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הָהוּא שְׁטָרָא דַּהֲוָה חֲתִימִי עֲלֵיהּ בֵּי תְרֵי, שָׁכֵיב חַד מִינַּיְיהוּ. אֲתָא אֲחוּהּ דְּהַאי דְּקָאֵי, וְחַד אַחֲרִינָא, לְאַסְהוֹדֵי אַחֲתִימַת יְדֵיהּ דְּאִידַּךְ.
La Guemará relata: Había cierto documento que tenía las firmas de dos personas en él. Uno de los testigos firmantes murió, y cuando el tribunal procuró ratificar el documento, lo cual requiere o bien que los propios testigos atestigüen la validez de sus firmas o que otros dos testigos atestigüen la validez de las firmas, el hermano del testigo que permanecía con vida y otro individuo vinieron a testificar con respecto a la firma del otro testigo, fallecido, mientras que el testigo vivo atestiguó su propia firma.
סְבַר רָבִינָא לְמֵימַר: הַיְינוּ מַתְנִיתִין – שְׁלֹשָׁה אַחִין, וְאֶחָד מִצְטָרֵף עִמָּהֶן.
Ravina pensó decir que este caso es lo mismo que la halakha en la mishná, que establece que si el testimonio fue dado por tres hermanos, cada uno de los cuales testifica sobre un año, y otra persona, no emparentada, se unió con cada uno de los hermanos como segundo testigo, estos se consideran tres testimonios distintos. De manera similar, en este caso, un hermano da fe de su propia firma, mientras que el otro hermano da fe de la firma del testigo fallecido.
אֲמַר לֵיהּ רַב אָשֵׁי: מִי דָּמֵי?! הָתָם לָא נָפֵיק נְכֵי רִיבְעָא דְמָמוֹנָא אַפּוּמָּא דְאַחֵי, הָכָא נָפֵיק נְכֵי רִיבְעָא דְמָמוֹנָא אַפּוּמָּא דְאַחֵי.
Rav Ashi le dijo: ¿Son estos casos comparables? Allí, la propiedad menos una cuarta parte, es decir, tres cuartas partes de la propiedad en cuestión, no es retirada de la posesión del propietario anterior basándose en la palabra, es decir, el testimonio, de hermanos. Cada hermano aporta solo la mitad del testimonio por cada año sobre el que testifica. Aquí, la propiedad menos una cuarta parte es retirada de la posesión del deudor detallado en el documento basándose en la palabra de hermanos. Un hermano da testimonio sobre su propia firma, lo que constituye la mitad del testimonio, mientras que la otra firma es autenticada por el testimonio del otro hermano y de otra persona. De ello se deduce que tres cuartas partes del testimonio son dadas por hermanos y, por lo tanto, es inválido.
מַתְנִי׳ אֵלּוּ דְּבָרִים שֶׁיֵּשׁ לָהֶן חֲזָקָה, וְאֵלּוּ דְּבָרִים שֶׁאֵין לָהֶן חֲזָקָה? הָיָה מַעֲמִיד בְּהֵמָה בֶּחָצֵר; תַּנּוּר, רֵיחַיִם וְכִירַיִים; וּמְגַדֵּל תַּרְנְגוֹלִים; וְנוֹתֵן זִבְלוֹ בֶּחָצֵר – אֵינָהּ חֲזָקָה. אֲבָל עָשָׂה מְחִיצָה לִבְהֶמְתּוֹ – גָּבוֹהַּ עֲשָׂרָה טְפָחִים, וְכֵן לַתַּנּוּר וְכֵן לַכִּירַיִים וְכֵן לָרֵיחַיִם; הִכְנִיס תַּרְנְגוֹלִין לְתוֹךְ הַבַּיִת; וְעָשָׂה מָקוֹם לְזִבְלוֹ – עָמוֹק שְׁלֹשָׁה אוֹ גָבוֹהַּ שְׁלֹשָׁה; הֲרֵי זוֹ חֲזָקָה.
MISHNÁ:Estos son usos de la propiedad que tienen medios para establecer la presunción de propiedad, y estos son usos de la propiedad que no tienen medios para establecer la presunción de propiedad: Si alguien mantuviera un animal en un patio; o si colocara allí un horno, una piedra de molino o una estufa; o si alguien criara gallinas en un patio, o colocara su fertilizante en un patio, estas acciones no son suficientes para establecer la presunción de propiedad. Pero si alguien construyera una partición de diez palmos de altura para contener su animal, y asimismo si construyera una partición para su horno, y asimismo si construyera una partición para su estufa, y asimismo si construyera una partición para su piedra de molino; o si alguien llevara gallinas a la casa, o si hiciera un lugar en la tierra para su fertilizante que tuviera tres palmos de profundidad o tres palmos de altura, estas acciones son suficientes para establecer la presunción de propiedad.
גְּמָ׳ מַאי שְׁנָא רֵישָׁא, וּמַאי שְׁנָא סֵיפָא?
GEMARA: La Guemará pregunta: ¿Qué diferencia hay en la primera cláusula, donde hacer que un animal permanezca en un patio no es suficiente para establecer la presunción de propiedad, y qué diferencia hay en la última cláusula, donde construir una división es suficiente para establecer la presunción de propiedad?
אָמַר עוּלָּא: כֹּל שֶׁאִילּוּ בְּנִכְסֵי הַגֵּר קָנָה – בְּנִכְסֵי חֲבֵירוֹ קָנָה, כֹּל שֶׁאִילּוּ בְּנִכְסֵי הַגֵּר לֹא קָנָה – בְּנִכְסֵי חֲבֵירוֹ לֹא קָנָה.
Ulla dice: Con respecto a cualquier acto que, si alguien fuera a realizarlo sobre una propiedad sin dueño, como la propiedad de un converso que muere sin herederos, adquiriría esa propiedad, ese mismo acto es suficiente para adquirir la propiedad de otro si lo realizó en el transcurso de tres años, siempre que vaya acompañado de la afirmación de que la propiedad había sido comprada. Por el contrario, cualquier acto que, si alguien fuera a realizarlo sobre la propiedad de un converso que murió sin herederos, no adquiriría esa propiedad, ese mismo acto no es suficiente para adquirir la propiedad de otro. Tomar posesión de una propiedad sin dueño requiere que se haga un acto con respecto a la propiedad misma, como construir una partición, pero el mero hecho de hacer que un animal permanezca allí no es suficiente. Por lo tanto, eso no establece la presunción de propiedad.
מַתְקֵיף לַהּ רַב שֵׁשֶׁת: וּכְלָלָא הוּא?! וַהֲרֵי נִיר – דִּבְנִכְסֵי הַגֵּר קָנָה, בְּנִכְסֵי חֲבֵירוֹ לֹא קָנָה! וַהֲרֵי אֲכִילַת פֵּירוֹת – דִּבְנִכְסֵי חֲבֵירוֹ קָנָה, בְּנִכְסֵי הַגֵּר לֹא קָנָה!
Rav Sheshet objeta esta explicación: ¿Y es este un principio establecido? Pero existe el arar, que, si se realiza en la propiedad de un converso que murió sin herederos, uno la adquiere; pero si se realiza en la propiedad de otro, uno no la adquiere. Y, además, está el consumo de frutos durante tres años, que, si se realiza en la propiedad de otro, uno la adquiere al establecer la presunción de propiedad; pero si se realiza en la propiedad de un converso que murió sin herederos, uno no la adquiere. Estos casos contradicen la afirmación de Ulla de que los modos de adquisición son análogos.
אֶלָּא אָמַר רַב נַחְמָן אָמַר רַבָּה בַּר אֲבוּהּ:
Más bien, Rav Naḥman dijo que Rabba bar Avuh dijo:

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