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עַד שֶׁיִּמְשְׁכֶנָּה אוֹ עַד שֶׁיִּשְׂכּוֹר אֶת מְקוֹמָהּ!
hasta que él lo jale, o hasta que alquile su lugar. ¿Cómo, entonces, puede atribuirse la opinión del primer tanna de la baraita a Rabí Yehuda HaNasi?
לָא קַשְׁיָא; כָּאן בִּרְשׁוּת הָרַבִּים, כָּאן בְּסִימְטָא.
La Guemará responde: Esto no es difícil; aquí, donde Rabí Yehuda HaNasi afirma que un barco se adquiere mediante el paso, se refiere a un barco situado en el dominio público. Dado que un barco en el dominio público no puede adquirirse mediante arrastre, que debe realizarse en un dominio que esté en posesión de una persona, se adquiere mediante el paso. En cambio, allí, en la primera baraita, el barco está situado en un callejón [simta], que no es el dominio público, ya que ambas partes tienen derecho a mantener allí sus posesiones. Un barco en ese lugar debe adquirirse mediante arrastre.
בְּמַאי אוֹקֵימְתָּא לְהָא בָּתְרָיְיתָא – בִּרְשׁוּת הָרַבִּים? אֵימָא סֵיפָא – וַחֲכָמִים אוֹמְרִים: לֹא קָנָה עַד שֶׁיִּמְשְׁכֶנָּה. וְאִי בִּרְשׁוּת הָרַבִּים, מִמַּאן אָגַר? וְתוּ, מְשִׁיכָה בִּרְשׁוּת הָרַבִּים מִי קָנְיָא?! וְהָא אַבָּיֵי וְרָבָא דְּאָמְרִי תַּרְוַיְיהוּ: מְסִירָה קוֹנָה בִּרְשׁוּת הָרַבִּים, וּבְחָצֵר שֶׁאֵינָהּ שֶׁל שְׁנֵיהֶם; מְשִׁיכָה קוֹנָה בְּסִימְטָא, וּבְחָצֵר שֶׁהִיא שֶׁל שְׁנֵיהֶם; וְהַגְבָּהָה קוֹנָה בְּכׇל מָקוֹם!
La Guemará pregunta: ¿A qué caso interpretaste que aquella última baraita se refería? Fue interpretada como refiriéndose al dominio público. Si es así, di la cláusula final de la baraita: Y los Rabinos dicen que el comprador no adquiere eso hasta que lo jale o hasta que alquile su lugar. La Guemará pregunta: Pero si el barco está situado en el dominio público, de quién puede alquilar el lugar? Y además, ¿jalar en el dominio público efectúa adquisición? ¿Pero no dicen tanto Abaye como Rava, con respecto a los diferentes métodos de adquisición: La entrega efectúa adquisición en el dominio público o en un patio que no pertenece a ninguna de las partes; jalar efectúa adquisición en un callejón o en un patio que pertenece a ambas partes; y levantar efectúa adquisición en todo lugar, incluso en el dominio del vendedor.
מַאי ״עַד שֶׁיִּמְשְׁכֶנָּה״ נָמֵי דְּקָאָמַר; וּמַאי ״עַד שֶׁיִּשְׂכּוֹר אֶת מְקוֹמָהּ״ דְּקָאָמַר – הָכִי קָאָמַר: עַד שֶׁיִּמְשְׁכֶנָּה מֵרְשׁוּת הָרַבִּים לְסִימְטָא; וְאִם רְשׁוּת בְּעָלִים הִיא – לָא קָנָה עַד שֶׁיִּשְׂכּוֹר אֶת מְקוֹמָהּ.
La Guemará responde: ¿Qué quiere decir la baraita cuando dice: Hasta que la jale, y qué quiere decir cuando dice: Hasta que alquile su lugar? Esto es lo que está diciendo: El comprador no adquiere el barco hasta que lo jale del dominio público a un callejón. Y si el barco está ubicado en el dominio de algún otro propietario, el comprador no lo adquiere hasta que alquile su lugar del propietario.
לֵימָא אַבָּיֵי וְרָבָא – דְּאָמְרִי כְּרַבִּי?
La Guemará pregunta: ¿Diremos que Abaye y Rava sostienen su opinión de acuerdo con la opinión de Rabí Yehuda HaNasi, y no la de los Rabinos? La baraita indica que solo Rabí Yehuda HaNasi sostiene que se puede adquirir la propiedad por medio de la transferencia en el dominio público.
אָמַר רַב אָשֵׁי: אִי דְּאָמַר לֵיהּ ״לֵךְ חֲזֵק וּקְנִי״ – הָכִי נָמֵי; הָכָא בְּמַאי עָסְקִינַן – דְּאָמַר לֵיהּ: ״לֵךְ מְשׁוֹךְ וּקְנֵי״;
Rav Ashi dijo: Los Rabinos están de acuerdo en que es posible efectuar una adquisición en el dominio público mediante el acto de pasar. Por lo tanto, si es un caso en el que el vendedor le dice: Ve, toma posesión y de ese modo efectúa la adquisición, entonces también puede efectuar la adquisición mediante el acto de pasar, y no necesita jalarla. Aquí los Rabinos discrepan de Rabbi Yehuda HaNasi, ya que estamos tratando con un caso en el que el vendedor le dice: Ve, jala y de ese modo efectúa la adquisición de ella.
מָר סָבַר: קְפִידָא, וּמָר סָבַר: מַרְאֶה מָקוֹם הוּא לוֹ.
Rav Ashi explica: Un Sabio, los Rabinos, sostiene que el vendedor es particular en cuanto al método por el cual se adquiere el artículo, y por lo tanto solo puede adquirirse mediante tracción. Y un Sabio, Rabí Yehuda HaNasi, sostiene que el vendedor simplemente le está indicando la manera, es decir, le aconseja usar este acto de adquisición, pero no le importa si el comprador prefiere realizar un acto de adquisición diferente.
אָמַר רַב פָּפָּא: הַאי מַאן דִּמְזַבֵּין לֵיהּ שְׁטָרָא לְחַבְרֵיהּ, צָרִיךְ לְמִיכְתַּב לֵיהּ: ״קְנִי הוּא – וְכׇל שִׁעְבּוּדָא דְּבֵיהּ״. אָמַר רַב אָשֵׁי: אַמְרִיתַהּ לִשְׁמַעְתָּא קַמֵּיהּ דְּרַב כָּהֲנָא, וַאֲמַרִית לֵיהּ: טַעְמָא דִּכְתַב לֵיהּ הָכִי, הָא לָא כְּתַב לֵיהּ הָכִי – לָא קָנֵי?
§ La Guemará vuelve a las cuestiones de la adquisición de pagarés. Rav Pappa dice: Quien vende un pagaré a otro debe escribirle: Adquiérelo y todos los gravámenes sobre bienes que están contenidos en él. Rav Ashi dijo: Yo expuse esta halakha ante Rav Kahana, y le dije el siguiente análisis: La razón por la que el comprador lo adquiere es que el vendedor escribió esto para él. Esto indica que si no escribió esto para él, el comprador no adquiere los derechos monetarios registrados en el pagaré.
וְכִי לָצוֹר עַל פִּי צְלוֹחִיתוֹ הוּא צָרִיךְ?! אָמַר לִי: אִין; לָצוֹר וְלָצוֹר.
Rav Ashi pregunta: ¿Por qué, entonces, compró el pagaré? ¿Acaso lo necesita para atarlo alrededor de la boca de su frasco como tapón? Claramente, compró el documento con el propósito de cobrar la deuda registrada en él. Rav Pappa me dijo: Sí, es posible que haya comprado el pagaré para atarlo alrededor de su frasco. Dado que el propietario no transfirió la propiedad de la obligación registrada en el pagaré, el comprador adquiere solo el papel mismo.

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