בִּסְתָמָא דְּלָא מִשְׁתַּעְבְּדָא לֵיהּ, מַאי טַעְמָא? מִטַּלְטְלֵי נִינְהוּ, וּמִטַּלְטְלֵי לְבַעַל חוֹב לָא מִשְׁתַּעְבְּדִי – וְאַף עַל גַּב דִּכְתַב לֵיהּ מִגְּלִימָא דְּעַל כַּתְפֵּיהּ, הָנֵי מִילֵּי דְּאִיתַנְהוּ בְּעֵינַיְיהוּ, אֲבָל לֵיתַנְהוּ בְּעֵינַיְיהוּ – לָא;
en un caso en que vendió una vaca o un manto sin especificación, donde no está gravado a favor del acreedor. ¿Cuál es la razón de esto? Es porque estos artículos son bienes muebles, y los bienes muebles no están gravados a favor de un acreedor. Y aunque sea así que el deudor escribió al acreedor que puede cobrar la deuda incluso del manto que está sobre sus hombros, ese asunto se aplica solo cuando está tal como está y en posesión del deudor, pero si no está tal como está, puesto que está en posesión del comprador, entonces no, el acreedor no puede cobrar de bienes muebles. Por lo tanto, el deudor puede testificar a favor del comprador.
אֶלָּא אֲפִילּוּ עֲשָׂאוֹ אַפּוֹתֵיקֵי – נָמֵי לָא. מַאי טַעְמָא? כִּדְרָבָא – דְּאָמַר רָבָא: עָשָׂה עַבְדּוֹ אַפּוֹתֵיקֵי וּמְכָרוֹ – בַּעַל חוֹב גּוֹבֶה מִמֶּנּוּ. שׁוֹרוֹ וַחֲמוֹרוֹ אַפּוֹתֵיקֵי וּמְכָרוֹ – אֵין בַּעַל חוֹב גּוֹבֶה הֵימֶנּוּ,
La Guemará continúa: Pero incluso en un caso en que él apartó la vaca o el manto aparte como pago designado [apoteiki], el acreedor no puede cobrar de ello. ¿Cuál es la razón? Esto es de acuerdo con la declaración de Rava, pues Rava dice: Si un amo apartó a su esclavo como pago designado de una deuda y luego lo vendió, el acreedor del amo cobra la deuda del producto de la venta del esclavo. Pero si alguien apartó su buey o su asno como pago designado y luego lo vendió, el acreedor no cobra la deuda del producto de la venta del buey o del asno.
מַאי טַעְמָא? הַאי אִית לֵיהּ קָלָא, וְהָא לֵית לֵיהּ קָלָא.
¿Cuál es la razón de esta distinción? Esta separación del esclavo como pago designado genera publicidad, mientras que aquella separación del buey o del asno como pago designado no genera publicidad. Por lo tanto, cuando el esclavo había sido separado como pago designado, el comprador habría estado al tanto de ello. Dado que compró el esclavo teniendo ese conocimiento, el esclavo puede ser embargado de él por el acreedor del vendedor. En cambio, el comprador de la vaca o del manto no habría sabido que había sido separado como pago designado, por lo que el acreedor del vendedor no puede embargarlo de él.
וְלֵיחוּשׁ דִּלְמָא אַקְנִי לֵיהּ מִטַּלְטְלֵי אַגַּב מְקַרְקְעֵי! דְּאָמַר רַבָּה: אִי אַקְנִי לֵיהּ מִטַּלְטְלֵי אַגַּב מְקַרְקְעֵי – קָנֵי מְקַרְקְעֵי קָנֵי מִטַּלְטְלֵי. וְאָמַר רַב חִסְדָּא: וְהוּא דִּכְתַב לֵיהּ: ״דְּלָא כְּאַסְמַכְתָּא וּדְלָא כְּטוּפְסָא דִשְׁטָרֵי״.
La Guemará pregunta: Pero que haya una preocupación de que quizás el deudor transfirió la propiedad mueble al acreedor, no para que la posea, sino para que tenga un gravamen sobre la propiedad mueble, por medio de, es decir, junto con, una adquisición de tierra, como dijo Rabá: Si el deudor transfirió propiedad mueble al acreedor como propiedad gravada por medio de una adquisición de tierra, el acreedor adquiere la tierra y adquiere la propiedad mueble, es decir, se crea un gravamen con respecto a ambas. Y Rav Ḥisda dijo: Y eso es la halakha solo cuando el deudor escribió al acreedor: Este gravamen no es como una transacción con consentimiento no concluyente [ke’asmakhta], que no efectúa adquisición, ni como el formulario [ketofesa] para documentos, que en realidad no se usan para cobrar deudas. Más bien, es un documento legalmente vinculante.
הָכָא בְּמַאי עָסְקִינַן – כְּגוֹן שֶׁלָּקַח, וּמָכַר לְאַלְתַּר.
La Guemará responde: ¿Con qué estamos tratando aquí? Estamos tratando con un caso en el que el deudor había comprado la propiedad mueble y la vendió inmediatamente, y no hubo oportunidad de que quedara gravada a favor de un acreedor. Por lo tanto, no hay posibilidad de que sea parcial en su testimonio debido al deseo de pagar su deuda.
וְלֵיחוּשׁ דִּילְמָא ״דְּאֶיקְנֵי״ הוּא! שָׁמְעַתְּ מִינַּהּ: ״דְּאֶיקְנֵי״; קָנָה וּמָכַר, קָנָה וְהוֹרִישׁ – לֹא מִשְׁתַּעְבֵּד?
La Guemará pregunta: Pero que haya una preocupación de que quizás sea un caso en el que el deudor escribió al acreedor: Te pagaré incluso de aquello que adquiriré en el futuro, lo que presumiblemente significaría que el acreedor puede cobrar del comprador aunque el deudor haya comprado el artículo después de tomar el préstamo. Del hecho de que esto no sea una preocupación, ¿aprendes de ello que incluso si el deudor escribió: Te pagaré incluso de aquello que adquiriré en el futuro, y luego compró y vendió propiedad o compró y legó dicha propiedad, aquello que compra no queda gravado a su acreedor? Esto parecería resolver lo que de otro modo se considera una cuestión no resuelta.
לָא צְרִיכָא, דְּקָאָמְרִי עֵדִים: יָדְעִינַן בֵּיהּ בְּהַאי דְּלָא הֲוָה לֵיהּ אַרְעָא מֵעוֹלָם.
La Guemará rechaza esta prueba: No, no es necesario llegar a esa conclusión, ya que es necesario enseñar la halakha en un caso en el que los testigos dicen: Sabemos acerca de este que vendió estos artículos que nunca tuvo ninguna tierra. Por lo tanto, no puede ser que el acreedor haya adquirido un gravamen sobre la propiedad mueble por medio de una adquisición de tierra.
וְהָאָמַר רַב פָּפָּא, אַף עַל גַּב דַּאֲמוּר רַבָּנַן: הַמּוֹכֵר שָׂדֶה לַחֲבֵירוֹ שֶׁלֹּא בְּאַחְרָיוּת, וּבָא בַּעַל חוֹב וּטְרָפָהּ – אֵינוֹ חוֹזֵר עָלָיו; נִמְצֵאת שֶׁאֵינָהּ שֶׁלּוֹ – חוֹזֵר עָלָיו!
La Guemará pregunta: ¿Pero acaso Rav Pappa no dice que aunque los Sabios dijeron: En el caso de alguien que vende un campo a otro sin garantía, y vino un acreedor y lo recuperó, el comprador no puede volver contra el vendedor, es decir, el deudor, que le vendió el campo, para reclamar reembolso; pero si se descubre que el campo no era del vendedor en un principio, el comprador puede volver contra el vendedor para reclamar reembolso. En este caso, si el demandante demuestra que la vaca o el manto es suyo y no era del vendedor, el comprador podrá reclamar reembolso. Por lo tanto, el vendedor está parcializado en su testimonio y no debería poder testificar en nombre del comprador.
הָכָא בְּמַאי עָסְקִינַן – בְּמַכִּיר בָּהּ שֶׁהִיא בַּת חֲמוֹרוֹ.
La Guemará responde: ¿De qué estamos tratando aquí? Estamos tratando de un caso en el que el comprador admite que reconoce que esta es la cría de la burra del vendedor, y no alegará ante el tribunal que el vendedor no tenía derecho a venderla.
וְרַב זְבִיד אָמַר: אֲפִילּוּ נִמְצֵאת שֶׁאֵינָהּ שֶׁלּוֹ – אֵינוֹ חוֹזֵר עָלָיו, דַּאֲמַר לֵיהּ: לְהָכִי זַבֵּינִי לָךְ שֶׁלֹּא בְּאַחְרָיוּת.
La Guemará vuelve a la declaración de Rav Pappa y comenta: Pero, en contraste con la opinión de Rav Pappa, Rav Zevid dice: Incluso si se descubre que el campo no era del vendedor, el comprador no puede volver a el vendedor para reclamar reembolso, ya que el vendedor puede decir al comprador: Por esta razón te lo vendí sin garantía, es decir, para que si te lo quitan, yo no asuma responsabilidad.
גּוּפָא – אָמַר רָבִין בַּר שְׁמוּאֵל מִשְּׁמֵיהּ דִּשְׁמוּאֵל: הַמּוֹכֵר שָׂדֶה לַחֲבֵירוֹ שֶׁלֹּא בְּאַחְרָיוּת – אֵין מֵעִיד לוֹ עָלֶיהָ, מִפְּנֵי שֶׁמַּעֲמִידָהּ בִּפְנֵי בַּעַל חוֹבוֹ. הֵיכִי דָּמֵי?
§ La Guemará vuelve a la declaración de Shmuel, para examinar el asunto mismo. Ravin bar Shmuel dice en nombre de Shmuel: Quien vende un campo a otro incluso sin garantía de que, si el campo es recuperado, el vendedor compensará al comprador por su pérdida no puede testificar con respecto a la propiedad de ese campo en nombre del comprador, porque está estableciendo el campo ante su acreedor. La Guemará pregunta: ¿Cuáles son las circunstancias de esta halakha?