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שְׁנֵיהֶם יֶשְׁנָן בְּדִין יוֹם אוֹ יוֹמַיִם – זֶה מִפְּנֵי שֶׁהוּא תַּחְתָּיו, וְזֶה מִפְּנֵי שֶׁהוּא כַּסְפּוֹ – וּמְסַפְּקָא לֵיהּ אִי קִנְיַן פֵּירוֹת כְּקִנְיַן הַגּוּף דָּמֵי, אִי לָאו כְּקִנְיַן הַגּוּף דָּמֵי, וְסָפֵק נְפָשׁוֹת לְהָקֵל.
ambos están incluidos en la halakha de “un día o dos días.” Este primer amo está incluido porque el esclavo está bajo su autoridad, y aquel segundo amo está incluido porque el esclavo es “su dinero.” La Guemará explica el razonamiento de Rabí Yosei: Y él duda si la propiedad de los derechos de uso de un objeto y los frutos que este produce es como la propiedad del objeto mismo, en cuyo caso solo el primer amo estaría exento, o si no es como la propiedad del objeto mismo, en cuyo caso solo el segundo amo estaría exento. Y donde hay una duda en un caso de pena capital, el fallo es ser indulgente. Por lo tanto, ninguno de ellos recibiría en este caso la pena capital impuesta por el tribunal.
רַבִּי אֶלְעָזָר אוֹמֵר: שְׁנֵיהֶם אֵינָן בְּדִין יוֹם אוֹ יוֹמַיִם – זֶה לְפִי שֶׁאֵינוֹ תַּחְתָּיו, וְזֶה לְפִי שֶׁאֵינוֹ כַּסְפּוֹ.
La baraita continúa: Rabí Elazar dice que ambos no están incluidos en la halajá de “un día o dos días”, y ambos recibirían pena capital impuesta por el tribunal. Este segundo amo no está incluido porque el esclavo no está bajo su autoridad, y aquel primer amo no está incluido porque el esclavo no es “su dinero”. Rabí Eliezer sostiene que uno debe tanto poseer al esclavo mismo como disfrutar del uso del esclavo para estar incluido en la exención.
וְאָמַר רָבָא: מַאי טַעְמָא דְּרַבִּי אֶלְעָזָר? אָמַר קְרָא: ״לֹא יֻקַּם כִּי כַסְפּוֹ הוּא״ – כַּסְפּוֹ הַמְיוּחָד לוֹ.
La Guemará explica cómo la declaración de Ameimar concuerda con la opinión de Rabí Elazar. Y Rava dice: ¿Cuál es la razón de la opinión de Rabí Elazar? El versículo dice: “No obstante, si sobrevive uno o dos días, no será castigado, porque es su dinero” (Éxodo 21:21), y él entiende que esto se refiere a un esclavo que es “su dinero”, un esclavo que le es exclusivo, por lo que esta exención no se aplica a quien no tiene propiedad total del esclavo. Rabí Elazar sostiene que una persona solo se considera propietaria de un objeto si posee el objeto mismo y también disfruta de su uso. Esta es la fuente de la declaración de Ameimar de que ni el marido ni la esposa pueden vender propiedad usufructuaria: el marido no puede venderla porque no es su dueño, y la esposa no puede venderla porque solo el marido tiene derecho a disfrutar de los frutos.
וְלֹא לָאִישׁ חֲזָקָה בְּנִכְסֵי אִשְׁתּוֹ. וְהָאָמַר רַב: אֵשֶׁת אִישׁ צְרִיכָה לְמַחוֹת! בְּמַאן? אִילֵימָא בְּאַחֵר – וְהָאָמַר רַב: אֵין מַחֲזִיקִין בְּנִכְסֵי אֵשֶׁת אִישׁ. אֶלָּא לָאו בְּבַעַל?
§ La mishná enseña que un hombre no tiene la capacidad de establecer la presunción de propiedad con respecto a los bienes de su esposa. La Guemará pregunta: ¿Pero acaso Rav no dice que una mujer casada debe protestar? La Guemará aclara: ¿Con respecto a quién debe protestar? Si decimos: Con respecto a otra persona, es decir, alguien que no es su marido y que ha tomado posesión de su propiedad, eso es problemático: ¿Pero acaso Rav no dice que no se puede establecer la presunción de propiedad con respecto a la propiedad de una mujer casada, ya que ella puede alegar que no presentó protesta porque esperaba que su marido lo hiciera? Más bien, la intención de Rav debe ser que ella debe presentar protesta con respecto al marido. Esto indica que, en ausencia de su protesta, es posible que un marido establezca la presunción de propiedad con respecto a los bienes de ella, en contraste con la decisión de la mishná.
אָמַר רָבָא: לְעוֹלָם בְּבַעַל, וּכְגוֹן שֶׁחָפַר בָּהּ בּוֹרוֹת, שִׁיחִין וּמְעָרוֹת.
Rava dijo: En realidad, Rav se refiere a que ella presenta una protesta con respecto al marido, y está hablando de un caso en el que él cavó fosas, zanjas y cuevas en su propiedad. En otras palabras, no solo trabajó y obtuvo beneficio de la tierra, sino que la dañó de una manera que demuestra que se consideraba el propietario. Si hace esto durante tres años y ella no presenta una protesta, establece la presunción de propiedad. La mishná, que afirma que él no puede establecer la presunción de propiedad, se refiere al uso estándar.
וְהָאָמַר רַב נַחְמָן אָמַר רַבָּה בַּר אֲבוּהּ: אֵין חֲזָקָה לִנְזָקִין!
La Guemará pregunta: Pero, ¿acaso Rav Naḥman no dice que Rabba bar Avuh dijo: No hay posesión presuntiva con respecto al daño? Esto se entiende en el sentido de que uno no puede establecer la presunción de propiedad sobre el campo de otra persona dañándolo, ya que eso no se considera un uso estándar. Por lo tanto, incluso después de que hayan pasado tres años, el propietario puede expulsar a alguien de su campo. Dado que en este caso el marido está dañando el campo, no debería poder establecer la presunción de propiedad.
אֵימָא: אֵין דִּין חֲזָקָה לִנְזָקִין.
La Guemará responde: Di que esto significa que la halakha de la posesión presunta no se aplica con respecto al daño, es decir, quien daña la propiedad de otro sin que el dueño presente una protesta no necesita tres años para establecer la presunción de propiedad, sino que lo hace de inmediato, ya que se espera que un propietario que ve a otro dañar su tierra proteste sin demora. En consecuencia, un marido que cava fosas y cosas semejantes en la propiedad de su esposa sin que ella presente una protesta establece la presunción de propiedad de inmediato.
אִי בָּעֵית אֵימָא: לָאו אִיתְּמַר עֲלַהּ, רַב מָרִי אָמַר: בְּקוּטְרָא, רַב זְבִיד אָמַר: בְּבֵית הַכִּסֵּא?
La Guemará ofrece una respuesta alternativa. Si quieres, di en cambio: ¿Acaso no se declaró con respecto a la halajá que no hay posesión presuntiva con respecto al daño, que Rav Mari dice: El daño se refiere específicamente al humo, y Rav Zevid dice que se refiere a un baño? La afirmación de que no hay posesión presuntiva [ḥazaka] con respecto al daño no fue dicha en relación con establecer la presunción de propiedad sobre un bien, sino en relación con adquirir el privilegio [ḥazaka] de realizar ciertas actividades en la propia propiedad, y establece que incluso si alguien ha realizado actividades que producen humo u olores desagradables, el hecho de que los vecinos no hayan presentado protesta en el pasado no les impide hacerlo en el futuro.
רַב יוֹסֵף אָמַר: לְעוֹלָם בְּאַחֵר, וּכְגוֹן שֶׁאֲכָלָהּ מִקְצָת חֲזָקָה בְּחַיֵּי הַבַּעַל, וְשָׁלֹשׁ לְאַחַר מִיתַת הַבַּעַל; מִיגּוֹ דְּאִי בָּעֵי אָמַר לַיהּ: ״אֲנָא זְבֵינְתַּהּ מִינָּךְ״, כִּי אָמַר לַהּ נָמֵי: ״אַתְּ זַבֵּינְתַּהּ לֵיהּ וְזַבְּנַהּ נִיהֲלִי״ – מְהֵימַן.
Rav Yosef dijo: En realidad, Rav se refiere a que ella presenta una protesta con respecto a otra persona, y está hablando de un caso en el que quien tiene posesión de su propiedad trabajó y obtuvo beneficio del campo durante parte del tiempo necesario para establecer la presunción de propiedad durante la vida del marido, y durante tres años adicionales después de la muerte del marido. En este caso, si la mujer no presenta una protesta, el poseedor establece la presunción de propiedad, ya que si quisiera, podría decirle a la mujer: Te lo compré y luego poseyó el campo durante tres años, y el campo le sería adjudicado. Cuando también le dijo: Tú vendiste el campo a tu marido y él me lo vendió, se le considera creíble.
גּוּפָא – אָמַר רַב: אֵין מַחְזִיקִין בְּנִכְסֵי אֵשֶׁת אִישׁ.
La Guemará vuelve a analizar la declaración de Rav: Con respecto al asunto mismo, Rav dice que no se puede establecer la presunción de propiedad con respecto a la propiedad de una mujer casada,

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