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לָאו מִי אָמַר רַבִּי יִשְׁמָעֵאל: חַד פֵּירָא הָוֵי חֲזָקָה לְכוּלְּהוּ פֵּירֵי? הָכָא נָמֵי – הָנֵי הָווּ חֲזָקָה לְהָנֵי, וְהָנֵי הָווּ חֲזָקָה לְהָנֵי.
La Guemará explica la inferencia de la declaración de Rabí Yishmael y cómo aclara la opinión de los Rabinos: ¿Acaso no dijo Rabí Yishmael que cosechar un tipo de fruta es suficiente para establecer la presunción de propiedad sobre todos los tipos de fruta, es decir, sobre todo el campo? Aquí también, estos árboles son suficientes para establecer la presunción de propiedad sobre aquellos árboles, y aquellos árboles son suficientes para establecer la presunción de propiedad sobre estos árboles.
וְהָנֵי מִילֵּי הֵיכָא דְּלָא אַפִּיקוּ, אֲבָל אַפִּיקוּ וְלָא אֲכַל – לָא הָוְיָא חֲזָקָה. וְהוּא דְּבַאזִּי בַּאזּוֹזֵי.
La Guemará señala dos restricciones a la resolución antes mencionada: Y esta declaración se aplica específicamente cuando los otros veinte árboles no produjeron fruto, pero si los otros árboles produjeron fruto y él no consumió su fruto, entonces su conducta no es suficiente para establecer la presunción de propiedad con respecto a los otros árboles. Y este principio, de que consumir el producto de algunos de los árboles cada año establece la presunción de propiedad sobre todo el campo, se aplica solo si es el caso de que los árboles están dispersos [devazei bazuzei] por todo el campo. De lo contrario, establece la presunción de propiedad solo sobre la sección donde están ubicados los árboles.
זֶה הֶחְזִיק בָּאִילָנוֹת, וְזֶה הֶחְזִיק בַּקַּרְקַע – אָמַר רַב זְבִיד: זֶה קָנָה אִילָנוֹת, וְזֶה קָנָה קַרְקַע. מַתְקֵיף לַהּ רַב פָּפָּא: אִם כֵּן, אֵין לוֹ לְבַעַל אִילָנוֹת בַּקַּרְקַע כְּלוּם; לֵימָא לֵיהּ בַּעַל קַרְקַע לְבַעַל אִילָנוֹת: עֲקוֹר אִילָנָךְ, שְׁקוֹל וְזִיל! אֶלָּא אָמַר רַב פָּפָּא: זֶה קָנָה אִילָנוֹת וַחֲצִי קַרְקַע, וָזֶה קָנָה חֲצִי קַרְקַע.
§ En un caso en que había un campo con árboles, y esta persona tomó posesión de los árboles y aquella persona tomó posesión de la tierra, Rav Zevid dice: Esta adquirió los árboles y aquella adquirió la tierra. Rav Pappa objeta a esto: Si esto es así, entonces el dueño de los árboles no tiene parte alguna en la tierra. Que el dueño de la tierra le diga al dueño de los árboles: Arranca tus árboles, llévatelos, y vete. Más bien, Rav Pappa dijo: Esta adquirió los árboles y la mitad de la tierra, y aquella adquirió la mitad de la tierra.
פְּשִׁיטָא – מָכַר קַרְקַע, וְשִׁיֵּיר אִילָנוֹת לְפָנָיו – יֵשׁ לוֹ קַרְקַע. וַאֲפִילּוּ לְרַבִּי עֲקִיבָא, דְּאָמַר: מוֹכֵר בְּעַיִן יָפָה מוֹכֵר, הָנֵי מִילֵּי גַּבֵּי בּוֹר וָדוּת –
La Guemará señala: Es obvio que, si alguien vendió una porción de tierra y dejó para sí la propiedad de los árboles en esa tierra, tiene propiedad sobre la tierra que rodea los árboles. Y esta es la halakhaincluso según la opinión de Rabí Akiva, quien dice: Quien vende, vende generosamente, y se presume que incluyó en la venta incluso elementos que no fueron especificados explícitamente, porque esa afirmación se aplica solo con respecto a un caso como cuando alguien vendió tierra y retuvo la propiedad de un pozo o una cisterna. En ese caso, Rabí Akiva dictaminó que no retiene ninguna tierra, ni siquiera un camino para acceder al pozo o a la cisterna, ya que vendió generosamente, incluyendo toda la tierra en la venta.
דְּלָא מַכְחֲשׁוּ בְּאַרְעָא, אֲבָל אִילָנוֹת,
La Guemará explica la diferencia entre los casos: Ese dictamen se aplica allí, ya que el pozo o la cisterna no causan ningún daño a la tierra que los rodea, y dado que el vendedor no prevé que surja un conflicto por el hecho de que su pozo y su cisterna estén ubicados junto a la propiedad del comprador, por lo tanto transfiere toda la tierra. Pero en el caso de que se reserve los árboles,

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