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אֵימָא סֵיפָא – רַבִּי יוֹסֵי אוֹמֵר: יָבוֹר.
di la cláusula final de la mishná: Rabí Yosei dice: No es suficiente simplemente reducir la cantidad de semillas de una especie diferente; más bien, hay que retirar todas las semillas de una especie diferente.
אִי אָמְרַתְּ בִּשְׁלָמָא כְּיוֹתֵר מֵרוֹבַע טִנּוֹפֶת דָּמֵי, בְּהָא קָא מִיפַּלְגִי – תַּנָּא קַמָּא סָבַר: לָא קָנְסִינַן הֶתֵּירָא אַטּוּ אִיסּוּרָא, וְרַבִּי יוֹסֵי סָבַר: קָנְסִינַן. אֶלָּא אִי אָמְרַתְּ כְּרוֹבַע דָּמֵי, אַמַּאי יָבוֹר?
La Guemará explica la dificultad: Concedido, si dices que un cuarto de kav de semillas de una especie diferente por se’a, con respecto a las especies diversas, es comparable a más de un cuarto de kav de impurezas por se’a, con respecto a una venta, entonces sobre esto es que discrepan: El primer tanna sostiene que no penalizamos a alguien exigiéndole que quite lo que está permitido a causa de lo que está prohibido, y, en consecuencia, basta con reducir la cantidad de semillas de una especie diferente a un nivel aceptable, mientras que Rabí Yosei sostiene que penalizamos a alguien exigiéndole que quite lo que está permitido a causa de lo que está prohibido. Pero si dices que un cuarto de kav de semillas de una especie diferente por se’a, con respecto a las especies diversas, es comparable a un cuarto de kav de impurezas por se’a, con respecto a una venta, entonces ¿por qué dictamina Rabí Yosei que hay que separar todas las semillas de una especie diferente?
הָתָם הַיְינוּ טַעְמָא דְּרַבִּי יוֹסֵי – מִשּׁוּם דְּמִיחֲזֵי כִּי מְקַיֵּים כִּלְאַיִם.
La Guemará responde: Allí, con respecto a las especies diversas, este es el razonamiento de Rabí Yosei: Se deben retirar todas las semillas, porque, una vez que él está purificando la mezcla de semillas, si deliberadamente deja una cantidad de semillas de otra especie mezclada, parece como si estuviera plantando intencionalmente y manteniendo especies diversas en su campo.
תָּא שְׁמַע: שְׁנַיִם שֶׁהִפְקִידוּ אֵצֶל אֶחָד, זֶה מָנֶה וְזֶה מָאתַיִם; זֶה אוֹמֵר: ״מָאתַיִם שֶׁלִּי״, וְזֶה אוֹמֵר: ״מָאתַיִם שֶׁלִּי״ – נוֹתֵן לָזֶה מָנֶה וְלָזֶה מָנֶה, וְהַשְּׁאָר יְהֵא מוּנָּח עַד שֶׁיָּבֹא אֵלִיָּהוּ!
La Guemará sugiere: Ven y escucha otra objeción al dictamen de Rav Huna a partir de una mishná (Bava Metzia 37a): En el caso de dos personas que depositaron dinero con una persona, y esta depositó cien dinares y aquella depositó doscientos dinares, y cuando regresan para recoger sus depósitos, esta dice: Mi depósito era de doscientos dinares, y aquella dice: Mi depósito era de doscientos dinares, el depositario da cien dinares a esta y cien dinares a aquella, y el resto del dinero, es decir, los cien dinares en disputa, será colocado en un lugar seguro hasta que venga Elías y determine proféticamente la verdad. En este caso, una de las partes ciertamente está mintiendo, pero, aun así, los Sabios no penalizaron a las partes colocando todo el dinero en un lugar seguro. De manera similar, en el caso de una venta, en la que un vendedor mezcló fraudulentamente impurezas adicionales en el producto que vendió, no se le debe penalizar ni exigir que reciba de vuelta todas las impurezas.
הָכִי הַשְׁתָּא?! הָתָם, וַדַּאי מָנֶה לְמָר וּמָנֶה לְמָר; הָכָא, מִי יֵימַר דְּלָאו כּוּלֵּיהּ עָרוֹבֵי עָרֵיב?
La Guemará rechaza esta objeción: ¿Cómo pueden compararse estos casos? Allí, en el caso de los depósitos, es seguro que al menos cien dinares pertenecen a este señor y cien dinares pertenecen a aquel señor. Aquí, en el caso de una venta en la que hay una proporción inaceptable de impurezas mezcladas, ¿quién puede decir que el vendedor no mezcló intencionalmente la cantidad entera? En consecuencia, no puede extraerse ninguna prueba de la mishná.
תָּא שְׁמַע מִסֵּיפָא – אָמַר רַבִּי יוֹסֵי: אִם כֵּן, מָה הִפְסִיד הָרַמַּאי? אֶלָּא הַכֹּל יְהֵא מוּנָּח עַד שֶׁיָּבֹא אֵלִיָּהוּ.
La Guemará sugiere: Ven y escucha un apoyo para el dictamen de Rav Huna de la cláusula final de esa mishná: Rabí Yosei dice: Si es así, ¿qué perdió el estafador? No perdió nada al reclamar los cien dinares que pertenecen a otro, y no tiene incentivo para admitir la verdad. Más bien, todo el depósito será colocado en un lugar seguro hasta que venga Elías. Dado que, por medio de su mentira, el estafador se arriesga a perder incluso los cien dinares que depositó, quizá eso lo induzca a admitir su engaño. Según Rabí Yosei, los Sabios sí penalizaron a quien actúa con engaño, lo cual concuerda con el dictamen de Rav Huna.
הָכִי הַשְׁתָּא?! הָתָם וַדַּאי אִיכָּא רַמַּאי, הָכָא מִי יֵימַר דְּעָרוֹבֵי עָרֵיב.
La Guemará rechaza la prueba: ¿Cómo pueden compararse estos casos? Allí, en el caso de los depósitos, ciertamente hay un estafador, y es razonable penalizar a ambas partes para inducir al estafador a admitir su engaño. Aquí, en el caso de una venta en la que hay un nivel inaceptable de impurezas mezcladas con el producto, ¿quién puede decir que el vendedor mezcló algo intencionalmente? Quizás las impurezas se mezclaron inadvertidamente durante el procesamiento. En consecuencia, no puede extraerse ninguna prueba de la mishná.
תָּא שְׁמַע: שְׁטָר שֶׁיֵּשׁ בּוֹ רִבִּית – קוֹנְסִין אוֹתוֹ, וְאֵינוֹ גּוֹבֶה לֹא אֶת הַקֶּרֶן וְלֹא אֶת הָרִבִּית; דִּבְרֵי רַבִּי מֵאִיר!
La Guemará sugiere: Ven y escucha otro apoyo para el dictamen de Rav Huna a partir de una baraita: En el caso de un documento en el que se escribieron los detalles de un préstamo con interés, el tribunal penaliza al acreedor, y no puede cobrar ni el principal ni el interés; esta es la declaración de Rabí Meir. Según Rabí Meir, los Sabios sí penalizaban a quien actúa de manera impropia, lo cual concuerda con el dictamen de Rav Huna.
הָכִי הַשְׁתָּא?! הָתָם מִשְּׁעַת כְּתִיבָה הוּא דַּעֲבַד לֵיהּ שׂוּמָא, הָכָא מִי יֵימַר דְּעָרוֹבֵי עָרֵיב.
La Guemará rechaza la prueba: ¿Cómo pueden compararse estos casos ? Allí, en el caso de un préstamo con interés, ya en el momento de la redacción del documento el prestamista cometió la transgresión de imponer interés al prestatario. Dado que ciertamente cometió una transgresión, es razonable que los Sabios lo hayan penalizado. Pero aquí, en el caso de una venta en la que hay una proporción inaceptable de impurezas mezcladas con el producto, ¿quién puede decir que el vendedor intencionalmente mezcló algo? Quizá las impurezas se mezclaron inadvertidamente durante el procesamiento. En consecuencia, no puede extraerse ninguna prueba de la baraita.
תָּא שְׁמַע מִסֵּיפָא – וַחֲכָמִים אוֹמְרִים: גּוֹבֶה אֶת הַקֶּרֶן, וְאֵינוֹ גּוֹבֶה אֶת הָרִבִּית!
La Guemará sugiere: Ven y escucha una objeción al dictamen de Rav Huna de la cláusula final de la baraita: Pero los Rabinos dicen: Puede cobrar el principal, pero no puede cobrar el interés. Según Rabbi Meir, los Sabios no penalizaron a quien actúa de manera indebida, en contra del dictamen de Rav Huna.
הָכִי הַשְׁתָּא?! הָתָם וַדַּאי קַרְנָא דְּהֶתֵּירָא הוּא, הָכָא מִי יֵימַר דְּכוּלֵּיהּ לָא עָרוֹבֵי עָרֵיב.
La Guemará rechaza esta objeción: ¿Cómo pueden compararse estos casos? Allí, en el caso de un préstamo con interés, según la halakha estricta, ciertamente está permitido cobrar el principal, por lo que los Sabios no lo penalizaron con respecto a ello. Pero aquí, en el caso de una venta en la que hay una proporción inaceptable de impurezas mezcladas, ¿quién puede decir que el vendedor no mezcló intencionalmente la cantidad entera? En consecuencia, no puede extraerse ninguna prueba de la mishná.
תָּא שְׁמַע, דְּתָנֵי רָבִין בַּר רַב נַחְמָן: לֹא אֶת הַמּוֹתָר בִּלְבַד הוּא מַחֲזִיר, אֶלָּא מַחֲזִיר לוֹ אֶת כָּל הָרְבָעִין כּוּלָּן. אַלְמָא הֵיכָא דְּבָעֵי אַהְדּוֹרֵי – כּוּלַּהּ מַהְדַּר!
Ven y escucha más apoyo para el dictamen de Rav Huna de aquello que enseña Ravin bar Rav Naḥman (104b). La declaración de Ravin bar Rav Naḥman se refiere a una situación en la que una tierra que fue vendida luego resulta ser más grande de lo declarado en el momento de la venta. Si la desviación no es mayor que un área necesaria para sembrar un cuarto de kav de semilla por beit se’a de tierra, entonces el comprador no necesita devolver ninguna tierra al vendedor. Si la proporción de tierra adicional es mayor que esto, no solo debe el comprador devolver la tierra extra que excede el límite de un área de un cuarto de kav por beit se’a, sino que debe también devolverle cada una de las áreas adicionales de un cuarto de kav de tierra que recibió más allá del área declarada de un beit kor. La Guemará infiere: Aparentemente, cuando se requiere que alguien devuelva parte de una venta debido a una discrepancia que está más allá del límite aceptable de desviación, entonces se requiere que devuelva la discrepancia entera y no solo la cantidad que está más allá del límite aceptable. Esto apoya el dictamen de Rav Huna.
הָכִי הַשְׁתָּא?!
La Guemará rechaza esto: ¿Cómo pueden compararse estos casos?

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