵדָיו בַּחֲתוּמָיו זָכִין לוֹ, מַאי אִיכָּא לְמֵימַר?
La Guemará pregunta: Pero según Shmuel, que dice que no sospechamos de pago ni de colusión, ¿qué hay que decir? ¿Cómo puede explicarse la mishná? Esto encaja bien si Shmuel sostiene de acuerdo con la opinión de Rav Asi, que dice que solo en el caso de documentos de transferencia está permitido escribir un pagaré para un prestatario en ausencia del prestamista. En consecuencia, Shmuel puede establecer la mishná como referida a pagarés que no son documentos de transferencia. Pero si Shmuel sostiene de acuerdo con la opinión de Abaye, que dice que los testigos de un documento, con sus firmas, adquieren el gravamen en nombre del acreedor, ¿qué hay que decir?
שְׁמוּאֵל מוֹקֵי לְמַתְנִיתִין כְּשֶׁאֵין חַיָּיב מוֹדֶה.
La Guemará responde: Shmuel puede establecer la mishná como refiriéndose a un caso en el que la supuesta parte obligada no admite la deuda, y por lo tanto quien las encontró no puede devolver las notas promisorias al acreedor.
אִי הָכִי, כִּי אֵין בָּהֶן אַחְרָיוּת נְכָסִים אַמַּאי יַחְזִיר? נְהִי דְּלָא גָּבֵי מִן מְשַׁעְבְּדֵי, מִבְּנֵי חָרֵי מִגְבֵּי גָּבֵי!
La Guemará pregunta: Si es así, en un caso en que los pagarés no incluyen una garantía sobre la propiedad, ¿por qué debe quien los encuentra devolverlos al supuesto acreedor? Es cierto que el acreedor no puede cobrar la deuda de bienes gravados que ya fueron vendidos, pero sí puede cobrarla de la propiedad no vendida del deudor, aunque el deudor afirme estar exento.
שְׁמוּאֵל לְטַעְמֵיהּ: דְּאָמַר שְׁמוּאֵל, אוֹמֵר הָיָה רַבִּי מֵאִיר: שְׁטַר חוֹב שֶׁאֵין בּוֹ אַחְרָיוּת נְכָסִים – אֵין גּוֹבֶה לָא מִמְּשַׁעְבְּדִי וְלָא מִבְּנֵי חָרֵי.
La Guemará responde: Shmuel concuerda con su línea habitual de razonamiento, pues Shmuel dice que Rabbi Meir diría: En el caso de un pagaré que no incluye una garantía sobre la propiedad, el acreedor no cobra ni de bienes gravados que han sido vendidos ni de bienes no vendidos. Por lo tanto, no hay ningún perjuicio en que quien lo encuentra devuelva el pagaré al acreedor.
וְכִי מֵאַחַר שֶׁאֵינוֹ גּוֹבֶה אַמַּאי יַחְזִיר? אָמַר רַבִּי נָתָן בַּר אוֹשַׁעְיָא: לָצוֹר עַל פִּי צְלוֹחִיתוֹ שֶׁל מַלְוֶה.
La Guemará pregunta: Pero dado que el acreedor no puede cobrar la deuda, ¿por qué habría de el hallador devolver el pagaré? ¿Con qué propósito puede usarlo el acreedor? Rabí Natán bar Oshaya dice: El acreedor puede usarlo para cubrir la abertura de su frasco. Su único valor es como un trozo de papel.
וְנַהְדְּרֵיהּ (לְהוּ) לְלֹוֶה לָצוֹר עַל פִּי צְלוֹחִיתוֹ שֶׁל לֹוֶה! לֹוֶה הוּא
La Guemará pregunta: Si el documento tiene solo el valor del papel, que el hallador lo devuelva al deudor, para cubrir la abertura del frasco del deudor. La Guemará responde: El deudor es

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