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וַהֲרֵי הִיא תַּחְתָּיו וּמְשַׁמַּשְׁתּוֹ; וְנִמְצְאוּ זוֹמְמִין; אֵין אוֹמְרִים יְשַׁלְּמוּ כׇּל כְּתוּבָּתָהּ, אֶלָּא טוֹבַת הֲנָאַת כְּתוּבָּתָהּ. אֵיזֶהוּ טוֹבַת הֲנָאַת כְּתוּבָּתָהּ? אוֹמְדִין כַּמָּה אָדָם רוֹצֶה לִיתֵּן בִּכְתוּבָּה שֶׁל זוֹ – שֶׁאִם נִתְאַרְמְלָה אוֹ נִתְגָּרְשָׁה, וְאִם מֵתָה – יִירָשֶׁנָּה בַּעֲלָהּ.
y ella está bajo su autoridad y le sirve, es decir, de hecho todavía estaba casada con él, y entonces estos testigos resultaron ser testigos conspiradores que intentaban negar a esta mujer la posibilidad de cobrar alguna vez el pago de su contrato matrimonial, entonces el tribunal no dice que los testigos deban pagar el valor total de su contrato matrimonial. Más bien, el tribunal dice que deben pagar la ventaja económica de su contrato matrimonial. La Guemará explica: ¿Qué es la ventaja económica de su contrato matrimonial? El tribunal evalúa cuánto una persona estaría dispuesta a dar para comprar los derechos de este contrato matrimonial de la mujer, teniendo en cuenta la halakhade que, si ella enviuda o se divorcia, el comprador recibirá su valor total, pero si ella muere durante la vida de su marido, su marido heredará su propiedad y el comprador no recibirá nada.
וְאִי סָלְקָא דַעְתָּךְ לֵיתַהּ לְתַקָּנַת אוּשָׁא, אַמַּאי יִירָשֶׁנָּה בַּעֲלָהּ? תְּזַבֵּין כְּתוּבְּתַהּ לִגְמָרֵי!
Rav Idi bar Avin continúa: Y si se te ocurre que no existe la ordenanza de Usha, ¿por qué su marido heredaría de ella? Que la mujer venda por completo su contrato matrimonial.
אָמַר אַבָּיֵי: אִם אָמְרוּ בְּנִכְסֵי מְלוֹג, יֹאמְרוּ בְּנִכְסֵי צֹאן בַּרְזֶל?!
Abaye dijo: Esto no es una prueba de la existencia de la ordenanza de Usha, porque incluso si no hay ordenanza, y los Sabios dijeron que la mujer conserva el derecho de vender con respecto a la propiedad de usufructo, ¿también dirían que la mujer conserva el derecho de vender con respecto a la propiedad garantizada, que figura entre los bienes que ella aportó al matrimonio pero que está enteramente bajo la autoridad de su marido? En cualquier caso, hay bienes que ella no tiene derecho a vender y que el marido heredaría si ella muere, independientemente de si existe o no una ordenanza de Usha, por lo que el contrato matrimonial no podría venderse por su valor total.
אָמַר אַבָּיֵי: טוֹבַת הֲנָאָה, הוֹאִיל וַאֲתָא לְיָדַן, נֵימָא בַּהּ מִילְּתָא: טוֹבַת הֲנָאָה – לְאִשָּׁה הָוְיָא. דְּאִי סָלְקָא דַעְתָּךְ לְבַעַל הָוְיָא, לֵימְרוּ לַהּ עֵדִים: מַאי אַפְסֵדְינִּךְ? אִי הֲוָה מְזַבְּנַתְּ לַהּ לְטוֹבַת הֲנָאָה, בַּעַל הֲוָה שָׁקֵיל מִינִּךְ! אָמַר רַב שַׁלְמַן: מִשּׁוּם דְּאִיכָּא רְוַוח בֵּיתָא.
§ Abaye dijo: Con respecto a la ventaja financiera, dado que la discusión de este asunto ha llegado a nosotros, digamos algo al respecto. El dinero recibido por vender la ventaja financiera se entrega solo a la esposa. Pues si se te ocurre decir que es entregado al marido, entonces que los testigos conspiradores, que han sido considerados responsables de pagar una multa a la esposa, le digan: ¿Qué pérdida te hemos causado al testificar que habías recibido el pago de tu contrato matrimonial? Incluso si la vendieras por la ventaja financiera, tu marido te la habría quitado. Rav Shalman dijo en respuesta: Aun así ella sufriría una pérdida, porque hay una ganancia para el hogar. Incluso si el marido fuera quien recibiera el pago de la venta, la situación financiera del hogar mejoraría, lo que también conduciría a un beneficio concreto para la esposa. Esto compensa la pérdida potencial de la esposa.
אָמַר רָבָא, הִלְכְתָא: טוֹבַת הֲנָאָה לָאִשָּׁה, וְאֵין הַבַּעַל אוֹכֵל פֵּירוֹת. מַאי טַעְמָא? פֵּירָא תַּקִּינוּ לֵיהּ רַבָּנַן, פֵּירָא דְפֵירָא לָא תַּקִּינוּ לֵיהּ רַבָּנַן.
Rava dijo: La halakha es que el dinero recibido por vender la ventaja financiera del contrato matrimonial se entrega solo a la esposa, y el marido no obtiene ni siquiera las ganancias de ese dinero ni de la propiedad que la esposa compraría con ese dinero. ¿Cuál es la razón? Los Sabios instituyeron que las ganancias de su propiedad sean para el marido, pero los Sabios no instituyeron que las ganancias de las ganancias sean para él.
כִּי אֲתָא רַב פָּפָּא וְרַב הוּנָא בְּרֵיהּ דְּרַב יְהוֹשֻׁעַ מִבֵּי רַב, אָמְרִי, תְּנֵינָא לְתַקָּנַת אוּשָׁא: הָעֶבֶד וְהָאִשָּׁה פְּגִיעָתָן רָעָה; הַחוֹבֵל בָּהֶן חַיָּיב, וְהֵם שֶׁחָבְלוּ בַּאֲחֵרִים – פְּטוּרִין. וְאִי סָלְקָא דַעְתָּךְ לֵיתַהּ לְתַקָּנַת אוּשָׁא, תְּזַבֵּין נִכְסֵי מְלוֹג וְתִתֵּן לֵיהּ!
§ Cuando Rav Pappa y Rav Huna, hijo de Rav Yehoshua, regresaron de la casa de estudio de Rav, dijeron: Aprendimos una fuente para la ordenanza de Usha en la mishná (87a): Con respecto a un esclavo o una mujer casada, un encuentro con ellos es desventajoso, ya que quien los hiere es responsable. Pero si ellos fueron quienes hirieron a otros, ellos están exentos, porque no tienen dinero con qué pagar. Y si se te ocurre decir que no existe la ordenanza de Usha, habría una manera por la cual una mujer casada podría obtener dinero con qué pagar, pues el tribunal puede hacer que venda su propiedad usufructuaria y entregar el dinero recibido a la persona a la que hirió. Por lo tanto, puede inferirse de la mishná que una mujer no puede vender su propiedad usufructuaria, de acuerdo con la ordenanza de Usha.
וּלְטַעְמָיךְ, נְהִי נָמֵי דְּאִיתַיהּ לְתַקָּנַת אוּשָׁא – וְלָא מָצֵי מְזַבְּנָה לִגְמָרֵי; תְּזַבֵּין לְנִכְסֵי מְלוֹג בְּטוֹבַת הֲנָאָה, וְתִתֵּן לֵיהּ! אֶלָּא דְּלֵית לַהּ; הָכִי נָמֵי דְּלֵית לַהּ.
La Guemará responde: Y según tu razonamiento, aunque en efecto existe una ordenanza de Usha, y ella no puede vender completamente su propiedad de usufructo, ella sin embargo debería poder vender su propiedad de usufructo por una ventaja económica, es decir, el comprador le pagará por los derechos futuros sobre la propiedad en caso de que se divorcie o enviude, y ella dará ese dinero a la persona a la que hirió. Más bien, debe ser que la mishná está tratando un caso en el que ella no tiene propiedad de usufructo de la cual pueda vender los derechos futuros. Asimismo, no hay fuente en la mishná para la ordenanza de Usha, ya que la mishná está tratando un caso en el que ella no tiene propiedad de usufructo para vender.
וּתְזַבֵּין כְּתוּבְּתַהּ בְּטוֹבַת הֲנָאָה, וְתִתֵּן לֵיהּ! הָא מַנִּי – רַבִּי מֵאִיר הִיא, דְּאָמַר: אָסוּר לוֹ לְאָדָם שֶׁיְּשַׁהֶא אֶת אִשְׁתּוֹ אֲפִילּוּ שָׁעָה אַחַת בְּלֹא כְּתוּבָּה.
La Guemará cuestiona el dictamen de la mishná: ¿Por qué la mishná afirma que una mujer casada no tendrá dinero con el que pagar, si debería vender la ventaja financiera de su contrato matrimonial y dar el dinero recibido a la persona a la que hirió? La Guemará responde: ¿De acuerdo con la opinión de quién es este dictamen de la mishná? Es de acuerdo con la opinión de Rabí Meir, quien dice que está prohibido que un hombre permanezca viviendo con su esposa siquiera una hora sin que ella tenga un contrato matrimonial. Por lo tanto, la mujer no puede vender la ventaja financiera de su contrato matrimonial.
וְטַעְמָא מַאי – כְּדֵי שֶׁלֹּא תְּהֵא קַלָּה בְּעֵינָיו לְהוֹצִיאָהּ; הָכָא לָא מְגָרֵשׁ לַהּ – דְּאִי מְגָרֵשׁ לַהּ, אָתוּ הָנָךְ דְּזָבְנִי, גָּבוּ לַהּ לִכְתוּבְּתַהּ מִינֵּיהּ!
La Guemará pregunta: ¿Y cuál es la razón del dictamen de Rabí Meir? Es para que ella no sea menospreciada a sus ojos, de modo que él no la divorcie fácilmente, ya que no sufriría ninguna consecuencia financiera adversa por divorciarla. La Guemará pregunta: Si esa es la razón, entonces aquí, cuando ella vendió su contrato matrimonial a otros, el marido no la divorciará fácilmente, pues, si la divorciara, aquellos que compraron su contrato matrimonial vendrán y cobrarán el pago de su contrato matrimonial del marido. No hay diferencia para el marido entre tener que pagar el contrato matrimonial a ella o a los compradores. Por lo tanto, la razón del dictamen de la mishná no puede basarse en la declaración de Rabí Meir.
אֶלָּא טוֹבַת הֲנָאָה מִילֵּי נִינְהוּ, וּמִילֵּי לָא מִשְׁתַּעְבְּדִי.
Más bien, la razón por la que no se le exige vender la ventaja financiera de su contrato matrimonial para pagar a la persona a la que hirió es que la ventaja financiera de su contrato matrimonial son meras palabras, es decir, no una posesión específica, sino una entidad legal que simplemente crea la posibilidad de cobrar su valor en una fecha posterior. Y las meras palabras no están hipotecadas para el pago de deudas, en este caso su deuda con la parte lesionada.
אַלְּמָה לָא? מִילֵּי דְּמִזְדַּבְּנִי בְּדִינָרֵי נִינְהוּ! אֶלָּא מִשּׁוּם דִּשְׁמוּאֵל, דְּאָמַר שְׁמוּאֵל: הַמּוֹכֵר שְׁטַר חוֹב לַחֲבֵירוֹ, וְחָזַר וּמְחָלוֹ – מָחוּל. וַאֲפִילּוּ יוֹרֵשׁ מוֹחֵל.
La Guemará cuestiona esta afirmación: ¿Por qué no? ¿Por qué la ventaja financiera no está hipotecada? Son cosas que se venden por dinares. Dado que la ventaja financiera de su contrato matrimonial tiene valor de mercado, está hipotecada para pagar la deuda a la parte perjudicada. Más bien, no se le exige vender la ventaja financiera de su contrato matrimonial debido a la declaración de Shmuel, como dice Shmuel: Con respecto a quien vende un pagaré a otro, y el vendedor se retractó y perdonó al deudor su deuda, queda perdonada, y el pagaré queda sin valor, ya que el deudor esencialmente tenía una obligación intransferible solo hacia el acreedor, e incluso el heredero del vendedor puede perdonar la deuda. Dado que existe la preocupación de que la mujer perdone la deuda de su contrato matrimonial después de haberlo vendido, causando una pérdida al comprador, no se le exige venderlo.
אָמְרִי: זַבּוֹנֵי [תְּ]זַבֵּין וְתִתֵּן לֵיהּ, וְאִי מָחֲלָה לֵיהּ לְגַבֵּי בַעַל – תִּמְחֲלַהּ.
Los Sabios dicen: Que ella venda la ventaja financiera del contrato matrimonial y dé el dinero a aquel a quien hirió, y si ella llega a perdonar la deuda de su contrato matrimonial a su marido, la perdonará. Así como generalmente está permitido vender un pagaré a pesar de que luego podría perdonar la deuda, lo mismo debe aplicarse también en este caso.
אָמְרִי: כֹּל לְגַבֵּי בַעַל, וַדַּאי מָחֲלָה לֵיהּ. (וְאַפְסְדִינֵּיהּ לְהָהוּא זְבִינָא בְּיָדַיִם לָא אַפְסְדִינְהוּ.)
Los Sabios dicen: En cualquier asunto que genere un beneficio para su marido, ella sin duda perdonará la deuda a él para que no tenga que pagar el contrato matrimonial. Y con respecto a causar una pérdida definida a ese comprador mediante una acción directa, haciendo que la mujer venda la ventaja financiera de su contrato matrimonial en un caso en el que ella ciertamente perdonará la deuda, los Sabios no estarán dispuestos a causar una pérdida definida al comprador.
וְכִי תֵּימָא: (זְבִינָא) [תְּזַבְּנַיהּ] נִיהֲלֵיהּ לְהָהוּא דַּחֲבַלָה בֵּיהּ בְּטוֹבַת הֲנָאָה,
La Guemará ofrece otra sugerencia: Y si dijeras que ella debería vender su contrato matrimonial a aquel a quien lesionó para recibir el dinero por la ventaja financiera,

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