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גְּמָ׳ תָּנוּ רַבָּנַן:
GUEMARÁ: La mishná enseña que si alguien consagró su campo ancestral y su hijo lo redimió del tesoro del Templo, el campo regresa al propietario original cuando llega el Jubileo. En cambio, si otra persona lo redimió, el campo es transferido a los sacerdotes durante el Año del Jubileo. Con respecto a este asunto, los Sabios enseñaron una baraita que analiza el versículo: “Y si no redime el campo, o si vende el campo a otro hombre, no será redimido más. Pero el campo, cuando salga en el Jubileo, será santo para el Señor, como campo dedicado; su posesión ancestral será para el sacerdote” (Levítico 27:20–21).
״אִם לֹא יִגְאַל אֶת הַשָּׂדֶה״ — בְּעָלִים, ״וְאִם מָכַר אֶת הַשָּׂדֶה״ — גִּיזְבָּר.
La frase “y si no redime el campo” se refiere a un caso en el que el propietario no lo redimió y permaneció en posesión del tesoro del Templo, y la frase “o si vendió el campo” se refiere a una situación en la que el tesorero del Templo lo vendió a otra persona. El versículo indica que en ambos casos la posesión del campo pasa a los sacerdotes.
״לְאִישׁ אַחֵר״ — לְאַחֵר, וְלֹא לַבֵּן. אַתָּה אוֹמֵר: לְאַחֵר וְלֹא לַבֵּן, אוֹ אֵינוֹ אֶלָּא לְאַחֵר וְלֹא לָאָח? כְּשֶׁהוּא אוֹמֵר ״אִישׁ״ — הֲרֵי אָח אָמוּר, הָא מָה אֲנִי מְקַיֵּים ״אַחֵר״ — וְלֹא לַבֵּן.
La baraita continúa: “A otro hombre,” indica que el campo es transferido a los sacerdotes durante el Año del Jubileo solo si había sido vendido a otro, y no al hijo de quien lo consagró. La baraita pregunta: ¿Dices que el versículo se refiere a otro y no al su hijo? ¿O quizá el versículo significa solo que fue vendido a otro y no al su hermano? La baraita rechaza esta sugerencia: Cuando dice: “Hombre,” el hermano está incluido, es decir, está incluido en la categoría de hombre. ¿Cómo debo entender el significado de: “Otro hombre”? Debe significar: Otro, pero no su hijo.
וּמָה רָאִיתָ לְרַבּוֹת אֶת הַבֵּן וּלְהוֹצִיא אֶת הָאָח? מְרַבֶּה אֲנִי הַבֵּן, שֶׁכֵּן קָם תַּחַת אָבִיו לִיעִידָה וּלְעֶבֶד עִבְרִי.
La baraita pregunta: ¿Y qué viste para incluir al hijo en la misma categoría que el padre, y excluir al hermano? La baraita responde: Incluyo al hijo, pues ocupa el lugar de su padre con respecto a la designación de una sierva hebrea como esposa para sí mismo, en un caso en que el padre compró a la sierva hebrea y la designa como esposa para su hijo, cosa que no puede hacer por su hermano. Y también ocupa el lugar de su padre con respecto a un esclavo hebreo, pues cuando alguien hereda un esclavo hebreo de su padre, el esclavo está obligado a servir al hijo y no queda libre; mientras que, si el hermano del fallecido hereda al siervo, este queda libre.
אַדְּרַבָּה, מְרַבֶּה אֲנִי אֶת הָאָח, שֶׁכֵּן קָם תַּחַת אָחִיו לְיִיבּוּם. כְּלוּם יֵשׁ יִבּוּם אֶלָּא בִּמְקוֹם שֶׁאֵין בֵּן? הָא יֵשׁ בֵּן — אֵין יִבּוּם.
La baraita objeta: Por el contrario, yo debería incluir al hermano, ya que él ocupa el lugar de su hermano con respecto al matrimonio de levirato, cosa que un hijo no hace. La baraita rechaza esta sugerencia: ¿Existe alguna vez un caso de matrimonio de levirato aparte de un caso en el que no hay hijo? En un caso en el que hay hijo no hay matrimonio de levirato. Esto indica que, también con respecto al matrimonio de levirato, un hijo ocupa el lugar del fallecido más que el hermano del fallecido.
וְתִיפּוֹק לֵיהּ, דְּהָכָא תַּרְתֵּי, וְהָכָא חֲדָא!
La Guemará pregunta: ¿Por qué es necesario responder la pregunta de esta manera? Que se derive la halakha de que el hijo ocupa el lugar del padre, y el hermano no, del simple hecho de que aquí, en apoyo de extender el estatus del padre al hijo, hay dos justificaciones, es decir, la halakha de la designación de la sierva hebrea y la halakha del esclavo hebreo, y allí, en apoyo de extenderlo al hermano, hay solo una justificación, es decir, la halakha del matrimonio levirato?
מִשּׁוּם דְּעֶבֶד עִבְרִי מֵהַאי פִּירְכָא נָמֵי הוּא דְּנָפְקָא לֵיהּ: כְּלוּם יֵשׁ יִבּוּם אֶלָּא בִּמְקוֹם שֶׁאֵין בֵּן?
La Guemará responde: Esa respuesta no es válida porque la halajáde que un hijo, pero no un hermano, ocupa el lugar de su padre con respecto a un esclavo hebreo no está escrita explícitamente en la Torah, sino que el tanatambién lo deriva de esta misma refutación, a saber: ¿Existe alguna vez un caso de matrimonio levirato aparte de un caso en el que no hay hijo? Sin esta refutación no habría más justificaciones que apoyaran extender el estatus del padre al hijo en lugar de al hermano. En consecuencia, esta última refutación es la base de la conclusión.
בָּעֵי רַבָּה בַּר אֲבוּהּ: בַּת מַהוּ שֶׁתַּעֲמִיד שָׂדֶה לְאָבִיהָ? כֵּיוָן דִּלְעִנְיַן יִבּוּם, בֵּן וּבַת כִּי הֲדָדֵי פָּטְרִי — מוֹקְמָה, אוֹ דִילְמָא כֵּיוָן דִּלְעִנְיַן נַחֲלָה, בַּת בִּמְקוֹם בֵּן כִּי אַחֵר דָּמְיָא — לָא מוֹקְמָה.
§ Rabba bar Avuh plantea un dilema: Si una hija redimió el campo ancestral que su padre consagró, ¿cuál es la halakha? ¿Ella con ello preserva la posesión del campo para su padre en el Año del Jubileo, como un hijo? Rabba bar Avuh explica los dos lados del dilema: Quizás la halakha sea que, puesto que con respecto al matrimonio de levirato, un hijo y una hija son como uno al otro, ya que ambos eximen a la viuda de su padre de la obligación del matrimonio de levirato, la hija preserva la posesión del campo para su padre. O quizás la halakha sea que, puesto que con respecto a la herencia, cuando hay un hijo, una hija es considerada como otra persona, ya que no hereda una parte del patrimonio de su padre, ella no preserva la posesión del campo para su padre.
תָּא שְׁמַע, דְּתָנָא דְּבֵי רַבִּי יִשְׁמָעֵאל: כֹּל שֶׁהוּא אַחֵר בִּמְקוֹם בֵּן, וְהָא נָמֵי בִּמְקוֹם בֵּן כִּי אַחֵר דָּמְיָא.
La Guemará sugiere: Ven y escucha una prueba de una baraita que enseñó la escuela del rabino Yishmael: Cualquiera que sea considerado como otra persona cuando hay un hijo no preserva la posesión del campo para el propietario. Y con respecto a esta, es decir, una hija, también, cuando hay un hijo, ella es considerada como otra persona.
בָּעֵי רַבִּי זֵירָא: אִשָּׁה מִי מַעֲמִיד לָהּ שָׂדֶה? בַּעַל מוֹקֵים לַהּ, שֶׁכֵּן יוֹרְשָׁהּ, אוֹ דִילְמָא בֵּן מוֹקֵים לַהּ, שֶׁכֵּן נוֹטֵל בָּרָאוּי כְּבַמּוּחְזָק? תֵּיקוּ.
Rabí Zeira plantea un dilema: Si una mujer consagró su campo ancestral, cuál de sus herederos puede redimir el campo y así preservar la posesión del campo para ella durante el Año del Jubileo? ¿Puede su marido preservarlo para ella, ya que él hereda de ella si ella muere durante su vida? ¿O quizás su hijo puede preservarlo para ella, ya que si el hijo hereda de su madre, cuando ella no estaba casada en el momento de su muerte, él recibe en herencia la propiedad debida a ella tal como recibe la propiedad que ella poseía? Hay una halakha según la cual, si alguien muere y su heredera es una mujer que ya ha fallecido, su hijo hereda esa propiedad, y no su difunto marido. No se ofrece ninguna resolución y, por lo tanto, la Guemará afirma que el dilema quedará sin resolver.
בְּעָא מִינֵּיהּ רָמֵי בַּר חָמָא מֵרַב חִסְדָּא: הִקְדִּישָׁהּ פָּחוֹת מִשְׁתֵּי שָׁנִים לִפְנֵי הַיּוֹבֵל, מַהוּ שֶׁתֵּצֵא לַכֹּהֲנִים?
§ Rami bar Ḥama planteó un dilema ante Rav Ḥisda: Si alguien consagró su campo ancestral menos de dos años antes del año del Jubileo y no lo redimió, ¿cuál es la halakha con respecto a si debe ser retirado de su posesión durante el Jubileo y entregado a los sacerdotes?
אֲמַר לֵיהּ: מַאי דַּעְתָּיךְ? ״וְנִגְרַע מֵעֶרְכֶּךָ... וְהָיָה הַשָּׂדֶה בְּצֵאתוֹ בַיּוֹבֵל״ — דְּבַת גֵּירָעוֹן — אִין, דְּלָאו בַּת גֵּירָעוֹן — לָא.
Rav Ḥisda le dijo: ¿Cuál es tu razonamiento? ¿Es porque el versículo dice: “Y se hará una deducción de tu valoración” (Levítico 27:18), lo que indica que el campo es redimido con una deducción según los años que quedan hasta el Año del Jubileo, y el versículo también dice: “Pero el campo, cuando salga en el Jubileo, será santo para el Señor… su posesión ancestral será para el sacerdote” (Levítico 27:21), lo que indica que si el campo es apto para deducción, entonces sí, cuando no es redimido por el propietario se entrega a los sacerdotes en el Año del Jubileo, pero con respecto a un campo que no es apto para deducción, es decir, uno consagrado menos de dos años antes del Año del Jubileo, que debe ser redimido conforme a su valoración completa (24a), no, no se entrega a los sacerdotes sino que más bien vuelve al propietario?
אַדְּרַבָּה, ״אִם לֹא יִגְאַל הַשָּׂדֶה... וְהָיָה הַשָּׂדֶה בְּצֵאתוֹ בַיּוֹבֵל״, וְהַאי נָמֵי בַּת גְּאוּלָּה הִיא.
Rav Ḥisda responde: Al contrario, el versículo dice: “Y si no redime el campo, o si vende el campo a otro hombre, no será redimido más. Pero el campo, cuando salga en el Jubileo, será santo para el Señor… su posesión ancestral será para el sacerdote” (Levítico 27:20–21). Esto indica que cualquier campo que podría haber sido redimido pero no lo fue se convierte en posesión de los sacerdotes. Y este campo, que fue consagrado menos de dos años antes del Año del Jubileo, también es apto para redención. Por lo tanto, si no fue redimido, se entrega a los sacerdotes.
גְּאָלָהּ אֶחָד מִן הַכֹּהֲנִים כּוּ׳. תָּנוּ רַבָּנַן: ״לַכֹּהֵן תִּהְיֶה אֲחוּזָּתוֹ״, מָה תַּלְמוּד לוֹמַר?
§ La mishná enseña: Si uno de los sacerdotes redimió el campo y, cuando llegó el Año del Jubileo, estaba en su posesión, no puede decir: Puesto que es retirado de la posesión de quien lo redimió y entregado a los sacerdotes durante el Año del Jubileo, y puesto que ya está en mi posesión, es mío. Más bien, el campo es retirado de su posesión y se divide entre todos sus hermanos, los sacerdotes. Con respecto a esta halakha, los Sabios enseñaron en una baraita: ¿Por qué debe declarar el versículo: “Pero el campo, cuando salga en el Jubileo, será santo para el Señor…su posesión ancestral será para el sacerdote” (Levítico 27:21)?
מִנַּיִן לְשָׂדֶה שֶׁיּוֹצָא לַכֹּהֲנִים בַּיּוֹבֵל, וּגְאָלָהּ אֶחָד מִן הַכֹּהֲנִים, מִנַּיִן שֶׁלֹּא יֹאמַר: ״הוֹאִיל וְיוֹצְאָה לַכֹּהֵן, הֲרֵי תַּחַת יָדִי, וּתְהֵא שֶׁלִּי?״ וְדִין הוּא: בְּשֶׁל אֲחֵרִים אֲנִי זוֹכֶה, בְּשֶׁל עַצְמִי לֹא כׇּל שֶׁכֵּן?
La baraita explica: ¿De dónde se deriva, con respecto a un campo que fue consagrado y no redimido por el propietario, y por lo tanto debía haber sido retirado de la posesión del propietario y dado a los sacerdotes durante el Año del Jubileo, y uno de los sacerdotes lo redimió antes del Jubileo, de dónde se deriva que él no puede decir: Puesto que es retirado de la posesión del propietario y dado al sacerdote en el Jubileo, y puesto que ya está en mi posesión, debería por lo tanto ser mío? Y esta afirmación está respaldada por una inferencia lógica: Puesto que en el Año del Jubileo yo obtengo campos de otros que no redimí previamente, ¿no es tanto más cierto que debería conservar mi propio campo que yo mismo redimí del tesoro del Templo?
תַּלְמוּד לוֹמַר: ״אֲחוּזָּתוֹ״, אֲחוּזָּה שֶׁלּוֹ, וְאֵין זֶה שֶׁלּוֹ. הָא כֵּיצַד? יוֹצָא מִתַּחַת יָדוֹ וּמִתְחַלֶּקֶת לְאֶחָיו הַכֹּהֲנִים.
Por lo tanto, el versículo declara: “Su posesión ancestral,” lo cual puede interpretarse en el sentido de que solo su campo ancestral, es decir, uno que el sacerdote heredó de sus propios antepasados, es automáticamente suyo, pero este campo no es suyo. ¿Cómo es eso, es decir, cómo se trata este campo? Se le quita de su posesión y se divide entre todos sus hermanos, los sacerdotes.
מַתְנִי׳ הִגִּיעַ יוֹבֵל וְלֹא נִגְאֲלָה, הַכֹּהֲנִים נִכְנָסִין לְתוֹכָהּ וְנוֹתְנִין אֶת דָּמֶיהָ, דִּבְרֵי רַבִּי יְהוּדָה. רַבִּי שִׁמְעוֹן אוֹמֵר: נִכְנָסִין וְלֹא נוֹתְנִין.
MISHNÁ: Si alguien consagró su campo ancestral y llegó el año del Jubileo y no fue redimido por el propietario ni por ninguna otra persona, los sacerdotes entran en el campo y entregan su pago de redención al tesoro del Templo; esta es la declaración de Rabí Yehuda. Rabí Shimon dice: Ellos entran en el campo, pero no entregan su pago de redención al tesoro del Templo.
רַבִּי אֱלִיעֶזֶר אוֹמֵר: לֹא נִכְנָסִין וְלֹא נוֹתְנִין, אֶלָּא נִקְרֵאת ״שְׂדֵה רְטוּשִׁין״ עַד הַיּוֹבֵל הַשֵּׁנִי. הִגִּיעַ הַיּוֹבֵל הַשֵּׁנִי וְלֹא נִגְאֲלָה, נִקְרֵאת ״רְטוּשֵׁי רְטוּשִׁין״ עַד הַיּוֹבֵל הַשְּׁלִישִׁי. לְעוֹלָם אֵין הַכֹּהֲנִים נִכְנָסִין לְתוֹכָהּ עַד שֶׁיִּגְאָלֶנָּה אַחֵר.
Rabí Eliezer dice: Los sacerdotes no entran en el campo, y tampoco entregan su pago de redención al tesoro del Templo. Más bien, el campo permanece en posesión del tesoro del Templo, y se llama: un campo abandonado, hasta el segundo Jubileo. Si llegó el segundo Jubileo y este todavía no fue redimido, se llama: un campo abandonado entre los campos abandonados, es decir, uno que fue abandonado dos veces, hasta el tercer Jubileo. En cualquier caso, los sacerdotes nunca entran en un campo consagrado durante el año del Jubileo hasta que otra persona lo redima primero.
גְּמָ׳ מַאי טַעְמָא דְּרַבִּי יְהוּדָה? גָּמַר ״קֹדֶשׁ״ ״קֹדֶשׁ״ מִמַּקְדִּישׁ בַּיִת,
GUEMARÁ: La Guemará pregunta: ¿Cuál es la razón de la opinión de Rabí Yehuda de que los sacerdotes que entran en un campo consagrado no redimido durante el Año del Jubileo deben entregar su pago de redención al tesoro del Templo? La Guemará responde: Él deriva esta halakha de una analogía verbal de la palabra “santo” dicha con referencia a un campo ancestral, y la palabra “santo” que aparece con respecto a quien consagra una casa.
מָה לְהַלָּן בְּדָמִים — אַף כָּאן בְּדָמִים.
La Guemará explica: Así como allí, con respecto a quien consagra una casa, donde el versículo dice: “Y cuando un hombre consagre su casa para que sea santa para el Señor” (Levítico 27:14), esta puede ser redimida del tesoro del Templo solo mediante pago de dinero, como concluye el versículo: “Según la valore el sacerdote, así quedará”, así también aquí, donde el versículo dice con respecto a los sacerdotes que entran en un campo ancestral: “Pero el campo, cuando salga en el Jubileo, será santo para el Señor… su posesión ancestral será para el sacerdote” (Levítico 27:21), los sacerdotes pueden entrar en el campo solo mediante pago de dinero.
וְרַבִּי שִׁמְעוֹן, גָּמַר ״קֹדֶשׁ״ ״קֹדֶשׁ״ מִכִּבְשֵׂי עֲצֶרֶת, מָה לְהַלָּן בְּחִנָּם, אַף כָּאן בְּחִנָּם.
La Guemará pregunta: ¿Y cuál es la fuente de la opinión de Rabí Shimon, quien sostiene que los sacerdotes no están obligados a entregar el pago de la redención al tesoro del Templo? La Guemará responde: Él deriva la halajáde la palabra “santo” usada con respecto a un campo ancestral, y de la palabra “santo” usada con respecto a la ofrenda comunitaria de paz de dos corderos que acompaña a los dos panes en Shavuot. Así como allí, con respecto a la ofrenda de dos corderos, donde el versículo dice: “Serán santos para el Señor, para el sacerdote” (Levítico 23:20), los corderos son dados a los sacerdotes gratuitamente, como es la halajá con respecto a todas las ofrendas a las que tienen derecho los miembros del sacerdocio, así también aquí, el campo ancestral consagrado y no redimido es dado a los sacerdotes gratuitamente.
וְרַבִּי [יְהוּדָה] נָמֵי נֵילַיף מִכִּבְשֵׂי עֲצֶרֶת! דָּנִין קׇדְשֵׁי בֶּדֶק הַבַּיִת
La Guemará pregunta: Y, en cuanto a Rabí Yehuda, que él también derive la halajá por medio de una analogía verbal de los dos corderos ofrecidos en Shavuot. ¿Por qué discrepa de Rabí Shimon? La Guemará responde: Se deriva la halajá con respecto a elementos consagrados para el mantenimiento del Templo, como un campo ancestral,

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