Drashot AI Logo
דְּיֵשׁ מִקְצָת שִׁלְיָא בְּלֹא וָלָד, וּגְזֵירָה מִקְצָתַהּ אַטּוּ כּוּלַּהּ; קָא מַשְׁמַע לַן.
que existe la posibilidad de que parte de la placenta salga sin parte del feto dentro de ella, y la razón por la que los Sabios prohíben comer la placenta se debe a un decreto rabínico que prohíbe un caso en el que parte de la placenta sale del útero y parte de ella permanece dentro, debido a la posibilidad de que alguien pueda confundirlo con un caso en el que toda la placenta sale. Por lo tanto, Ulla nos enseña que, de hecho, parte de la placenta no sale sin que parte del feto esté dentro de ella.
וְאָמַר עוּלָּא אָמַר רַבִּי אֶלְעָזָר: בְּכוֹר שֶׁנִּטְרַף בְּתוֹךְ שְׁלֹשִׁים יוֹם – אֵין פּוֹדִין אוֹתוֹ.
La Guemará cita otra halakha enseñada por Ulla, citando a Rabí Elazar: Y Ulla dice que Rabí Elazar dice: Con respecto a un niño primogénito varón que fue despedazado por un animal dentro de los treinta días de su nacimiento y murió, no es necesario redimirlo, ya que el requisito de hacerlo, pagando cinco sela a un sacerdote, se aplica solo una vez que el niño tiene treinta días de edad (véase Números 18:15–16).
וְכֵן תָּנֵי רָמֵי בַּר חָמָא, מִתּוֹךְ שֶׁנֶּאֱמַר: ״פָּדֹה תִפְדֶּה״, יָכוֹל אֲפִילּוּ נִטְרַף בְּתוֹךְ שְׁלֹשִׁים יוֹם? תַּלְמוּד לוֹמַר: ״אַךְ״ – חִלֵּק.
Y, de manera similar, Rami bar Ḥama enseñó una baraita: Puesto que está escrito: “Sin embargo, ciertamente redimirás” (Números 18:15), uno podría haber pensado que incluso si un primogénito varón fuera despedazado por un animal dentro de los treinta días de su nacimiento, se lo debería redimir. Por lo tanto, el versículo dice: “sin embargo ciertamente redimirás”; la adición de la palabra “sin embargo” sirve para diferenciar y limitar el requisito de redimir al primogénito varón.
וְאָמַר עוּלָּא אָמַר רַבִּי אֶלְעָזָר: בְּהֵמָה גַּסָּה נִקְנֵית בִּמְשִׁיכָה.
La Guemará cita otra halakha enseñada por Ulla, en nombre del rabino Elazar: Y Ulla dice que el rabino Elazar dice: un animal grande, como una vaca o un caballo, se adquiere cuando el comprador tira de el animal.
וְהָא אֲנַן תְּנַן בִּמְסִירָה! הוּא דְּאָמַר – כִּי הַאי תַּנָּא: דְּתַנְיָא, וַחֲכָמִים אוֹמְרִים: זוֹ וָזוֹ בִּמְשִׁיכָה. רַבִּי שִׁמְעוֹן אוֹמֵר: זוֹ וָזוֹ בְּהַגְבָּהָה.
La Guemará pregunta: ¿Pero no aprendimos en una mishná (Kiddushin 25b): Un animal grande se adquiere mediante la entrega de las riendas del animal al comprador? La Guemará explica: Rabí Elazar expone su opinión de acuerdo con la opinión de aquel tanna, es decir, los Sabios, como se enseña en una baraita: Y los Sabios dicen: Este y aquel, es decir, tanto los animales grandes como los pequeños, se adquieren mediante que el comprador tire de el animal. Rabí Shimon dice: Este y aquel se adquieren mediante que el comprador levante el animal.
וְאָמַר עוּלָּא אָמַר רַבִּי אֶלְעָזָר: הָאַחִין שֶׁחָלְקוּ, מַה שֶּׁעֲלֵיהֶן – שָׁמִין, וּמַה שֶּׁעַל בְּנֵיהֶן וּבְנוֹתֵיהֶן – אֵין שָׁמִין.
La Guemará cita otra halakha enseñada por Ulla, citando a Rabí Elazar: Y Ulla dice que Rabí Elazar dice: Con respecto a hermanos que se reparten la herencia que recibieron, el tribunal tasa todo lo que está sobre ellos si esas ropas provinieron del patrimonio del difunto, o si fueron compradas con dinero del patrimonio, y esa suma se considera parte de la porción que reciben. Pero el tribunal no tasa lo que está sobre sus hijos e hijas. Para salvar a los niños de la humillación de tener que comparecer ante el tribunal, los hermanos renuncian a sus derechos sobre la ropa que los niños llevan puesta.
אָמַר רַב פָּפָּא: פְּעָמִים אַף מַה שֶּׁעֲלֵיהֶן אֵין שָׁמִין – מַשְׁכַּחַתְּ לַהּ בִּגְדוֹל אַחֵי, דְּנִיחָא לְהוּ דְּלִשְׁתַּמְעוּן מִילֵּיהּ.
Rav Pappa dijo: A veces, ni siquiera tasa lo que está sobre los hermanos. Encuentras tal caso con el hermano mayor, donde los otros hermanos renuncian a sus derechos sobre el valor de su ropa, ya que les beneficia que el hermano mayor aparezca bien vestido para que, cuando represente sus intereses en tratos con otros, sus palabras sean escuchadas y respetadas.
וְאָמַר עוּלָּא אָמַר רַבִּי אֶלְעָזָר: שׁוֹמֵר שֶׁמָּסַר לְשׁוֹמֵר – פָּטוּר. וְלָא מִיבַּעְיָא שׁוֹמֵר חִנָּם שֶׁמָּסַר לְשׁוֹמֵר שָׂכָר – דְּעַלּוֹיֵי עַלְּיַיהּ לִשְׁמִירָתוֹ; אֶלָּא אֲפִילּוּ שׁוֹמֵר שָׂכָר שֶׁמָּסַר לְשׁוֹמֵר חִנָּם – דְּהַשְׁתָּא גָּרוֹעֵי גָּרְעַיהּ לִשְׁמִירָתוֹ, נָמֵי פָּטוּר, שֶׁהֲרֵי מָסַר לְבֶן דַּעַת.
La Guemará cita otra halakha enseñada por Ulla, citando al rabino Elazar: Y Ulla dice que el rabino Elazar dice: En el caso de un depositario que transfirió un depósito que le fue confiado a otro depositario, el primer depositario está exento de cualquier incidente por el cual habría estado exento si hubiera mantenido el depósito consigo. La Guemará añade: Y no es necesario decir esto en el caso de un depositario no remunerado que transfirió un depósito a un depositario remunerado, aumentando así el nivel de su resguardo, ya que el depositario remunerado tiene un mayor nivel de responsabilidad que un depositario no remunerado. Más bien, esta es la halakhaincluso en el caso de un depositario remunerado que transfirió un depósito a un depositario no remunerado, disminuyendo así el nivel de su resguardo. En este caso, el primer depositario está exento de cualquier incidente por el cual habría estado exento si hubiera mantenido el depósito consigo, porque lo transfirió a una persona mentalmente competente y con ello cumplió su responsabilidad de asegurar que el depósito estuviera resguardado.
רָבָא אָמַר: שׁוֹמֵר שֶׁמָּסַר לְשׁוֹמֵר – חַיָּיב. וְלָא מִיבַּעְיָא שׁוֹמֵר שָׂכָר שֶׁמָּסַר לְשׁוֹמֵר חִנָּם – דְּגָרוֹעֵי גָּרְעַיהּ לִשְׁמִירָתוֹ; אֶלָּא אֲפִילּוּ שׁוֹמֵר חִנָּם שֶׁמָּסַר לְשׁוֹמֵר שָׂכָר – חַיָּיב,
Rava dijo: Con respecto a un depositario que transfirió un depósito a otro depositario, el primer depositario se vuelve responsable de pagar por cualquier pérdida del objeto, incluso por percances por los que no habría sido responsable si hubiera mantenido el depósito consigo. La Guemará añade: Y no es necesario decir esto en un caso de un depositario remunerado que transfirió un depósito a un depositario no remunerado, disminuyendo así el nivel de su resguardo. Más bien, esta es la halajáincluso en el caso de un depositario no remunerado que transfirió un depósito a un depositario remunerado, aumentando así el nivel de su resguardo; él es responsable.
דְּאָמַר לֵיהּ: אַתְּ מְהֵימְנַתְּ לִי בִּשְׁבוּעָה, הַאי לָא מְהֵימַן לִי בִּשְׁבוּעָה.
La razón por la que él es responsable es que el dueño del depósito puede decirle: Eres digno de mi confianza con respecto a prestar juramento, pero este otro depositario, a quien entregaste mi objeto, no es digno de mi confianza con respecto a prestar juramento. Si ocurre un suceso por el cual un depositario no tiene responsabilidad, dañando el depósito, para liberarse de la obligación de pagar el depositario debe prestar juramento al dueño del objeto de que ninguno de los tipos de sucesos por los cuales él tiene responsabilidad ocurrió. Rava dictamina que el dueño está obligado a aceptar un juramento solo del depositario a quien confió su objeto, y no de ninguna otra persona. En consecuencia, dado que el primer depositario no estaba presente cuando ocurrió el evento, no puede dar testimonio de lo que sucedió, y aunque el segundo depositario preste juramento en ese sentido, no se espera que el dueño acepte su juramento. En consecuencia, el primer depositario tiene plena responsabilidad por cualquier pérdida.
וְאָמַר עוּלָּא אָמַר רַבִּי אֶלְעָזָר, הִלְכְתָא: גּוֹבִין מִן הָעֲבָדִים.
La Guemará cita otra halakha enseñada por Ulla, citando a Rabí Elazar: Y Ulla dice que Rabí Elazar dice: La halakha es que se puede cobrar del deudor los esclavos que posee como pago de una deuda.
אֲמַר לֵיהּ רַב נַחְמָן לְעוּלָּא: אָמַר רַבִּי אֶלְעָזָר אֲפִילּוּ מִיַּתְמֵי? לָא, מִינֵּיהּ. מִינֵּיהּ?! אֲפִילּוּ מִגְּלִימָא דְּעַל כַּתְפֵּיהּ!
Rav Naḥman le dijo a Ulla: ¿Rabbi Elazar dijo que esta halakha se aplica incluso cuando se cobra de los huérfanos de un deudor? Un acreedor puede cobrar la deuda de los huérfanos solo tomando la tierra que el deudor legó a sus hijos. Rav Naḥman preguntó si esto también se extiende a cobrar cualesquiera esclavos que los hijos heredaron. Ulla respondió: No, un acreedor cobra una deuda tomando esclavos solo cuando cobra directamente del propio deudor. Rav Naḥman cuestiona esto: Pero cuando el acreedor cobra de él, puede cobrar la deuda incluso de la capa que está sobre sus hombros, y por lo tanto ciertamente también puede cobrar la deuda tomando sus esclavos; entonces, ¿cuál es la novedad de este fallo?
הָכָא בְּמַאי עָסְקִינַן – שֶׁעֲשָׂאוֹ אַפּוֹתֵיקֵי. כִּדְרָבָא, דְּאָמַר רָבָא: עָשָׂה עַבְדּוֹ אַפּוֹתֵיקֵי, וּמְכָרוֹ – בַּעַל חוֹב גּוֹבֶה הֵימֶנּוּ. שׁוֹרוֹ אַפּוֹתֵיקֵי, וּמְכָרוֹ – אֵין בַּעַל חוֹב גּוֹבֶה הֵימֶנּוּ.
Ulla explica: ¿Con qué estamos tratando aquí? Estamos tratando con un caso en el que el deudor designó a su esclavo como pago designado [appoteiki]. En consecuencia, si el esclavo fue vendido posteriormente a un tercero y el deudor más tarde no pudo pagar la deuda, el acreedor puede apoderarse del esclavo del tercero como pago de la deuda. Aunque, por lo general, solo la tierra puede ser embargada a un comprador como pago de la deuda del vendedor, se considera que un esclavo tiene un estatus similar al de la tierra en este aspecto. Esto es de acuerdo con la opinión de Rava, como dice Rava: Si un amo designó a su esclavo como pago designado de una deuda y luego lo vendió, el acreedor del amo cobra la deuda tomando al esclavo; pero si alguien designó su buey como pago designado y luego lo vendió, el acreedor no cobra la deuda tomando el buey.
מַאי טַעְמָא? הָא אִית לֵיהּ קָלָא, וְהָא לֵית לֵיהּ קָלָא.
La Guemará pregunta: ¿Cuál es la razón de esta diferencia? La Guemará explica: La designación de este esclavo genera publicidad, ya que un esclavo es significativo e identificable; por lo tanto, se supone que cualquier comprador potencial conocía el estatus del esclavo y aceptó las consecuencias de comprarlo. Pero la designación de este buey no genera publicidad, ya que un buey no se distingue fácilmente de otro, y no puede suponerse que un comprador supiera que el buey fue apartado como pago designado. Por lo tanto, es injusto que a quien compre tal buey se le quite. Por lo tanto, los Sabios decretaron que un acreedor no puede hacerlo.

Las traducciones generadas por IA pueden no ser completamente precisas.

Para comentarios o correcciones, contacta a drashot@drashot.ai.

Textos proporcionados por Sefaria